06 238-2005-EF/10 - Modifican resolución que oficializó la I Convención Nacional de Auditoría - AUDITA 2005

Fecha de publicación03 Junio 2005
Fecha de disposición03 Junio 2005
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NORMAS LEGALES
Lima, viernes 3 de junio de 2005
CONSIDERANDO:
Que, el señor Carlos Siewczynski Burmester inter-
puso recurso de queja contra el Servicio de Administra-
ción Tributaria (SAT) de la Municipalidad Metropolitana
de Lima, alegando que se le habían iniciado procedi-
mientos de cobranza coactiva de valores emitidos por
Arbitrios Municipales de los períodos 2002-03 y 2003-
03, sin adjuntar los cargos de notificación de las resolu-
ciones de determinación que eran título materia de eje-
cución;
Que, mediante Proveídos Nºs. 1565-5-2004 y 1752-
5-2004 de fechas 22 de octubre y 17 de noviembre de
2004 respectivamente, el Tribunal Fiscal solicitó al SAT
de la Municipalidad Metropolitana de Lima que, en un
plazo no mayor de 10 días hábiles, remita lo siguiente: i)
un informe documentado sobre los hechos materia de
queja; ii) copia certificada de los valores (órdenes de
pago, resoluciones de determinación o resoluciones de
multa) que sustenten la deuda tributaria materia de co-
branza coactiva y de sus correspondientes constan-
cias de notificación, y iii) copia certificada de todas las
resoluciones de ejecución coactiva que se hubieran dic-
tado en los procedimientos de cobranza coactiva segui-
dos contra el quejoso y sus constancias de notificación;
Que, mediante Resolución del Tribunal Fiscal Nº 00250-
5-2005 de fecha 14 de enero de 2003, se requirió al SAT
de la Municipalidad Metropolitana de Lima por tercera y
última vez que remitiera lo solicitado, ordenándose la
suspensión temporal de los procedimientos de cobran-
za coactiva iniciados contra el quejoso;
Que, no obstante haber transcurrido en exceso el
plazo otorgado, el SAT de la Municipalidad Metropolitana
de Lima, no cumplió con remitir lo solicitado, por lo que
se dictó la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 01207-5-
2005 del 23 de febrero de 2005 que declaró Fundada la
queja interpuesta, debiendo suspenderse definitivamen-
te la cobranza coactiva y levantarse las medidas caute-
lares que se hubieran trabado, disponiéndose que se
remitiera copia de los actuados al Procurador Público
del Ministerio de Economía y Finanzas, a fin que proce-
da al ejercicio de las acciones legales pertinentes;
Que, el artículo 156º del Código Tributario dispone
que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal de-
ben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcio-
narios de la Administración;
Que, el incumplimiento por parte del SAT de la Muni-
cipalidad Metropolitana de Lima a dar cumplimiento al
mandato del Tribunal Fiscal, evidencia la existencia de
indicios razonables de la comisión de los delitos contra
la Administración Pública - Desobediencia y Resistencia
a la Autoridad y Omisión, Rehusamiento o Demora de
Actos Funcionales, previstos y penados en los artículos
368º y 377º del Código Penal aprobado por Decreto Le-
gislativo Nº 635 y normas modificatorias;
Que, además, el Tribunal Fiscal mediante Resolución
Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constitu-
ye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuesto
que si bien carece de competencia para aplicar sancio-
nes a los funcionarios de la Administración Tributaria que
incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en
responsabilidad penal, la que deberá hacer efectiva el
Poder Judicial a través del proceso penal corres-
pondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone
el Procurador Público del Sector, sin perjuicio de la res-
ponsabilidad civil;
Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al
Procurador Público encargado de los asuntos judiciales
del Ministerio de Economía y Finanzas para que, en re-
presentación y defensa de los intereses del Estado, in-
terponga las acciones judiciales pertinentes contra quie-
nes resulten responsables de la comisión de estos deli-
tos;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º
de la Constitución Política del Perú y por el Decreto Ley
Nº 17537 que regula la representación y defensa del
Estado en juicio y sus normas modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar-
gado de los asuntos judiciales del Ministerio de Econo-
mía y Finanzas para que, en nombre y representación
del Estado, interponga las acciones judiciales correspon-
dientes contra los presuntos responsables de la Munici-
palidad Metropolitana de Lima de la comisión de los deli-
tos contra la Administración Pública - Desobediencia y
Resistencia a la Autoridad y Omisión, Rehusamiento o
Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto
en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2º.- Remítase copia de la presente resolu-
ción al mencionado Procurador Público, para su
cumplimiento y fines correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G.
Ministro de Economía y Finanzas
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Modifican resolución que oficializó la
I Convención Nacional de Auditoría -
AUDITA 2005
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 238-2005-EF/10
Lima, 1 de junio de 2005
Visto el Oficio Nº 078-2005-JDCCPP, de fecha 12 de
mayo de 2005 del Presidente de la Junta de Decanos de
Colegios de Contadores Públicos del Perú y el Decano
del Colegio de Contadores Públicos de Pasco, sobre
modificación de fecha de realización de la “I Convención
Nacional de Auditoría - AUDITA 2005”.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 147-2005-
EF/10 del 28 de marzo de 2005 se oficializó la “I Conven-
ción Nacional de Auditoría - AUDITA 2005”, cuyo lema
es “La actuación del Auditor de Conformidad con los
Nuevos Pronunciamientos Internacionales de Ética, Ase-
guramiento y Auditoría”, organizado por la Junta de De-
canos de Colegios de Contadores Públicos del Perú y el
Colegio de Contadores Públicos de Pasco que se lleva-
ría a cabo en la ciudad de Cerro de Pasco, provincia de
Cerro de Pasco y departamento de Pasco, los días 18,
19 y 20 de agosto de 2005;
Que, los organizadores mediante el Oficio de Visto
señalan que por razones ajenas a su voluntad y por la
realización de otros eventos internacionales de su pro-
fesión en fechas próximas se han visto obligados a mo-
dificar la fecha de realización del citado evento para los
días 17, 18 y 19 de noviembre de 2005;
Que, asimismo, los organizadores solicitan que la “I
Convención Nacional de Auditoría - AUDITA 2005”, sea
denominada “CPC Oscar de la Cruz Espinoza” en
reconocimiento del gremio a un Contador Público Cole-
giado que en vida tuvo una destacada labor profesional
e institucional en el Colegio de Contadores Públicos de
Pasco;
Que, es política del Ministerio de Economía y Finan-
zas planear, dirigir y controlar, entre otras, la política de
contabilidad y respaldar toda actividad que favorezca la
actualización y superación de los profesionales en con-
tabilidad;
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37º
del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo
- y el Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 183, modifica-
do por el Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 325;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Modificar el Artículo Único de la
Resolución Ministerial Nº 147-2005-EF/10, el que que-
dará redactado de la siguiente manera:
“Artículo Único.- Oficializar la “I Convención Nacio-
nal de Auditoría - AUDITA 2005”, denominada “CPC
Oscar de la Cruz Espinoza” y cuyo lema es “La actua-
ción del Auditor de Conformidad con los Nuevos Pro-
nunciamientos Internacionales de Ética, Aseguramiento
y Auditoría”, organizado por la Junta de Decanos de
Colegios de Contadores Públicos del Perú y el Colegio
de Contadores Públicos de Pasco que se llevará a cabo
en la ciudad de Cerro de Pasco, provincia de Cerro de

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