Oficio múltiple nº 37367-2020-SBS de Superintendencia de Banca y Seguros, 25-11-2020
Fecha | 25 Noviembre 2020 |
Emisor | Superintendencia de Banca y Seguros |
Tipo de documento | Sistema Financiero |
Lima, 25 de noviembre de 2020
OFICIO MÚLTIPLE N° 37367-2020-SBS
Señor(es)
Gerente General / Gerencia Mancomunada
Presente.-
Me dirijo a usted(es) en atención a las modificaciones introducidas en el reporte de información crediticia por la Resolución SBS N° 5570-2019-SBS, las cuales consideran ajustes en el “Instructivo para la presentación del Reporte Crediticio de Deudores (RCD) – Anexo N° 6”, los mismos que se detallan en el anexo adjunto.
Al respecto, se precisa que las mencionadas modificaciones entrarán en vigencia para los saldos reportados a partir del RCD cuya información corresponde al mes de enero de 2021, y se comunica que el instructivo con las modificaciones indicadas se estará publicando en la Extranet del Portal del Supervisado (https://extranet.sbs.gob.pe) para su descarga por las personas autorizadas en su empresa.
Finalmente, las consultas relacionadas con este tema pueden dirigirse a la dirección electrónica reportes.cr@sbs.gob.pe
Atentamente,
JORGE DAMASO MOGROVEJO GONZALEZ
SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS
ANEXO
Modificaciones al documento “Instructivo para la presentación del RCD – Anexo N° 6”
Incorporar en el Instructivo del RCD (Registro de Identificación), así como en el RCD, lo siguiente: A-33 CONDICIÓN DE PAGO DE LOS CRÉDITOS REVOLVENTES CORRESPONDIENTE AL ÚLTIMO CICLO DE FACTURACIÓN Consignar el código que corresponda a los créditos revolventes de mayor monto: 0 Cliente con créditos revolventes que no realizó ningún pago o realizó un pago menor al mínimo 1 Cliente que realizó pago mínimo 2 Cliente que pagó un monto mayor al pago mínimo y menor al pago total 3 Cliente que realizó pago total 9 Cliente sin créditos revolventes A-34... |
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