Oficio múltiple nº SBS 6410-2017 de Superintendencia de Banca y Seguros, 16-02-2017
Fecha | 16 Febrero 2017 |
Emisor | Superintendencia de Banca y Seguros |
Tipo de documento | Sistema Financiero |
Lima, 16 de Febrero de 2017
OFICIO MÚLTIPLE N° 6410 - 2017 - SBS
Señor
Gerente General / Gerencia Mancomunada
Presente.-
Me dirijo a usted con relación al Oficio Múltiple N° 5345-2010-SBS de fecha 05 de febrero de 2010, por medio del cual esta Superintendencia estableció ciertas precisiones relacionadas con la facultad de las empresas del sistema financiero de efectuar modificaciones en los contratos de crédito, que no obedezcan a dificultades en la capacidad de pago de los prestatarios, a efectos que no sean consideradas como refinanciaciones.
Sobre el particular, ante la situación que están atravesando los pobladores de diversas zonas del país declaradas en estado de emergencia a raíz de las intensas precipitaciones pluviales que han ocasionado pérdidas económicas y problemas para que los deudores de dichas zonas puedan cumplir con el pago de los créditos que mantienen con empresas del sistema financiero resulta oportuno recordarle la vigencia del aludido Oficio Múltiple haciendo notar la factibilidad de su aplicación para la cartera de créditos originada en la referidas zonas, precisándose que para estos casos se requerirá que la cartera no presente atrasos al momento de la declaratoria de estado de emergencia.
Se adjunta el Oficio Múltiple N° 5345-2010-SBS.
Atentamente,
SOCORRO HEYSEN ZEGARRA
Superintendenta de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Adj. Lo indicado
Los Laureles Nº 214 - Lima 27 - Perú Telf.: (511) 6309000...
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