192 0573-2001-IN/0103 - Dejan sin efecto resolución que autorizó a procurador iniciar acciones legales a fin de obtener título supletorio de inmueble ubicado en la provincia de Huancayo

Fecha de publicación02 Junio 2001
Fecha de disposición02 Junio 2001
Pág. 203755
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 2 de junio de 2001 DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 2 de junio de 2001 AÑO XIX - Nº 7649 Pág. 203755
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS"
CONGRESO DE LA
REPÚBLICA
Autorizan realizar proceso de adjudica-
ción de menor cuantía a fin de contra-
tar servicios de comedor y cafetería
para el Congreso de la República
RESOLUCIÓN Nº 038-2001-P/CR
Lima, 30 de mayo de 2001
Visto el Informe Nº 013-2001-AJ/CR en el que señala
la necesidad de declarar en situación de urgencia, por el
plazo de 90 días naturales, los servicios de comedor y
cafetería para el Congreso de la República;
CONSIDERANDO:
Que el Plan Anual de Contrataciones y Adquisicio-
nes tiene previsto la realización de un concurso público
para la contratación de los servicios de comedor y
cafetería para el Congreso de la República;
Que el Congreso de la República y la empresa Huasca-
rán Alimentos y Servicios E.I.R.L. han visto por conve-
niente resolver el contrato de Locación de Servicios Nº
020-2000-AJ/CR, para la prestación de los servicios de
comedor y cafetería para la Institución;
Que la realización de la convocatoria de dicho
concurso público podría ocasionar, durante el período
de su tramitación, la interrupción abrupta de estos
servicios;
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 32º
del Texto Único Ordenado del Reglamento del Congre-
so, en los Artículos 19º, 20º y 21º del Texto Único
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado y en los Artículos 108º, 113º y 115º de su
Reglamento;
Estando a lo acordado por la Mesa Directiva, según
el Acuerdo Nº 331-2000-2001/MESA-CR;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar en situación de
urgencia, por el plazo de 90 días naturales, los servi-
cios de comedor y cafetería para el Congreso de la
República.
Artículo Segundo.- Autorizar al Comité Especial
para llevar a cabo el proceso de adjudicación de menor
cuantía para la contratación de los servicios de comedor
y cafetería para el Congreso de la República.
Artículo Tercero.- Disponer que, dentro del pla-
zo legal establecido, el Gerente General envíe copia
autenticada de la presente Resolución y del Informe
Nº 013-2001-AJ/CR a la Contraloría General de la
República.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
CARLOS FERRERO
Presidente a.i. del Congreso de la República
24563
DECRETOS DE
URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA
Nº 059-2001
DECRETO DE URGENCIA QUE
INCORPORA AL PROGRAMA NACIONAL
CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR Y
SEXUAL DENTRO DEL NUMERAL 6.2
DEL ARTÍCULO 6º DE LA LEY Nº 27427
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-
PROMUDEH, de fecha 24 de abril de 2001, se creó el
Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y
Sexual como un órgano de línea del Ministerio de
Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano;
Que, de conformidad con dicho Decreto Supremo, el
Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual,
es el órgano encargado de diseñar y ejecutar a nivel
nacional acciones y políticas de prevención, atención y
apoyo a las personas involucradas en hechos de violencia
familiar y/o sexual, contribuyendo así a mejorar la calidad
de vida de la población desde una perspectiva de género;
Que, mediante la Ley Nº 27427, Ley de Racionalidad
y Límites en el Gasto Público para el Año Fiscal 2001,
de fecha de 20 de febrero de 2001 se establecieron
medidas presupuestales y administrativas orientadas
a fijar límites y racionalizar el gasto público durante el
ejercicio fiscal 2001;
Que, dicho cuerpo normativo en su Artículo 6º, nume-
ral 6.2, establece un régimen de excepción a las normas de
austeridad aplicables a los gastos destinados exclusiva y
directamente a Programas de interés social que tienen
como destinatarios a la población que se encuentra en
situación de riesgo o especial vulnerabilidad;
Que, la violencia familiar y sexual constituye no sólo
un problema de salud pública que afecta a una proporción
significativa de la población peruana, sino también un
obstáculo para el desarrollo personal, familiar y social
que, por su naturaleza de interés social, requiere de una
estrategia de intervención urgente por parte del Progra-
ma Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual;
Que, estando a que la creación del Programa fue
posterior a la expedición de la Ley Nº 27427 y, dada la
relevancia de la labor que realiza el Programa Nacional
Contra la Violencia Familiar y Sexual resulta necesario
incorporar dicho Programa dentro de los alcances del
numeral 6.2 del Artículo 6º de la Ley Nº 27427, Ley de
Racionalidad y Límites en el Gasto Público;
Que, las razones citadas son de interés nacional y
justifican la urgente aprobación de las medidas corres-
pondientes en materia económica y financiera, debiéndose
suspender en lo pertinente los efectos de la Ley Nº 27427;
En uso de las facultades conferidas por el inciso 19)
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,
Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República;
Pág. 203756
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 2 de junio de 2001
DECRETA:
Artículo 1º.- Objeto de la norma
Incorpórese al Programa Nacional Contra la Violencia
Familiar y Sexual dentro del numeral 6.2 del Artículo 6º de la
Ley Nº 27427. Dicha incorporación no significará modifica-
ción del Marco Presupuestal para el ejercicio vigente.
Artículo 2º.- Refrendo
El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el
Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de
Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día
del mes de junio del año dos mil uno.
VALENTIN PANIAGUA CORAZAO
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE
Ministra de Promoción de la Mujer
y del Desarrollo Humano
24641
P C M
Disponen que Ministros de Estado pre-
senten informe de gestión al Congreso
de la República denominado Memoria
Ministerial el día 26 de julio de 2001
DECRETO SUPREMO
Nº 064-2001-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Poder Ejecutivo, aprobada por el Decreto Legislativo Nº
560, establecen que corresponde al Presidente de la
República dirigir la política general del Gobierno y que
los Ministros de Estado son responsables por los actos
realizados en su sector, respectivamente;
Que el actual Gobierno, que culminará sus funciones
el 28 de julio del presente año, se ha propuesto rescatar la
confianza ciudadana, reinstitucionalizar y redemocra-
tizar el país, así como promover e iniciar medidas de
reordenamiento de la Administración Pública;
Que la función pública debe regirse por los princi-
pios de probidad, transparencia y rendición de cuentas;
En uso de las facultades conferidas por el inciso 8)
DECRETA:
Artículo 1º.- El 26 de julio de 2001, los Ministros de
Estado presentarán al Congreso de la República que se
instalará en esa fecha, un informe de la gestión realiza-
da, bajo la denominación de Memoria Ministerial.
Artículo 2º.- La Memoria Ministerial tendrá el
siguiente contenido:
a) Situación general en que se recibió el sector;
b) Objetivos y metas del sector;
c) Logros de la gestión;
d) Situación general en que se deja el sector; y,
e) Objetivos pendientes y recomendaciones.
Artículo 3º.- La Memoria Ministerial incluirá los
informes de los órganos desconcentrados que corres-
pondan a cada sector.
Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día
del mes de junio del año dos mil uno.
VALENTIN PANIAGUA CORAZAO
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
24610
ECONOMÍA Y
FINANZAS
Autorizan viaje de funcionarios de
ADUANAS a los EE.UU. para participar
en eventos sobre aduanas, comercio,
finanzas y gobernabilidad
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 179-2001-EF/10
Lima, 1 de junio del 2001
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio Nº 360-2001-ADUANAS, la Super-
intendencia Nacional de Aduanas solicita se autorice el viaje
del Superintendente Nacional de dicho Organismo, señor
Arturo Ramírez Salomón, a la ciudad de Miami-Florida,
Estados Unidos de América, del 2 al 9 de junio de 2001, con
la finalidad de que participe en calidad de expositor, en la "IV
Conferencia Regional de Directores Generales de Aduanas
de las Américas" y "VII Simposio de las Américas";
Que, asimismo mediante el Oficio Nº 363-2001-ADUA-
NAS, la referida entidad solicita se autorice el viaje del señor
Diego Alejandro Arrieta Elguera, Asesor de Despacho de la
Superintendencia Nacional de Aduanas, a las ciudades de
Miami-Florida y Washington D.C., Estados Unidos de
América, del 5 al 16 de junio de 2001, con la finalidad de que
participe en la "IV Conferencia Regional de Directores
Generales de Aduanas de las Américas", "VII Simposio de
Aduanas, Comercio y Finanzas de las Américas" y en el
"Programa de Gobernabilidad para Latinoamérica";
Que, es necesario autorizar dichos viajes, cuyos gastos
serán cubiertos por las empresas verificadoras -dentro de
las obligaciones de Cooperación Técnica asumidas para el
cumplimiento de sus funciones- y por el Banco Mundial;
De conformidad con lo establecido en los Decretos
Supremos Nºs. 048 y 053-2001-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Arturo
Ramírez Salomón, Superintendente Nacional de Adua-
nas, a la ciudad de Miami-Florida, Estados Unidos de
América, del 2 al 9 de junio de 2001, y de Diego Alejandro
Arrieta Elguera, Asesor de Despacho de la Superin-
tendencia Nacional de Aduanas, a las ciudades de Miami-
Florida y Washington D.C., Estados Unidos de América,
del 5 al 16 de junio del mismo año, para los fines expuestos
en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
del presente dispositivo legal, serán asumidos por las
empresas verificadoras -dentro de las obligaciones de
Cooperación Técnica asumidas para el cumplimiento de
sus funciones- y por el Banco Mundial, no significando
gasto alguno con cargo al Presupuesto de ADUANAS.
Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no
otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos
de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de
los funcionarios cuyo viaje se autoriza.
Regístrese y comuníquese.
JUAN INCHAUSTEGUI VARGAS
Ministro de Industria, Turismo, Integración
y Negociaciones Comerciales Internacionales,
Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas
24562
EDUCACIÓN
Designan representante del Ministerio
ante el Directorio de la Sociedad de
Beneficencia de Cusco
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 119-2001-ED
Lima, 23 de febrero de 2001
Pág. 203757
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 2 de junio de 2001
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 002-97-
PROMUDEH, establece que los Directorios de las So-
ciedades de Beneficencia y Juntas de Participación
Social estarán integrados por cinco miembros, de los
cuales uno será designado por el Ministerio de Educa-
ción en su representación;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 631-99-
ED, de fecha 23 de setiembre de 1999, se designó a la
Dra. Graciela Zambrano de Visaga, como representan-
te del Ministerio de Educación ante el Directorio de la
Sociedad de Beneficencia de Cusco;
Que, la Dra. Graciela Zambrano de Visaga, ha presen-
tado su renuncia a la citada representación;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre-
mo Nº 002-97-PROMUDEH, Decreto Ley Nº 25762,
modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos
Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- ACEPTAR a partir de la fecha de la
presente Resolución, la renuncia presentada por la
Dra. Graciela Zambrano de Visaga, como representan-
te del Ministerio de Educación ante el Directorio de la
Sociedad de Beneficencia de Cusco, dándosele las gra-
cias por los servicios prestados.
Artículo 2º.- DESIGNAR a partir de la fecha de la
presente Resolución, a don Fernando Federico Romero
Neira, como representante del Ministerio de Educación
ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia de
Cusco.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCIAL RUBIO CORREA
Ministro de Educación
24528
ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
CONSEJO DIRECTIVO
COMUNICADO OFICIAL Nº 003-AMAG-CD
CONCURSO DE OPOSICIÓN Y MÉRITOS PARA LA
PROVISIÓN DE LA PLAZA DE DIRECTOR GENERAL
DE LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
Se comunica a los postulantes y público en general, que el Consejo Directivo
de la Academia de la Magistratura, en sesión del día jueves 31 de mayo del
2001, ha declarado al Señor Doctor ROGER RAFAEL RODRIGUEZ ITURRI,
ganador del Concurso de Oposición y Méritos para la provisión de la plaza de
Director General, al haber obtenido el mayor puntaje.
De conformidad con la segunda disposición final y complementaria del
Reglamento, la documentación aportada por los postulantes, podrá ser
recogida en la Secretaría Administrativa de la Academia de la
Magistratura.
Jesús María, 1 de junio de 2001
EL CONSEJO DIRECTIVO
24531

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR