ORDENANZA Nº 083-2009/MLV - Exoneran del pago de derechos por obras establecidas en el D.U. N° 004-2009, a entidades educativas públicas del distrito

Fecha de disposición11 Julio 2009
Fecha de publicación11 Julio 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 11 de julio de 2009 398957
adecuada, recomendándose para este efecto el pintado
de sus respectivas fachadas.
Artículo 3º.- El incumplimiento de lo dispuesto en el
presente Decreto de Alcaldía, dará lugar a las sanciones
correspondientes.
Artículo 4º.- ENCARGAR el cumplimiento del
presente Decreto a la Gerencia de Servicios Públicos,
Secretaría de Imagen Institucional, Gerencia de Seguridad
y Fiscalización, Sub Gerencia de Fiscalización Municipal y
demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA
Alcalde
371214-2
MUNICIPALIDAD DE
LA VICTORIA
Exoneran del pago de derechos por
obras establecidas en el D.U. Nº 004-
2009, a entidades educativas públicas
del distrito
ORDENANZA Nº 083-2009/MLV
La Victoria, 26 de junio del 2009
EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA
POR CUANTO:
VISTO; el dictamen Nº 004-2009-CPPPAL/MDLV de
la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto
y Asuntos Legales, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º
de la Constitución Política del Perú en concordancia
con los artículos II y IV del Título Preliminar de la Ley
gobiernos locales tienen autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia con
sujeción al ordenamiento jurídico, teniendo además
como f‌i nalidad representar al vecindario y promover la
adecuada prestación de los servicios públicos locales,
correspondiendo al Concejo Municipal el ejercicio de la
función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas,
las cuales tienen rango de ley de acuerdo al artículo 200º
Que, conforme a lo establecido por los artículos 74º
y 195º numeral 4) de la Constitución Política del Perú
en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar
del Texto Único Ordenado - TUO - del Código Tributario
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, y
concordado a su vez con el artículo numeral 9) de la
otorga a los gobiernos locales potestad tributaria para
crear, modif‌i car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios,
licencias y derechos, así como exonerar de ellos, dentro
de su jurisdicción y con los límites que señala la ley;
Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 004-2009
publicado en el Diario Of‌i cial El Peruano el 10 de enero
del 2009, se creó El Programa Nacional de Recuperación
de las Instituciones Públicas Educativas Emblemáticas y
Centenarias, por medio del cual se ha previsto la ejecución
de obras de rehabilitación, remodelación y equipamiento
de infraestructura en veinte (20) instituciones educativas,
entre las que se encuentran cuatro (4) grandes unidades
escolares ubicadas en el distrito de La Victoria, las cuales
son: Pedro A. Labarthe, Isabel La Católica, Cesar Vallejo
y Felipe Santiago Salaverry;
Que, en virtud del citado Decreto de Urgencia, el
Ministerio de Educación, mediante of‌i cio Nº 311-2009-
ME/SG del 6 de marzo de 2009, ha solicitado que las
obras a realizarse en los indicados centros educativos
sean exoneradas del cobro de las tasas por concepto
de Licencia de Edif‌i cación y demás trámites o conceptos
complementarios;
Que, en virtud de lo expuesto mediante Informe
Nº 083-2009-MDLV-GDU de fecha 3 de junio del 2009, la
Gerencia de Desarrollo Urbano propone la emisión de la
presente Ordenanza a efectos de aprobar la exoneración
de pago de derechos para la tramitación de licencias de
edif‌i caciones y habilitaciones urbanas en inmuebles de
propiedad del Ministerio de Educación que se encuentren
en el distrito de La Victoria; precisando que ello no
exceptúa que la Municipalidad ejerza la f‌i scalización
posterior establecida en el artículo 32º de la Ley Nº 27444
- Ley de Procedimiento Administrativo General -;
Que, al respecto se debe precisar que la exoneración
propuesta no implica la omisión del incumplimiento de
los requisitos y procedimientos establecidos en la Ley
Nº 29090 - Ley de Regularización de Habilitaciones
Urbanas y de Edif‌i caciones - y de su reglamento
aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2008-
VIVIENDA, debidamente recogidos en el Texto Único
de Procedimientos Administrativos - TUPA - de la
Municipalidad de La Victoria;
Que, mediante memorándum Nº 248-09-GAJ/MDLV
de fecha 25 de junio de 2009, la Gerencia de Asesoría
Jurídica opina que la Ordenanza propuesta por la Gerencia
de Desarrollo Urbano resulta viable por cuanto su objeto
se encuentra acorde con las funciones y competencias
de la Municipalidad, recomendando que la misma sea
sometida a consideración del Concejo Municipal para su
evaluación y aprobación respectiva;
Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas por el artículo 9º numeral 8 y el artículo 40º
- y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del
acta, el Concejo Municipal por unanimidad ha aprobado
la siguiente:
ORDENANZA QUE EXONERA A LAS ENTIDADES
EDUCATIVAS PÚBLICAS DEL DISTRITO DE LA
VICTORIA DEL PAGO DE DERECHOS POR OBRAS
ESTABLECIDAS EN EL DECRETO DE URGENCIA
Nº 004-2009
Artículo Primero.- Exonerar a las Instituciones
Educativas Públicas incluidas en el Programa Nacional de
Recuperación de las Instituciones Educativas Públicas
Emblemáticas y Centenarias, ubicadas en el distrito de
La Victoria, del pago de los derechos contemplados
en el Texto Único de Procedimientos Administrativos -
TUPA - de la Municipalidad de La Victoria, por concepto
de las obras a realizarse en virtud del Decreto de
Urgencia Nº 004-2009.
Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la
presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a
la Gerencia de Administración y Finanzas, y a la Gerencia
de Fiscalización y Control.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C.
Alcalde
371247-1
Aprueban Manual de Organización y
Funciones - MOF de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 008-2009-ALC/MLV
La Victoria, 6 de julio de 2009
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA VICTORIA
VISTOS; el informe Nº 193-09-GAJ/MLV de la
Gerencia de Asesoría Jurídica, el memorándum Nº 502-
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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