ORDENANZA Nº 124-2011/MLV - Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de La Victoria

Fecha de disposición09 Febrero 2011
Fecha de publicación09 Febrero 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 9 de febrero de 2011 435873
4. Una vez absueltas las consultas y no habiendo
más temas a tratar, el Señor Alcalde procederá a declarar
concluido el Cabildo Abierto.
Artículo 8°.- Los temas tratados en el Cabildo Abierto,
tienen carácter consultivo, no tiene carácter vinculante, la
decisión f‌i nal del asunto materia de consulta, será tomada
por el Concejo Municipal en pleno, de conformidad
con las atribuciones otorgadas por la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972.
Artículo 9°.- Derógase cualquier otra norma municipal
que se oponga a la presente ordenanza.
Artículo 10º.- Encargar el cumplimiento de la
presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, la Gerencia
de Administración y Finanzas, así como las demás
Gerencias y Unidades orgánicas de esta Corporación
Edil, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones.
Articulo 11º.- ENCARGAR a la Secretaria General del
Concejo su publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano,
así como notif‌i car la presente Ordenanza a las Gerencias,
Sub Gerencias y Unidades para su conocimiento y f‌i nes.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en el Palacio Municipal a los veinticuatro días
del mes de Enero de dos mil once.
NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO
Alcalde
600902-1
MUNICIPALIDAD DE
LA VICTORIA
Aprueban Reglamento de Organización
y Funciones de la Municipalidad de La
Victoria
ORDENANZA Nº 124-2011/MLV
La Victoria, 28 de enero del 2011
EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA
VISTO; en sesión ordinaria de la fecha el Dictamen
Conjunto Nº 001-2011-CPAFSFC-CPPPAL/MDLV emitido
por las Comisiones Permanentes de Rentas y Desarrollo
Económico, y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos
Legales, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo
194° de la Constitución Política del Perú en concordancia
con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica
de Municipalidades – Ley Nº 27972 –, las municipalidades
son órganos de gobierno local, que tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico.
Asimismo, el numeral 1) del artículo 195° de la Carta
Magna, reconoce a los gobiernos locales la competencia
para aprobar su organización interna;
Que, la Ley Nº 27972 establece en su artículo
9º numerales 3) y 8) que es atribución del Concejo
Municipal aprobar el régimen de organización interior y
funcionamiento del gobierno local, así como aprobar,
modif‌i car o derogar las Ordenanzas. Asimismo, el artículo
40º de la citada norma señala que las Ordenanzas son
normas de carácter general de mayor jerarquía en la
estructura normativa municipal, por medio de las cuales
se aprueba la organización interna, la regulación de la
administración, supervisión de los servicios públicos y las
materias en las que la municipalidad tiene competencia
normativa;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM se
aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación
del Reglamento de Organización y Funciones (ROF),
señalando en el artículo 5º que éste es un documento
técnico normativo de gestión institucional que formaliza
la estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo
institucional y al logro de su misión, visión y objetivos, el
cual contiene las funciones generales de la Entidad y las
funciones específ‌i cas de los órganos y unidades orgánicas
y establece sus relaciones y responsabilidades. Asimismo,
el artículo 7º de la misma norma señala que la conducción
del proceso de elaboración y formulación del ROF de las
entidades estará a cargo del órgano responsable de las
funciones de planeamiento, racionalización o quien haga
sus veces;
Que, el artículo 28º del referido Decreto Supremo
indica que se requiere la aprobación del ROF, entre otros
casos, para optimizar o simplif‌i car los procesos de la
entidad con la f‌i nalidad de cumplir con mayor ef‌i ciencia su
misión y funciones. Asimismo, dicha norma establece en
su artículo 34º que el ROF deberá ser aprobado mediante
Ordenanza en el caso de Municipalidades;
Que, mediante Ordenanza Nº 114-2010/MLV se
aprobó el ROF de la Municipalidad y en consecuencia
la estructura orgánica de la entidad, siendo publicada
en el diario of‌i cial El Peruano el 25 de agosto del 2010;
sin embargo, en mérito a las normas legales glosadas
la Gerencia Municipal y la Gerencia de Planeamiento y
Presupuesto han propuesto modif‌i car el Reglamento de
Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad así
como la estructura orgánica de la entidad, manifestando
que se efectúa en mérito a las disposiciones emitidas por el
Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y la Presidencia
del Consejo de Ministros (PCM) referidas al Plan de
Incentivos y al Plan de Simplif‌i cación Administrativa,
respectivamente;
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye que
resulta legalmente procedente la aprobación del nuevo
Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la
entidad por encontrarse acorde con los lineamientos
establecidos en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM
y en la Ley Nº 27658 – Ley Marco de Modernización de
la gestión del Estado – y demás normas aplicables de la
materia;
Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las
facultades conferidas en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica
de Municipalidades –, contando con los pronunciamientos
de la Gerencia Municipal, de las gerencias de Asesoría
Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto, y de las
subgerencias de Planeamiento y Racionalización y
de Recursos Humanos, mediante Memorandum Nº
020-2011-GM/MLV, Informe Nº 015-2011-GAJ-MDLV,
Memorandum Nº 022-2011-GPP/MLV, Informe Nº 001-
2011-SGPR-GPP/MLV e Informe Nº 043-2044-SGRH-
GAF/MLV, respectivamente y de conformidad a la Ley Nº
29091 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo
Nº 004-2008-PCM, contando con dispensa del trámite de
lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal por
unanimidad aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO
DE ORGANIZACIÓN y FUNCIONES DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de
Organización y Funciones – ROF – de la Municipalidad
de La Victoria que contiene la estructura orgánica de
la entidad y consta de IV Títulos, IX Capítulos y 166
artículos.
Artículo Segundo.- Encargar al funcionario
responsable del portal institucional de la Municipalidad
www.munilavictoria.gob.pe la publicación de la presente
Ordenanza y del texto completo del Reglamento de
Organización y Funciones – ROF – que se aprueba, en
la sección correspondiente de la citada página web del
corporativo, así como en el Portal del Estado Peruano
www.peru.gob.pe.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal
y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el
cumplimiento y ejecución de lo dispuesto en la presente
Ordenanza.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR