Oficio de Superintendencia nº 135-2015- SUNAT/600000

Año2015
EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú"
“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación”
OFICIO N.° 135-2015-SUNAT/600000
Lima, 12 JUN. 2015
Señora
JUANA LOURDES BERNAL ALVA
Directora General
Dirección General de Recursos Humanos
Ministerio de Interior
Presente.-
Referencia : Oficio N.° 000559-2015/IN/DGRH del 4.2.2015
Expediente : 000-TI0001-2015-00089989-8 del 5.2.2015
De mi consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a usted en atención al documento de la
referencia, mediante el cual su despacho consulta:
1. Si deben considerarse los descuentos que se realizan a la remuneración
mensual de los trabajadores por concepto de tardanzas y permisos
(justificados e injustificados), para efectos de determinar la remuneración
bruta que servirá como base imponible para el cálculo del Impuesto a la
Renta de quinta categoría, así como del aporte al Seguro Social de Salud
(ESSALUD) y a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), en el caso
de los trabajadores sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo N.°
276(
1
).
2. Si con relación a la remuneración que percibe el personal contratado bajo el
régimen del Decreto Legislativo N.° 1057(
2
) se deben considerar los
descuentos que se realizan a la remuneración mensual de los trabajadores
por concepto de tardanzas y permisos (justificados e injustificados), para
efectos de determinar la remuneración bruta que servirá como base
imponible para el cálculo del Impuesto a la Renta de cuarta categoría, así
como del aporte al ESSALUD y a la ONP.
1
Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, publicado el 24.3.1984 y
normas modificatorias.
2
Que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, publicado el 28.6.2008 y norma
modificatoria.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR