1007 510-2006-MIMDES - Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de ocasionar perjuicio económico al CAFAE MIMDES

Fecha de publicación28 Julio 2006
Fecha de disposición28 Julio 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
viernes 28 de julio de 2006 325375
R
E
P
U
B
L
I
C
A
D
E
L
P
E
R
U
Autorizan a procurador iniciar acciones
legales contra presuntos responsables
de ocasionar perjuicio económico al
CAFAE - MIMDES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 510-2006-MIMDES
Lima, 26 de julio de 2006
Vistos, el Memorando Nº 260-2006-MIMDES-DM
de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social y el
Oficio Nº 277-2006-MIMDES/OCI de la Oficina de
Control Institucional del Ministerio de la Mujer y
Desarrollo Social;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe Especial Nº 004-2006-02-
3901-MIMDES-OCI “Auditoría a los Estados Financieros
e Información Complementaria, del Comité de
Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo de
los Trabajadores del Ministerio de la Mujer y Desarrollo
Social, CAFAE-MIMDES - Ejercicio 2004. Caso: Gastos
en Vales de Consumo con Recursos de Transferencias
infringiendo la Normativa que rige al CAFAE-MIMDES
ocasionó Perjuicio Económico por un monto ascendente
a S/. 150 392,25”, emitido por el Organo de Control
Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social,
se determinó que la administración del CAFAE en los
años 2002, 2003 y 2004 captó transferencias del MIMDES
en exceso, acumulando así, saldos que generaron un
incremento de incentivos, cuyos pagos se regularizaron
mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 779-2003-
MIMDES y 429-2004-MIMDES, sin embargo tales
regularizaciones sólo operaron hasta junio del 2004, ya
que a partir de esa fecha las transferencias del MIMDES
debían aplicarse sólo a incentivos laborales conforme lo
señala la Resolución Ministerial Nº 507-2004-MIMDES
de fecha 19 de agosto del 2004 que aprobó la Directiva
Nº 018-2004-MIMDES, normativa que no dio
cumplimiento CAFAE al haber aprobado el uso irregular
del saldo de las transferencias del MIMDES en el Pago
de Vales de Consumo, no considerados como incentivos
laborales;
Que, asimismo, el referido Informe de Control, determinó
que los miembros de la Junta Directiva del Comité de
Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo de los
Trabajadores del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social
CAFAE - MIMDES, incumplieron lo establecido en la Ley
Nº 28128 - Ley de Presupuesto para el año 2004 y en la
Resolución Ministerial Nº 507-2004-MIMDES que aprobó
la Directiva Nº 018-2004-MIMDES “Criterios para otorgar
Incentivos Laborales a través del CAFAE a favor de
funcionarios y servidores nombrados y contratados del
Régimen Laboral del Decreto Legislativo Nº 276 del
Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES y
personal destacado al MIMDES”, por tanto, y en razón de
su incumplimiento funcional les asiste presunta
responsabilidad civil culpa inexcusable por la negligencia
grave de sus actos, conforme lo establecen los artículos
1321º y 1319º del Código Civil respectivamente, al haber
efectuado un gasto en vales de consumo con fondos de
las mayores transferencias del MIMDES ascendente a S/
. 150,392.25 Nuevos Soles, monto que no fue revertido al
Tesoro Público como correspondía, configurando así un
perjuicio económico a la entidad que debe ser resarcido
por los funcionarios señalados en el precitado Informe de
Control;
Que, el inciso f) del artículo 15º de la Ley Nº 27785,
establece que los Informes elaborados en base a las
acciones de control tienen el carácter de pruebas pre-
constituídas para el inicio de las acciones legales a que
hubiera lugar;
Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al
Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales
del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES,
para que inicie las acciones judiciales correspondientes;
Con la opinión favorable de la Oficina General de
Asesoría Jurídica del MIMDES contenida en el Informe
Nº 1031-2006-MIMDES/OGAJ;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de
la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27793 - Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y
Desarrollo Social, el Reglamento de Organización y
Funciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo
Nº 011-2004-MIMDES y el Decreto Ley Nº 17537 - Ley
de Representación y Defensa del Estado en asuntos
judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo
de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Mujer y
Desarrollo Social - MIMDES, para que en representación
y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las
acciones judiciales que correspondan contra las
personas comprendidas en el Informe Especial Nº 004-
2006-02-3901-MIMDES-OCI “Auditoría a los Estados
Financieros e Información Complementaria, del Comité
de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo de
los Trabajadores del Ministerio de la Mujer y Desarrollo
Social, CAFAE-MIMDES - Ejercicio 2004. Caso: Gastos
en Vales de Consumo con Recursos de Transferencias
infringiendo la Normativa que rige al CAFAE-MIMDES
ocasionó Perjuicio Económico por un monto ascendente
a S/. 150 392,25” y contra aquellos que resulten
responsables, por los fundamentos expuestos en la parte
considerativa de la presente resolución.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución,
así como los antecedentes del caso, al Procurador
Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio
de la Mujer y Desarrollo Social para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L.
Ministra de la Mujer y
Desarrollo Social
00545-10
Aprueban y oficializan el Formato de
Acreditación para los Desplazados
Internos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 511-2006-MIMDES
Lima, 26 de julio de 2006
Visto el Oficio Nº 377-2006-MIMDES/DGDCP de la
Dirección General de Desplazados y Cultura de Paz del
Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social -MIMDES, sobre
aprobación del Documento de Acreditación de los
Desplazados Internos;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 23º de la Ley Nº 28223 - Ley sobre
los Desplazamientos Internos, establece que el Ministerio
de la Mujer y Desarrollo Social elabora un Registro Único,
a fin de asegurar el conocimiento por parte del Estado
del número de desplazados, sus características y
necesidades de los mismos; siendo obligación de esta
entidad el preparar los materiales para la acreditación,
por lo que para lograr este fin es necesario contar con
un formato oficial de Acreditación de los Desplazados
Internos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo
39º del Reglamento de la Ley Sobre Desplazamientos
Internos aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2005-
MIMDES;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social aprobado
por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, en su
artículo 64 establece como funciones de la Dirección
General de Desplazados y Cultura de Paz, el promover,
coordinar, dirigir, supervisar y evaluar las normas,
políticas, planes, programas y proyectos en el campo
de la atención y protección, así como la reparación de
los desplazados internos, en concordancia con las

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR