ORDENANZA Nº 089-2009/MLV - Crean la Comisión Ambiental Municipal del distrito de La Victoria

Fecha de publicación20 Noviembre 2009
Fecha de disposición20 Noviembre 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 20 de noviembre de 2009 406323
MUNICIPALIDAD DE
LA VICTORIA
Crean la Comisión Ambiental Municipal
del distrito de La Victoria
ORDENANZA Nº 089-2009/MLV
La Victoria, 30 de octubre del 2009
EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA
POR CUANTO:
VISTO; en la sesión ordinaria de la fecha, el dictamen
conjunto Nº 002-2009-CPSALC-CPPPAL/MDLV de las
Comisiones Permanentes de Regidores de Servicios
a la Ciudad y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos
Legales; y
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º de
la Constitución Política del Perú, en concordancia con el
artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972
Ley Orgánica de Municipalidades – los gobiernos locales
gozan de autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia con sujeción al
ordenamiento jurídico, teniendo además como f‌i nalidad
representar al vecindario y promover la adecuada
prestación de los servicios públicos locales;
Que, el artículo 73º numerales 3.1) y 3.5) concordado
con el artículo 80º numeral 2.4) y 4.3) de la Ley Nº
27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – establecen
como competencia de las municipalidades provinciales y
distritales, formular, aprobar, ejecutar planes y políticas
ambientales, en concordancia con normas, políticas y
planes regionales, sectoriales y nacionales, así como
promover la educación e investigación ambiental;
Que, el artículo 20º numeral 13 en concordancia con
el artículo numeral 7 de la Ley Nº 27972 señala que
es atribución del Alcalde someter al Concejo Municipal
el sistema de gestión ambiental local y sus instrumentos
dentro del marco del sistema de gestión ambiental
nacional y regional; por corresponder a sus atribuciones
de este último la aprobación de los mismos;
Que, el artículo 45º del Reglamento de la Ley Nº 28245
establece que el Sistema Local de Gestión Ambiental
se desarrolla en el marco del Sistema Nacional de
Gestión Ambiental y de lo señalado en la su reglamento;
regulándose mediante una Ordenanza Municipal, previa
opinión favorable del CONAM – Comisión Nacional del
Ambiente;
Que, el artículo 25º de la Ley Nº 28245 establece
que las Comisiones Ambientales Municipales son las
instancias de gestión ambiental, encargadas de coordinar
y concertar la política ambiental municipal. Promueven el
diálogo y el acuerdo entre los sectores público y privado.
Articulan sus políticas ambientales con las Comisiones
Ambientales Regionales y el CONAM, siendo creadas
mediante Ordenanza Municipal, determinándose su
ámbito, funciones y composición;
– estipula en el artículo 62º que los gobiernos locales
organizan el ejercicio de sus funciones ambientales,
considerando el diseño y la estructuración de sus
órganos internos o comisiones, en base a sus recursos,
necesidades y el carácter transversal de la gestión
ambiental. Asimismo, deben implementar un Sistema Local
de Gestión Ambiental, integrando a las entidades públicas
y privadas que desempeñan funciones ambientales o que
inciden sobre la calidad del medio ambiente, así como a
la sociedad civil, en el ámbito de actuación del gobierno
local;
Que, mediante informes Nº 328-2009/SGMAYE/
MDLV y Nº 309-2009-SGMAYE/MDLV, la Subgerencia
de Medio Ambiente y Ecología sustenta la necesidad de
conformar la Comisión Ambiental Municipal del distrito,
conformada por representantes de las organizaciones
e instituciones más representativas de La Victoria, a
f‌i n de realizar acciones coordinadas con el Ministerio
del Ambiente – MINAM – que permitan formular
conjuntamente el Plan y la Agenda Ambiental Local,
así como elaborar propuestas para el funcionamiento,
aplicación y evaluación de los instrumentos de gestión
ambiental y la ejecución de políticas de la materia con
participación de la sociedad civil. Con lo cual, iniciando
así un proceso de concertación para la gestión ambiental
compartida, lo que permitirá un espacio de discusión
de la problemática del distrito y particularmente de la
situación ambiental;
Que, mediante informes Nº 401-09-GAJ/MDLV y Nº
347-09-GAJ/MDLV de vistos la Gerencia de Asesoría
Jurídica señala que el proyecto de Ordenanza propuesto
es viable y legalmente acorde con la normativa de
la materia, recomendando su evaluación por parte
del Concejo Municipal para que sea aprobado, por
corresponder a su competencia;
Que, en virtud a lo expuesto, la Municipalidad de La
Victoria, en coordinación con diversas organizaciones
públicas, privadas y mixtas de la localidad, así como con
la amplia participación de los actores locales vinculados a
los recursos naturales y a la gestión ambiental, acordaron
en consenso proponer la conformación de la Comisión
Ambiental Municipal para fortalecer su gestión y lograr los
objetivos que en esta materia le corresponden ejecutar a
favor de la comunidad;
Estando a lo expuesto y a las normas legales glosadas,
así como en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº
27972 – Ley Orgánica de Municipalidades –, el Concejo
Municipal por unanimidad, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE CREA LA COMISIÓN
AMBIENTAL MUNICIPAL – CAM – DEL
DISTRITO DE LA VICTORIA
Artículo 1º.- De la Comisión Ambiental Municipal
Créase la Comisión Ambiental Municipal del distrito de
La Victoria – CAM – LA VICTORIA, como la instancia de
gestión ambiental local con sede en la ciudad de Lima,
la cual será la encargada de coordinar y concertar la
política ambiental local, promoviendo el dialogo y el
acuerdo entre los sectores público, privado y la sociedad
civil, articulando sus políticas en esta materia con la
Comisión Ambiental Metropolitana CAM – LIMA con la
Comisión Ambiental Regional CAR – LIMA y el Ministerio
del Ambiente – MINAM –.
Artículo 2º.- De sus Funciones
2.1 Funciones Generales
a) Ser la instancia de coordinación y concertación de
la política ambiental local de La Victoria con la
participación de los gobiernos Locales Distritales para la
implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental.
b) Elaborar y/o construir participativamente el Plan y la
Agenda Ambiental Local.
c) Gestionar la implementación participativa del Plan y
la Agenda Ambiental Local, aprobados por la Municipalidad
Distrital de La Victoria.
d) Lograr compromisos concretos de las instituciones
integrantes en base a una visión compartida del desarrollo
sostenible local.
e) Elaborar propuestas para el funcionamiento,
aplicación y evaluación de los instrumentos de gestión
ambiental y la ejecución de políticas ambientales.
f) Facilitar el tratamiento apropiado, para la resolución
de conf‌l ictos ambientales.
2.2. Funciones Especif‌i cas
a) Promover y establecer mecanismos de apoyo,
trabajo y participación, coordinando con los distritos
integrantes de la CAM a favor de la gestión ambiental, de
conformidad con el Plan de Acción Ambiental y la Agenda
Ambiental Local;
b) Elaborar y proponer lineamientos de política,
objetivos y metas de gestión ambiental, así como
proyectos de ordenanzas y otras normas municipales
para aportar al desarrollo sostenible del distrito de
La Victoria, acordes con las políticas regionales y
nacionales;
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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