OPINIÓN Nº 102-2019/DTN

Número de expediente102-2019/DTN
Fecha de publicación24 Junio 2019
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
  1. ANTECEDENTES


Mediante el documento de la referencia, el señor Ilich Eduardo Gustavo Sumarriva Lezama formula consulta sobre la sustitución del residente de obra, según lo dispuesto por la normativa de contrataciones del Estado


Antes de iniciar el desarrollo del presente análisis, es necesario precisar que las consultas que absuelve este Organismo Técnico Especializado son aquellas referidas al sentido y alcance de la normativa de contrataciones del Estado, planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre sí, sin hacer alusión a asuntos concretos o específicos, de conformidad con lo dispuesto por el literal n) del artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada a través de la Ley N° 30225 y modificada mediante el Decreto Legislativo N° 1444, así como el acápite 9 del Anexo N° 2 de su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF.


En ese sentido, la conclusión de la presente opinión no se encuentra vinculada necesariamente a situación particular alguna.


  1. CONSULTA Y ANÁLISIS


Para efectos de la presente opinión se entenderá por:


  • Anterior Ley” a la aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1017, vigente hasta el 8 de enero de 2016



La consulta formulada es la siguiente:


En el marco de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo N° 1017 y sus modificatorias (en adelante, la “LCE”) y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF y sus modificatorias (en adelante, el “RLCE”), procedemos a CONSULTAR en torno a lo dispuesto en el numeral 185 del citado reglamento, lo siguiente:


¿En una obra pública de cualquier especialidad en la que el Contratista solicita el cambio de un profesional, el profesional a sustituir debe cumplir con las calificaciones que fueron objeto de evaluación en el proceso de selección, y que le permitieron obtener la buena pro al Contratista, o, por el contrario debería cumplir con aquellas calificaciones que refleja el profesional sustituido en el cargo, las mismas que no han tenido ninguna incidencia en el resultado de la evaluación y del proceso de selección, excediendo lo que el área usuaria (técnica) de la entidad consideró como necesario para la ejecución idónea de la prestación de la Obra?


    1. En primer lugar, debe indicarse que de acuerdo con lo señalado en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR