Opinión N° 031-2023/DTN, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado

Fecha de publicación21 Marzo 2023
Dirección Técnico Normativa
Opinión
Expediente N° 31226
T.D. 23590730
OPINIÓN Nº 031-2023/DTN
Solicitante: Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa.
Asunto: Literal d) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley e impedimentos
para contratar.
Referencia: Formulario S/N de fecha 27.FEB.2023 Consulta sobre la
Normativa de Contrataciones del Estado.
1. ANTECEDENTES
Mediante el documento de la referencia, el señor Víctor Alegría Gonzales, Gerente
de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa formula
consulta sobre los alcances del literal d) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley e
impedimentos para contratar previstos en el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley.
Antes de iniciar el desarrollo del presente análisis, es necesario precisar que las
consultas que absuelve este Organismo Técnico Especializado son aquellas referidas
al sentido y alcance de la normativa de contrataciones del Estado, planteadas sobre
temas genéricos y vinculados entre sí, sin hacer alusión a asuntos concretos o
específicos, de conformidad con lo dispuesto por el literal n) del artículo 52 de la Ley
de Contrataciones del Estado, aprobada a través de la Ley N° 30225 y modificada
por el Decreto Legislativo N° 1444, así como por el numeral 3 del acápite II del
Anexo N° 2 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-
EF y sus modificatorias.
En ese sentido, las conclusiones de la presente opinión no se encuentran vinculadas
necesariamente a situación particular alguna.
2. CONSULTA Y ANÁLISIS
“Ley” a la aprobada mediante la Ley N° 30225, modificada por el Decreto
Legislativo N° 1444, vigente desde el 30 de enero de 2019; Ley N° 31433, vigente
desde el 07 de marzo de 2022; y, Ley N° 31535, vigente desde el 29 de julio de
2022.
“Reglamento” al aprobado mediante el Decreto Supremo N° 344-2018-EF,
modificado por Decreto Supremo N° 377-2019-EF, vigente desde el 15 de
diciembre de 2019; Decreto Supremo N° 168-2020-EF, vigente desde el 01 de
julio de 2020; Decreto Supremo N° 250-2020-EF, vigente desde el 05 de
Firmado digitalmente por FLORES
MONTOYA Carla Gabriela FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 21.03.2023 16:14:45 -05:00

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR