RESOLUCION DIRECTORAL Nº 015-2011-MPTE/2/14 - Declaran nula la R.D. N° 01-2011-DPSCL-IQU, mediante la cual se admite la solicitud de terminación colectiva de contratos de trabajo presentada por E.P.S. SEDALORETO S.A.A.
Fecha de disposición | 04 Noviembre 2011 |
Fecha de publicación | 04 Noviembre 2011 |
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 4 de noviembre de 2011 452731
diplomático los setenta años de edad o veinte años en
cualquier categoría;
Que, la Oficina General de Recursos Humanos,
mediante el Informe de Visto ha señalado que a la
fecha el Embajador en el Servicio Diplomático de la
República Luis Armando José Lecaros de Cossío tiene
más de 20 años en la categoría, por lo que corresponde
su pase a la situación de retiro, en atención a la Ley
Nº 29797;
De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio
Diplomático de la República, y sus modifi catorias; la
Ley Nº 29797; el Decreto Supremo Nº 130-2003/RE
y modifi catorias, Reglamento de la Ley del Servicio
Diplomático de la República;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Pasar a la situación de retiro al Embajador
en el Servicio Diplomático de la República, Luis Armando
José Lecaros de Cossío, a partir del 1º de noviembre de
2011.
Artículo 2º.- Darle las gracias por los importantes
servicios prestados a la Nación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO
Ministro de Relaciones Exteriores
711922-21
SALUD
Autorizan viaje de funcionarios del
Ministerio a Brasil, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 030-2011-SA
Lima, 3 de noviembre del 2011
CONSIDERANDO:
Que, como política de Estado se tiene prevista la
creación del “Sistema de Atención Móvil de Urgencias
- SAMU”, destinado a articular la atención efi ciente y
oportuna de las urgencias y emergencias médicas a nivel
nacional;
Que, con la fi nalidad de conocer de cerca la experiencia
del Sistema de Atención Móvil de Urgencias - SAMU de
Brasil, se ha programado la visita de profesionales del
Ministerio de Salud de Perú al Ministerio de Salud de
Brasil, a la Central de Regulación del SAMU Brasil y al
Centro de Entrenamiento y Capacitación del SAMU, entre
otros, del 4 al 7 de noviembre de 2011;
Que, la Ofi cina General de Administración, mediante
Memorándum Nº 2194-2011-OGA-OE/MINSA ha otorgado
la disponibilidad presupuestal para cubrir los gastos de
participación en la citada visita, los cuales serán asumidos
con cargo al Pliego 011: Ministerio de Salud;
Que, en tal sentido resulta necesario autorizar
el viaje de los señores Manuel Jumpa Santa María,
Asesor del Despacho Ministerial y Walter Curioso
Vílchez, Director General de la Ofi cina General de
Estadística e Informática, a la ciudad de Sao Paulo,
República Federativa de Brasil, a fi n que realicen las
visitas técnicas mencionadas,
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27657,
Ley del Ministerio de Salud; en la Ley Nº 29626, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011;
en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de
viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y
su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Sao Paulo,
República Federativa de Brasil, del 4 al 7 de noviembre
de 2011, de los siguientes funcionarios del Ministerio de
Salud, para los fi nes expuestos en la parte considerativa
de la presente Resolución:
- Manuel Jumpa Santa María, Asesor del Despacho
Ministerial.
- Walter Curioso Vílchez, Director General de la Ofi cina
General de Estadística e Informática.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución Suprema serán asumidos por
la Unidad Ejecutora 001 Administración Central - MINSA
del Pliego 011- Ministerio de Salud, conforme al siguiente
detalle:
- Pasajes Aéreos US$ 1,959.30
(Incluye Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto)
- Viáticos (US$ 200.00 x 4 días) : US$ 1,600.00
- Total : US$ 3,559.30
Artículo 3º.- Dentro de los 15 días calendario
de efectuado el viaje, el personal designado deberá
presentar un informe detallado, describiendo las
acciones realizadas y los resultados obtenidos,
así como la rendición de cuentas debidamente
documentada.
Artículo 4º.- La presente Resolución no dará derecho
a exoneración o liberación de impuestos de aduana de
ninguna clase o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Salud y el Presidente del
Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
SALOMÓN LERNER GHITIS
Presidente del Consejo de Ministros
CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA
Ministro de Salud
711922-2
TRABAJO Y PROMOCION
DEL EMPLEO
Declaran nula la R.D. Nº 01-2011-
DPSCL-IQU, mediante la cual se admite
la solicitud de terminación colectiva
de contratos de trabajo presentada por
E.P.S. SEDALORETO S.A.A.
RESOLUCIÓN DIRECTORAL GENERAL
Nº 015-2011-MTPE/2/14
Lima, 3 de octubre de 2011
VISTO: El Ofi cio Nº 372-2011-GRL/31, mediante
el cual se remite, en vía de revisión, a este despacho,
Dirección General del Trabajo, el Expediente Nº 001-
2011-DPSCL-IQU, que versa sobre la terminación de
contratos de trabajo basada en causas objetivas seguida
por la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento
de Agua Potable y Alcantarillado de Loreto S.A. (E.P.S.
SEDALORETO S.A.).
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba