Oficio múltiple nº 6229-2020-SBS de Superintendencia de Banca y Seguros, 12-02-2020

Fecha12 Febrero 2020
EmisorSuperintendencia de Banca y Seguros
Tipo de documentoSistema Financiero
ANEXO Nº 1


San Isidro, 12 de febrero de 2020


OFICIO MÚLTIPLE N° 6229-2020-SBS



Señor

Gerente General

Presente.-


Me dirijo a usted con relación al Reglamento para la Gestión del Riesgo Social y Ambiental, aprobado por Resolución SBS N° 1928-2015 (en adelante el Reglamento), para precisar algunos aspectos de dicha normativa.


Sobre el particular, cabe indicar que el Reglamento es de aplicación cuando se brinda alguno de los siguientes servicios financieros, y estos se empleen para el desarrollo de un proyecto, conforme a la definición señalada en el Reglamento:


  1. Servicio de asesoría para el financiamiento de un proyecto cuando la inversión total estimada en el proyecto supere los US$ 10 millones.

  2. Financiamiento de un proyecto cuando la inversión total estimada en el proyecto supere los US$ 10 millones. Un caso particular es la financiación de proyectos definida en el Anexo N°2 del Reglamento para el requerimiento de patrimonio efectivo por riesgo de crédito (Resolución SBS N° 14354-2009 y sus normas modificatorias).

  3. Créditos a un cliente no minorista relacionados a una etapa de un proyecto, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

  1. El importe total de créditos del cliente relacionados con el proyecto en el sistema financiero asciende como mínimo a US$ 50 millones; y

  2. El importe total de créditos del cliente relacionados con el proyecto en la empresa (antes de la sindicación o la reventa) es, como mínimo, de US$ 25 millones.

  1. Crédito puente destinado al financiamiento de un proyecto que requiera una inversión total estimada que supere los US$ 10 millones.

  2. Crédito corporativo por encima de US$ 10 millones destinado a proveedores primarios de un proyecto.


Para la aplicación de lo antes mencionado, y en concordancia con los Principios del Ecuador, se debe tener en cuenta que los créditos a un cliente no minorista relacionados a una etapa del proyecto, excluyen los instrumentos...

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