Modifican resolución y aprueban nuevos formatos de tarjeta de propiedad vehicular*
Fecha de publicación | 05 Octubre 1997 |
Fecha de disposición | 05 Octubre 1997 |
Pág. 153211
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 5 de octubre de 1997
SUNARP
Modifican resolución y aprueban nue-
vos formatos de tarjeta de propiedad
vehicular
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE
NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Nº 153-97-SUNARP
Lima, 3 de octubre de 1997
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº 26366 se dispuso la transferencia por
parte de los Ministerios, de las funciones, personal, recursos
materiales, económicos, financieros y acervo documental de los
Registros que deben incorporarse al Sistema Nacional de los
Registros Públicos;
Que, con arreglo a ello, el Ministerio de Transportes, Comu-
nicaciones, Vivienda y Construcción, mediante Resolución Minis-
terial Nº 467-97-MTC/15.02, transfirió al Sistema Nacional de los
Registros Públicos los Registros de la Propiedad Vehicular y
Prenda de Transporte en el ámbito de la Dirección General de
Circulación Terrestre, así como en el de las Direcciones de
Circulación Terrestre de las Regiones o Subregiones, a partir del
30 de setiembre de 1997;
Que con la finalidad de asegurar la continuidad del servicio
de los registros antes mencionados, se dispuso mediante Resolu-
ción Nº 011-97-SUNARP/GG el traslado de los Registros de la
Propiedad Vehicular y Prenda de Transporte en el ámbito de las
Oficinas Registrales Regionales;
Que resulta necesario flexibilizar el sistema de pagos por
concepto de tasas registrales y otros derechos correspondientes a
los registros mencionados en el ámbito indicado, así como adoptar
las medidas necesarias para asegurar su debido funcionamiento;
Que igualmente es necesario aprobar los nuevos formatos de
tarjeta de propiedad vehicular a ser utilizados por la Oficina
Registral de Lima y Callao y Oficinas Registrales Regionales;
De conformidad con lo dispuesto por el inciso v) del Artículo
7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº
04-95-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.-
Modificar el Artículo 3º de la Resolución Nº 011-
97-SUNARP/GG en los siguientes términos:
"Artículo 3º.- Establecer que los pagos por concepto de tasas
registrales y otros derechos que corresponden a los registros
mencionados, serán efectuados por los usuarios a partir del 6 de
octubre de 1997, con arreglo a lo que establezcan las correspon-
dientes Jefaturas de las Oficinas Registrales Regionales."
Artículo 2º.-
Encargar a la Gerencia General de la Superin-
tendencia Nacional de los Registros Públicos, la aprobación de las
directivas necesarias para asegurar el debido funcionamiento de
los Registros de la Propiedad Vehicular y Prenda de Transporte
en el ámbito de la Oficina Registral de Lima y Callao y Oficinas
Registrales Regionales.
Artículo 3º.-
Aprobar como nuevos formatos de tarjeta de propie-
dad a ser utilizados a partir del 6 de octubre de 1997 por el Registro
de la Propiedad Vehicular bajo administración de la Oficina Registral
de Lima y Callao y Oficinas Registrales Regionales, los que aparecen
como Anexos Nºs. 1 y 2, respectivamente, los mismos que forman
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 4º.-
La numeración de las tarjetas de propiedad
constará de seis dígitos y estará precedida de una letra mayúscu-
la conforme al siguiente listado:
Oficina Desconcentrada
Oficina Registral de Lima y Callao: A
Oficina Registral de la Región Andrés Avelino Cáceres B
Oficina Registral de la Región Arequipa C
Oficina Registral de la Región Chavín D
Oficina Registral de la Región Grau E
Oficina Registral de la Región Inka F
Oficina Registral de la Región José Carlos Mariátegui G
Oficina Registral de la Región La Libertad H
Oficina Registral de la Región Los Libertadores - Wari I
Oficina Registral de la Región Loreto J
Oficina Registral de la Región Nor Oriental del Marañón K
Oficina Registral de la Región San Martín L
Oficina Registral de la Región Ucayali M
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS CARDENAS QUIROS
Superintendente Nacional de los
Registros Públicos
AA
Nº INTERNO SUNARP
Oficina Registral de Lima y Callao
REPARTICION:
PLACA: EXPEDT. Nº:
INSC.:
RAZON SOCIAL:
AP. PATERNO :
AP. MATERNO :
NOMBRES :
DOMICILIO :
FECHA DE PROPIEDAD
OBLIGACIONES DEL PROPIETARIO:
1.-Informar al Registro de Propiedad Vehicular los cambios efectuados al
vehículo o domicilio del propietario.
2.-Esta tarjeta pierde su valor al presentar enmendaduras u otras.
3.-Para ser presentado cuando las autoridades a cargo del control de
tránsito lo soliciten.
10.20 cm.
Nº INTERNO
DATOS DEL VEHICULO
CLASE: MARCA: AÑO FAB.:
MODELO: COMBUSTIBLE:
CARROCERIA: EJES:
COLORES:
Nº MOTOR: CILINDROS:
Nº SERIE: RUEDAS:
PASAJEROS: ASIENTOS: PESO SECO: PESO BRUTO:
LONGITUD: ALTURA: ANCHO: CARGA UTIL:
_________________________________
FIRMA AUTORIZADA
ANEXO 1
Nota: el fondo es texturado con las iniciales ORLC en celeste claro.
8.60 cm. 8.60 cm.
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