ORDENANZA N° 264-A/MDC - Crean el Consejo Distrital de Juventudes de Carabayllo - CDJ-C y su Reglamento

Fecha de disposición25 Octubre 2012
Fecha de publicación25 Octubre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 25 de octubre de 2012 477189
y/o a nivel de af‌i rmado o colocando planchas de acero a f‌i n
de permitir el normal y libre tránsito peatonal y/o vehicular
de los residentes de las vías afectadas.
Artículo Noveno.- La EMPRESA MUNICIPAL
ADMINISTRADORA DE PEAJE DE LIMA - EMAPE, se
responsabiliza por cualquier accidente o daño que se
pudiera ocasionar en perjuicio de los usuarios de la vía y/o
en contra de bienes públicos y privados.
Artículo Décimo.- La presente autorización deberá
permanecer en la obra y a cargo del Ing. Residente o
responsable de la obra, estando en la obligación de mostrarla
cada vez que la requieran las autoridades competentes, bajo
responsabilidad de inicio del procedimiento sancionador
correspondiente.
Artículo Décimo Primero.- La EMPRESA MUNICIPAL
ADMINISTRADORA DE PEAJE DE LIMA - EMAPE, en
caso de no iniciar la interferencia de vías bajo ninguna
circunstancia y/o modalidad y ésta no tenga antigüedad
mayor a seis (06) meses de haber sido emitida en la fecha
establecida en el Artículo Primero, podrá ser reprogramada
por UNICA VEZ y en caso de no concluir la interferencia de
vías en el plazo establecido, deberá solicitar la ampliación
de plazo con cuatro (04) días útiles antes del vencimiento
del plazo otorgado inicialmente.
Artículo Décimo Segundo.- El incumplimiento de los
términos consignados en la presente resolución constituyen
infracción, lo que dará lugar al inicio del procedimiento
sancionador correspondiente de acuerdo con lo dispuesto
en la Ordenanza Nº 059-MML (multa y paralización de
obra).
Artículo Décimo Tercero.- Encargar a los Inspectores
Municipales de la Subgerencia de Ingeniería del Tránsito
y/o a la Policía Nacional del Perú responsable del control
del tránsito, el cumplimiento de la presente resolución, de
acuerdo con las competencias establecidas en la normativa
vigente.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MARYBEL VIDAL MATOS
Subgerente
Subgerencia de Ingeniería de Tránsito
Gerencia de Transporte Urbano
858175-1
MUNICIPALIDAD DE ANCON
Aprueban otorgamiento de Beneficios
Tributarios Extraordinarios
de Regularización Tributaria y
Administrativa en el distrito
Ancón, 10 de octubre del 2012
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de
Ancón en la Sesión de la fecha, el Informe Nº 180-2012-
GR/MDA de la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 134-2012-
GM/MDA de la Gerencia Municipal, en donde presentan
proyecto de Ordenanza Municipal que otorga Benef‌i cios
Tributarios en la jurisdicción de Ancón.
BENEFICIOS
Artículo Primero.- APROBAR EL OTORGAMIENTO
DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS EXTRAORDINARIOS
DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA,
para todos los contribuyentes o responsables tributarios de
la jurisdicción en el Distrito de Ancón.
Artículo Segundo.- ESTABLECER que los Benef‌i cios
de Regularización Tributaria y Administrativa otorgadas al
contribuyente del distrito de Ancón, son los siguientes:
1. Condonación del 100% de los intereses moratorios
y reajustes acumulados a la fecha de cancelación de los
tributos que adeuden, por concepto de Impuesto Predial,
Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y/o Administrativas
y Convenio de Fraccionamiento de pago, que se encuentren
en cualquier instancia administrativa y/o cobranza coactiva,
debiendo cancelar en este último caso el 50% de las
costas procesales que se hubieren generado a la fecha de
cancelación.
2. Condonación de las Multas Tributarias por omisión a
la presentación de la Declaración Jurada de autovaluo para
los contribuyentes del distrito de Ancón.
3. Rebaja del 80% por derecho de Licencia de
Funcionamiento, y por Autorización de Anuncios
Publicitarios conforme a lo establecido en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos (TUPA), de la Municipalidad
Distrital de Ancón.
4. Exoneración del 100% de las Multas Administrativas
impuestas hasta el 30 de setiembre del 2012, las que no se
encuentren en proceso vía coactivo y proceso contencioso,
para los administrados, debiendo solicitarlo por escrito
previa subsanación a la obligación administrativa y/o de
la medida correctiva que corresponda. Este benef‌i cio no
tiene alcance para los notif‌i cados con el Reglamento de
Sanciones aprobado mediante Ordenanza 253-MDA.
5. Establecer que el pago total de las deudas de los
Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y
Jardines y Serenazgo hasta el año 2011, obtendrá un
descuento del cincuenta por ciento (50 %) del total de las
deudas hasta el año 2011.
Artículo Tercero.- ESTABLECER que la vigencia de
los Benef‌i cios aprobados mediante la presente Ordenanza
tendrá una vigencia a partir del día siguiente de su
publicación y hasta el 31 de octubre del 2012.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Los Contribuyentes que se encuentren con
expedientes de reclamación en cualquiera de las Instancias,
para acogerse a los Benef‌i cios de la presente Ordenanza
deberán desistirse en forma expresa de los recursos
presentados con Declaración Jurada Simple.
Segunda.- Los benef‌i cios que se otorgan mediante la
presente Ordenanza son aplicables durante su vigencia y
no dará derecho a la devolución por pagos efectuados con
anterioridad a su vigencia.
Tercera.- Facúltese al alcalde a dictar mediante
Decreto de Alcaldía las disposiciones complementarias
necesarias para el correcto cumplimiento de la presente
Ordenanza y/o disponer la prórroga de su vigencia total
o parcialmente.
Cuarta.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia
de Rentas, Gerencia de Administración, Gerencia de
Servicios a la Ciudad y Proyección Social el cumplimiento
de la presente Ordenanza y a Secretaria General e Imagen
Institucional su publicación y difusión.
Quinta.- Déjese sin efecto toda norma que se oponga,
mientras dure la vigencia de la presente Ordenanza.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
PEDRO JOHN BARRERA BERNUI
Alcalde
856964-1
MUNICIPALIDAD DE
CARABAYLLO
Crean el Consejo Distrital de
Juventudes de Carabayllo - CDJ-C y su
Reglamento
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 264-A/MDC
Carabayllo, 25 de setiembre de 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE
CARABAYLLO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesión Ordinaria
de la fecha;

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