El nuevo régimen vacacional

Por redacción economía

A través de un decreto supremo, el Ministerio de Trabajo (MTPE) publicó ayer el nuevo esquema para que el goce de las vacaciones remuneradas en firmas privadas ?favorezca la conciliación de la vida laboral y familiar?. Bajo este formato, a partir de hoy, todos los trabajadores que no se encuentran en regímenes especiales podrán fraccionar los 30 días de descanso remunerado en dos bloques.El primero constará de al menos 15 días calendario que se deberán gozar de forma ininterrumpida o distribuirse en dos períodos, de los cuales uno es de al menos siete días calendario y el otro de al menos ocho días ininterrumpidos. En el segundo, las vacaciones pueden gozarse en períodos mínimos de un día calendario.Hasta la publicación del reglamento, el mínimo período de goce vacacional era de siete días. En la práctica, sin embargo, los trabajadores no piden el descanso de esa manera, sino que salen por menos días, explica Percy Alache, director del área laboral de PwC.Un aspecto para tener en cuenta es que el acuerdo de fraccionamiento del descanso vacacional se celebra por escrito y debe ser previo al goce del mismo. Así, el empleado deberá presentar su solicitud a la oficina de recursos humanos hasta el quinto día hábil previo a la fecha del lapso fraccionado, con la opinión favorable del jefe inmediato, explica Luis Delgado, especialista en derecho laboral del Estudio Martinot. En el documento se debe indicar expresamente la estructura del fraccionamiento y las fechas de inicio y término.Para Germán Lora, socio del Estudio Payet, en este punto la conflictividad entre trabajadores y empleadores podría aumentar, debido a la posibilidad de que la empresa opte por mantener la vigencia del convenio firmado con anterioridad y no quiera empezar el trámite de modificar un documento firmado por varias partes.?El trabajador que tenga un apuro fuera de este convenio va a tener que celebrar uno...

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