06 1129-2005-IN-CAFAE - Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra presunto responsable de ocasionar perjuicio económico al CAFAE - MININTER
Fecha de publicación | 27 Mayo 2005 |
Fecha de disposición | 27 Mayo 2005 |
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NORMAS LEGALES
Lima, viernes 27 de mayo de 2005
es corroborada por la Unidad de Informática y Estadística
de la Dirección General de Migraciones y Naturalización en
el Informe Nº 0022-2005-IN-1601/UNIE-JAA de 31 de mar-
zo de 2005 al señalar:
"Se informa también que el sistema
informático de Control Migratorio en la fecha indicada no
registraba auditoría de las consultas realizadas sobre mo-
vimientos migratorios y tampoco sobre pasaportes consul-
tados"
;
Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis-
trativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órganos No
Policiales) después de examinar todos los actuados, cum-
plir todas las etapas y procedimientos establecidos dentro
de un proceso regular y que el servidor Juan Narciso
Fernandini López ejerciendo su derecho a la legítima de-
fensa ha desvirtuado los cargos materia del presente Pro-
ceso Administrativo Disciplinario, por unanimidad, ha reco-
mendado al señor Ministro del Interior le absuelva de los
cargos imputados debiendo expedirse la correspondiente
Resolución Ministerial;
Estando a lo dictaminado por la Oficina General de
Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior y de confor-
midad con la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y
de Remuneraciones del Sector Público, Decreto Legislativo
Nº 276, y lo dispuesto en el artículo 170º del Reglamento
de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supre-
mo Nº 005-90-PCM, en el Decreto Supremo Nº 027-2005-
PCM de 2 de abril de 2005 y en el Texto Único Ordenado
del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Inte-
rior aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Absolver, por las razones expuestas en la
parte considerativa de la presente Resolución, al servidor
Juan Narciso Fernandini López, identificado con DNI Nº
07217107, Inspector de Migraciones I - SPD de la Direc-
ción General de Migraciones y Naturalización de los cargos
imputados y que fueron materia del Proceso Administrativo
Disciplinario instaurado a mérito de la Resolución Ministe-
rial Nº 0270-2005-IN/0901 de 15 de febrero de 2005.
Artículo 2º.- Disponer que la Oficina de Personal inser-
te copia de la presente Resolución en el Legajo Personal
del mencionado servidor y proceda a archivar los actua-
dos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FÉLIX M. MURAZZO CARRILLO
Ministro del Interior
09826
Autorizan a procurador iniciar accio-
nes judiciales contra presunto respon-
sable de ocasionar perjuicio económico
al CAFAE - MININTER
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 1129-2005-IN-CAFAE
Lima, 19 de mayo del 2005
VISTO, el Informe Nº 012-2004-2-0282-IN/OCI.OAI.AUD
"Auditoría a la Información Financiera del Comité de Admi-
nistración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio
del Interior correspondiente al año 2003"; emitido por el
Órgano de Control Institucional del Ministerio del Interior; y,
CONSIDERANDO:
Que, en cumplimiento al Plan Anual de Control del año
2004, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 054-
2004-CG, el Órgano de Control Institucional del Ministerio
del Interior llevó a cabo la acción de control cuya naturale-
za fue la de una Auditoría a la Información Financiera del
Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo
- CAFAE, correspondiente al año 2003, con el objetivo de
evaluar el funcionamiento y efectividad de la estructura y
sistema de control interno implementados por el CAFAE,
que asegurasen una adecuada administración de las trans-
ferencias de fondos y su ejecución, en concordancia con
las normas técnicas de control interno y los dispositivos
legales vigentes;
Que, luego de la revisión efectuada a los comprobantes
de pago emitidos y pagados por el CAFAE - MININTER en
el año 2003, el Órgano de Control Institucional observó el
pago de S/. 8,550.00 (Ocho Mil Quinientos Cincuenta y 00/
100 Nuevos Soles) efectuado a favor del Sr. Juan José
García Torres, quien presentó la Factura Nº 002-000086
del 13.11.03, consignando el nombre comercial "Taller de
Carpintería García", RUC Nº 20336659541 y domicilio fis-
cal en Ampliación Santa Cruz, Mz. Z, Lote 13 - Punta
Hermosa, determinándose, luego de efectuada la consulta
a la SUNAT, que el RUC consignado en la factura presen-
tada, correspondía a la empresa "La Casita del Espejo
S.A.C." con domicilio fiscal en Av. Prolongación Luna Piza-
rro - La Victoria (Observación Nº 3);
Que, el pago realizado a favor del Sr. Juan José García
Torres se efectuó con los Cheques Nºs. 115344425 del
6.11.03 por S/. 4,500.00 (Cuatro Mil Quinientos y 00/100
Nuevos Soles), voucher 04-110002, y 13101443 del
11.12.03 por S/. 4,050.00 (Cuatro Mil Cincuenta y 00/100
Nuevos Soles), voucher 10-120004, quedando acreditado
el desembolso efectuado por la Entidad;
Que, asimismo, en el registro de ventas del mes de noviem-
bre de 2003, el CAFAE MININTER consideró de la Factura
Nº 002-000086, crédito fiscal del IGV por S/. 1,365.13 (Mil
Trescientos Sesenticinco y 13/100 Nuevos Soles);
Que, el Informe Nº 012-2004-2-0282-IN/OCI.OAI.AUD con-
cluye que la Factura Nº 002-000086 de fecha 13.11.03 por
S/. 8,550.00 (Ocho Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles),
presentada por Juan José García Torres, registra un número
de RUC que pertenece a "La Casita del Espejo S.A.C.", lo que
hace que dicha factura no sea confiable, y en consecuencia,
no sea sustento del gasto efectuado (Conclusión Nº 3), reco-
mendando que el Comité Directivo disponga las acciones
administrativas y/o legales pertinentes respecto al Comproban-
te de Pago presentado (Recomendación Nº 3);
Que, el Comité de Administración del Fondo de Asis-
tencia y Estímulo del MININTER, por intermedio de su Pre-
sidente, cursó al Sr. Juan José García Torres, la Carta
Notarial Nº 003702-04 de fecha 27.7.04, recibida el día
4.8.04, mediante la cual se le solicitó la entrega de S/.
8,550.00 (Ocho Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles), en
un plazo de 72 horas, bajo apercibimiento de iniciarse las
acciones legales pertinentes; manifestando con Carta de
fecha 9.8.04, no encontrarse en la capacidad de devolver
la suma indicada y que su representada arreglaría con la
SUNAT, en cuanto correspondía a la Factura Nº 002-
000086 que se le imputaba como falsa;
Que, los hechos descritos denotan el perjuicio económico
del que habría sido objeto el CAFAE-MININTER y la existencia
de indicios de la supuesta comisión de ilícitos penales en agra-
vio del Estado, al haber presentado Juan José García Torres,
como sustento de pago, una Factura cuyo RUC correspondía
a otra razón social, teniendo el agravante de una contingencia
frente a la SUNAT, por el uso del crédito fiscal de S/. 1,365.00
(Mil Trescientos Sesenticinco y 00/100 Nuevos Soles), por lo
que, deviene en necesaria la intervención del órgano de de-
fensa judicial del Sector;
Que, estando a lo recomendado por el Órgano de Control
Institucional, a lo solicitado por el Comité de Administración del
Fondo de Asistencia y Estimulo del MININTER y a lo dictamina-
do por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con el Art. 47º de la Constitución Polí-
tica del Estado, el Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537,
modificado por Decreto Ley Nº 17667 y a lo establecido en
el Art. 5º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo
Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior, aprobado por Decre-
to Supremo Nº 003-2004-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de
los asuntos judiciales del Ministerio del Interior para el inicio
de las acciones judiciales contra Juan José García Torres
conforme se desprende del Informe Nº 012-2004-2-0282-
IN/OCI.OAI.AUD.
Artículo 2º.- Remítase a la Procuraduría Pública los
antecedentes de la presente resolución, para los fines a
que se contrae la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FÉLIX M. MURAZZO CARRILLO
Ministro del Interior
09827
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