OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES RESOLUCION JEFATURAL Nº 162-2007-J/ONPE - Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisiOn de delitos contra la administraciOn pUblica y la fe pUblica RESOLUCION JEFATURAL Nº 162-2007-J/ONPE

Fecha de disposición05 Octubre 2007
Fecha de publicación05 Octubre 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 5 de octubre de 2007
354904
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2003-PCM se
aprobó Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia
y Acceso a la Información Pública, y por Decreto Supremo
N° 072-2003-PCM, se aprobó su Reglamento;
Que, el inciso c) del artículo 3° y el artículo 4° del
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a
la Información Pública, establecen la obligación de la
máxima autoridad de la Entidad de designar al funcionario
responsable de la elaboración y actualización del Portal
de Transparencia, mediante resolución que deberá ser
publicada en el Diario Ocial El Peruano;
Que, mediante Resolución Defensorial N° 017-2007/
DP de fecha 30 de marzo del 2007, se designó al Director
de la Dirección de Promoción y Coordinación Territorial de
la Defensoría del Pueblo, señor Daniel Vega Farías, como
responsable titular de la elaboración y actualización de la
información que debe contener el Portal de Transparencia
Institucional;
Que, mediante Resolución Defensorial N° 040-2007/
DP de fecha 20 de julio del 2007, se aceptó la renuncia del
citado funcionario al cargo de conanza de Director de la
Dirección de Promoción y Coordinación Territorial de la
Defensoría del Pueblo, a partir del 1° de agosto del 2007;
Que, en consecuencia, es necesario formalizar la
designación de la Jefa de la Ocina de Comunicaciones e
Imagen Institucional como la nueva responsable titular de
la elaboración y actualización de la información que debe
contener el Portal de la Defensoría del Pueblo, a n de dar
cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y
Acceso a la información Pública y su Reglamento;
Con los visados del Primer Adjunto (e) y de las
ocinas de Gestión de Recursos Humanos y de Asesoría
Jurídica;
En uso de las facultades conferidas por la Ley N°
26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo; en
concordancia con los literales d) y p) del artículo 8º de su
Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por
la Resolución Defensorial Nº 0039-2006/DP;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR a la señora
Nora María LOREDO DE IZCUE, Jefa de la Ocina
de Comunicaciones e Imagen Institucional, como
responsable titular de la elaboración y actualización de la
información que debe contener el Portal de Transparencia
de la Defensoría del Pueblo, con efectividad al 1° agosto
del 2007.
Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la
presente resolución en el Diario Ocial El Peruano y en el
Portal de Transparencia de la Defensoría del Pueblo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BEATRIZ MERINO LUCERO
Defensora del Pueblo
116245-1
OFICINA NACIONAL DE
PROCESOS ELECTORALES
Autorizan a procurador iniciar acciones
legales contra presuntos responsables
de la comisión de delitos contra la
administración pública y la fe pública
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 162-2007-J/ONPE
Lima, 1 de octubre de 2007
Vistos; el Informe Especial Nº 001-2007-OGCI/ONPE,
“Informe Especial a la Ocina Descentralizada de Procesos
Electorales de Lima Norte- Elecciones Generales 2006-
Primera y Segunda Vuelta”, el Informe N° 057-2007-
JEHC-OGAJ/ONPE y el Memorando N° 588-2007-OGAJ/
ONPE de la Ocina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control, la
Ocina General de Control Institucional de la ONPE
practicó una acción de control orientada a establecer si
el Plan de Actividades para el Proceso de Elecciones
Generales 2006- Primera y Segunda Vuelta de la
Ocina Descentralizada de Procesos Electorales- ODPE
Lima Norte, ha sido ejecutado adecuadamente; y si los
recursos nancieros transferidos bajo la modalidad
de encargos a dicha ODPE en el citado proceso, han
sido administrados con criterios de ecacia, eciencia,
economía y transparencia de conformidad con la Directiva
de rendición de cuentas correspondiente;
Que, como resultado de la acción de control acotada
se determinó que, para la contratación de los servicios de
despliegue y repliegue de materiales electorales, a través
de los procesos de adjudicación de menor cuantía N° CI-
011-2006-ODPE-LIMA NORTE y N° CI-147-2006-ODPE-
LIMA NORTE correspondientes a la Primera y Segunda
vuelta de las Elecciones Generales 2006, respectivamente,
los valores referenciales no han sido estimados como
resultado de las indagaciones de mercado conforme
a lo establecido en el instructivo sobre adquisiciones y
contrataciones a cargo de las ODPE, aprobado mediante
Resolución Jefatural N° 017-2006-J/ONPE. Asimismo, se
habría falsicado documentación diversa relacionada con
los procesos de adquisición antes mencionados;
Que, los hechos expuestos permiten establecer que
el ex Jefe y el ex Asistente Administrativo de la ODPE-
Lima Norte, así como, los miembros del Comité de
Adjudicación para el servicio de despliegue y repliegue
de materiales electorales para Primera y Segunda
vuelta de las Elecciones Generales 2006, habrían
incurrido en presuntos delitos contra la administración
pública en la modalidad de incumplimiento de funciones
y negociación incompatible y contra la fe pública en la
modalidad de falsedad material previstos y penados
en los artículos 377°, 399° y 427° del Código Penal,
respectivamente;
Que, en ese sentido, resulta necesario autorizar
al Procurador Público a cargo de la defensa de
los intereses de la Oficina Nacional de Procesos
Electorales, a interponer las acciones legales que
correspondan;
De conformidad con lo establecido en el artículo 47° de
la Constitución Política del Perú, Decreto Ley N° 17537, Ley
de Representación y Defensa Judicial del Estado y en el
literal cc) del artículo 9° del Reglamento de Organización y
Funciones de la Ocina Nacional de Procesos Electorales
aprobado por Resolución Jefatural N° 099-2007-J/ONPE;
Con el visado de la Ocina General de Asesoría
Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar al Procurador Público
a cargo de los asuntos judiciales de la Ocina
Nacional de Procesos Electorales, para que en
nombre y representación del Estado, inicie e impulse
las acciones legales que correspondan, por los
fundamentos expuestos en la parte considerativa
de la presente resolución contra los presuntos
responsables comprendidos en el Informe Especial Nº
001-2007-OGCI/ONPE, “Informe Especial a la Ocina
Descentralizada de Procesos Electorales de Lima
Norte Elecciones Generales 2006-Primera y Segunda
Vuelta”, remitiéndose para tal efecto los antecedentes
correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA
Jefa Nacional
116241-1

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