ORDENANZA Nº 013-2011-MPH - Aprueban el Plan Local de Salud y Educación de la Provincia de Huaral 2011-2014

Fecha de disposición16 Noviembre 2011
Fecha de publicación16 Noviembre 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 16 de noviembre de 2011 453409
conformidad al literal b.4) del artículo 4º de la presente
ordenanza.
- Reconocimiento de la Deuda: Los administrados
que se acojan al benef‌i cio dispuesto en el presente
artículo reconocen expresamente las infracciones que
originaron las multas o resoluciones de sanción objeto
de cancelación, por lo que no podrán presentar reclamo
o solicitud de devolución alguna. Quedando entendido
además, que el pago de la multa no libera al infractor de la
subsanación o regularización de la situación que originó la
sanción pecuniaria, es decir la medida complementaria es
ejecutable, siempre y cuando no se haya regularizado la
conducta infractora.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.- Facúltese al señor Alcalde para que
mediante Decreto de Alcaldía pueda dictar las normas
complementarias necesarias para la correcta aplicación de
la presente ordenanza, así como para determinar y aprobar
la prórroga de su vigencia.
Segunda.- Encargar a la Secretaría General disponga
la publicación del íntegro de la presente ordenanza en el
Diario Of‌i cial El Peruano y el Portal Institucional.
Tercera.- Encargar a la Gerencia de Rentas
y la Subgerencia de Informática y Estadística el
acondicionamiento del Sistema de Rentas para el
cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal.
Cuarta.- Los pagos efectuados por los contribuyentes
antes de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, por
los conceptos que se mencionan en la presente Ordenanza
tienen carácter de cancelatorios, por tanto no podrán ser
reclamados, devueltos ni objeto de compensación.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RICARDO CASTRO SIERRA
Alcalde
716872-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUARAL
Aprueban el Plan Local de Salud y
Educación de la Provincia de Huaral
2011- 2014
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 013-2011-MPH
Huaral, 14 de setiembre de 2011.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE HUARAL
POR CUANTO:
EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL
VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen
Nº 007-2011-CSSAYE-MPH de la Comisión de Salud,
Saneamiento Ambiental y Ecología respecto al Proyecto de
Ordenanza que aprueba el Plan Local de Salud y Educación
de la Provincia de Huaral 2011 - 2014; y,
CONSIDERANDO;
Perú modificada por Ley Nº 27680, en concordancia
con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, consagra
que las Municipalidades son Órganos de Gobierno
promotores del Desarrollo Local, con Personería
Jurídica de Derecho Público con plena capacidad para
el cumplimiento de sus fines, gozando de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia.
Que, puesto a consideración del Pleno, sometido al
debate correspondiente, disponen en forma unánime
aprobar la siguiente:
“ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN LOCAL
DE SALUD Y EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE
HUARAL 2011 – 2014”
Artículo Primero.- Aprobar el Plan Local de Salud y
Educación de la Provincia de Huaral 2011 – 2014, el mismo
que como Anexo forma parte integrante de la presente
Ordenanza.
Artículo Segundo.- Los sectores que participan en
la elaboración del Plan Local de Salud y Educación de la
Provincia de Huaral 2011 – 2014 y los representantes de la
Red de Salud Huaral, la Micro Red Huaral y la Unidad de
Gestión Educativa Local Nº 10 de Huaral y la Municipalidad
Provincial de Huaral adoptarán las medidas necesarias
para su cumplimiento.
Artículo Tercero.- Constituir el Concejo Local
de Salud y Educación de la Provincia de Huaral 2011
– 2014, como una instancia deliberativa, proponente
y rectora en materia de sus definiciones y que es la
encargada del seguimiento y monitoreo de las acciones
señaladas en el Plan Local de Salud y Educación de
Huaral 2011 – 2014, a fin de lograr su implementación
por parte de los sectores involucrados.
Artículo Cuarto.- El Concejo Local de Salud y
Educación de la Provincia de Huaral 2011 – 2014, estará
conformado por los siguientes miembros:
- El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaral.
- El Director de la Red de Salud Huaral.
- El Director de la Unidad de Gestión Local – UGEL Nº
10 de Huaral.
- El Presidente de la Mesa de Concertación para la
Lucha contra la Pobreza de la Provincia de Huaral.
Artículo Quinto.- Las funciones del Concejo Local del
Plan de Salud y Educación de la Provincia de Huaral 2011
– 2014, son las siguientes:
a) Evalúa y monitorea la efectividad de las políticas
locales de Salud y Educación 2011 – 2014.
b) Propone mejoras normativas de las políticas, planes
y programas de Salud y Educación 2011 2014.
c) Hace seguimiento al Plan Local de Salud y Educación
2011 – 2014.
d) Suscribe alianzas de cooperación interinstitucional
orientadas a las mejoras de las políticas locales de Salud y
Educación 2011 – 2014.
e) Aprueba y supervisa la ejecución del presupuesto del
Plan Local de Salud y Educación 2011 – 2014.
Artículo Sexto.- Las funciones del Equipo Técnico del
Plan de Salud y Educación de la Provincia de Huaral 2011
– 2014, son las siguientes:
a) Formular el Plan Local de Salud y Educación 2011
– 2014.
b) Formular el Plan Operativo 2011 – 2012 del Plan
Local de Salud y Educación.
c) Es responsable de la gestión operativa de la
implementación del Plan Local de Salud y Educación 2011
– 2014.
d) Remitir los resultados del Plan Operativo 2011 – 2014
del Plan Local de Salud y Educación a la instancia superior
correspondiente.
e) Promover la participación de la comunidad en el
desarrollo del Plan Local de Salud y Educación 2011
– 2012.
f) Desarrollar acciones conjuntas entre la Red de
Salud Huaral, la Micro Red de Salud La Querencia, la
Unidad de Gestión Educativa Local Nº 10 de Huaral y la
Municipalidad Provincial de Huaral, con el propósito de
mejorar la calidad de vida y una cultura de promoción
de la salud.
g) Proponer Proyectos de Inversión Pública en el marco
del Plan Local de Salud y Educación 2011 – 2014.
Artículo Sétimo.- La Coordinación Ejecutiva del Equipo
Técnico del Plan de Salud y Educación de la Provincia
de Huaral 2011 – 2014, está bajo la responsabilidad de
la Gerencia de Desarrollo Humano de la Municipalidad
Provincial de Huaral y convoca a sesión una vez al mes en
carácter ordinario y cada quince días cuando sus miembros
decidan reunirse de manera extraordinaria.

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