ORDENANZA Nº 04-2011-GRP-CRP - Aprueban ejecución de la Auditoría a los Estados Financieros y examen especial a la información presupuestaria de los ejercicios 2009-2010 de las unidades ejecutoras del ámbito de la Región Puno

Fecha de disposición25 Agosto 2011
Fecha de publicación25 Agosto 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 25 de agosto de 2011
448994
POR TANTO:
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional Moquegua, para su promulgación.
Moquegua, 11 de agosto del año dos mil once.
MARCELINO TITO VALERIANO
Consejero Delegado
Consejo Regional Moquegua
POR TANTO:
Mando se pulique y cumpla.
Dado en la sede del Gobierno Regional de Moquegua,
a los diecisiete días del mes de agosto del dos mil once.
MARTIN A. VIZCARRA CORNEJO
Presidente Regional
681696-1
GOBIERNO REGIONAL DE PUNO
Aprueban ejecución de la Auditoría a los
Estados Financieros y examen especial
a la información presupuestaria de los
ejercicios 2009 - 2010 de las unidades
ejecutoras del ámbito de la Región
Puno
ORDENANZA REGIONAL
Nº 04-2011-GRP-CRP
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE PUNO
VISTO:
En el Consejo Regional del Gobierno Regional Puno,
en sesión ordinaria llevada a cabo el día 10 de marzo
del 2011, debatido y aprobado por mayoría la Ordenanza
Regional siguiente; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad al Art. 13 de la Ley 27867, el
Consejo Regional es el órgano normativo y f‌i scalizador del
Gobierno Regional, de igual forma el Art. 15 literal a) de
la norma señalada, es atribución del Consejo Regional,
aprobar, modif‌i car o derogar las normas que regulen o
reglamenten los asuntos y materia se su competencia y
funciones del gobierno Regional, y el Art. 37 literal a)
indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y
Acuerdos Regionales.
que la descentralización es una forma de organización
democrática y constituye una política permanente de
Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo
fundamental el desarrollo integral del país; con este
propósito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia.
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos
6º, 7º y 8º de la Ley Nº 27785 Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Control Institucional y de la Contraloría
General de la República, el Órgano de Control
Institucional del Gobierno Regional Puno, constituye la
unidad especializada responsable de llevar a cabo el
Control Gubernamental, con la f‌i nalidad de promover
la correcta y transparente gestión de los recursos y
bienes de la entidad, cautelando la legalidad y ef‌i ciencia
de sus actos y operaciones, así como el logro de sus
resultados , mediante la ejecución de labores de control,
conforme se desprende de la funciones señaladas en el
Reglamento de los Órganos de Control Institucional,
aprobado mediante Resolución de Contraloría Nº 459-
2008-CGR de fecha 28 de octubre del 2008.
Que el artículo 3º, incisos a), b), c) y d) de la Ley
Nº 27785 establece que las entidades públicas, tendrán
necesariamente un Órgano de Auditoría Interna (OCI)
ubicado en el mayor nivel jerárquico de la estructura
de la entidad, teniendo el titular de ésta la obligación
de cautelar la adecuada implementación y asignar los
recursos suf‌i cientes para la normal ejecución de las
labores de control, conforme lo establece el artículo 17º
del precitado cuerpo legal.
Que el artículo 33º del Reglamento de Organización
y Funciones del Gobierno Regional de Puno, regula
que la Of‌i cina Regional de Control Institucional, es el
encargado de realizar el Control gubernamental interno y
el control gubernamental externo, mediante la ejecución
de acciones de control, articulo 34º literal b) de la norma
señalada, es función de la Of‌i cina Regional de Control
Institucional efectuar Auditorías a los Estados Financieros
y Presupuestarios de conformidad a las pautas que
señalan la Contraloría General de la República.
Nº 27867, establece en su artículo 15º que es atribución
del Consejo Regional, aprobar, modif‌i car o derogar las
normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias
de competencia y funciones del Gobierno Regional.
Que en uso de las atribuciones conferidas por la Ley
modif‌i catoria Ley Nº 27902. Y con voto unánime de los
miembros integrantes autorizados del Consejo Regional
de Puno;
ORDENA:
Artículo Primero.- APROBAR, la ejecución de la
Auditoría a los Estados Financieros y ejecutar el examen
especial a la información presupuestaria de los ejercicios
2009-2010 de las 28 unidades ejecutoras del ámbito de la
Región Puno.
Artículo Segundo.- DISPONER que se ejecute
Exámenes Especiales como acciones de Control,
direccionadas a las presuntas irregularidades
encontradas en el proceso de transferencia
consignadas y detalladas en el Dictamen de la Comisión
de Fiscalización que anexa en tres anillados, de fojas
setecientos setenta respecto Actas de Transferencia
de la Sub Gerencia de Inversión Pública y Cooperación
Técnica Internacional del Gobierno Regional de Puno
2010-2011, cuyo texto forma parte integrante de la
presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, al ejecutivo del
Gobierno Regional de Puno, la designación del
potencial humano y recursos materiales al Órgano de
Control Institucional para la ejecución de la Auditoría a
los Estados Financieros y Presupuestarios, el mismo
que estará conformado por:
Profesionales - Especialistas
- 02 Ingenieros Civiles
- 02 Abogados
- 03 Contadores Públicos Colegiados
- 01 Economista
Activo Fijo y Material
- 02 Computadoras
- 01 Camioneta
- Combustible
Artículo Cuarto.- ENCARGAR, al Órgano Ejecutivo
del Gobierno Regional de Puno, la implementación y el
cumplimiento de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del
presente Acuerdo Regional en el diario regional de mayor
circulación y en el Diario Of‌i cial El Peruano, en estricto
cumplimiento de lo que dispone el artículo 42º de la Ley
portal electrónico del Gobierno Regional de Puno, bajo
responsabilidad.

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