08 N° 1830/06-MDL - Aprueban nuevo plano de lotización relativo a habilitación urbana de terreno a que se refiere la R.A.N° 544/03-MDL

Fecha de publicación28 Diciembre 2006
Fecha de disposición28 Diciembre 2006
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 28 de diciembre de 2006
335760
para distribuir los costos de los arbitrios del año 2006,
como se aprecia la diferencia porcentual es de + 0.64 %,
esa diferencia va a ser asumida por la Municipalidad de
Carabayllo de sus propios recursos.
En resumen al hacer la comparación con lo programado
en la Ordenanza N° 095-A/MDC la cual sirvió para distribuir
los costos de los arbitrios del año 2006, con lo ejecutado
en el año 2006 se aprecia una diferencia porcentual
positiva (el gasto ha sido mayor) que como promedio
esta al 2%, dicha diferencia va a ser asumida por la
Municipalidad de Carabayllo de sus propios recursos, por
lo que se concluye que es procedente realizar la prórroga
de su Ordenanza N° 095-A/MDC del año 2006 para que
se aplique al ejercicio del año 2007.
10129-1
MUNICIPALIDAD CP SANTA
MARIA DE HUACHIPA
Aprueban Reglamento que norma
Formalización y Registro de servicios
particulares de centros de intervención,
atención y cuidado de niños
adolescentes, personas discapacitadas
y adulto mayor
ORDENANZA N° 053-MCPSMH
C.P. de Santa María de Huachipa, 30 de noviembre
del 2006
EL CONCEJO DEL CENTRO POBLADO
DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA
POR CUANTO:
El Concejo Municipal en sesión ordinaria de fecha
30 de noviembre de 2006, en atención al Dictamen de la
Comisión de Regidores de Desarrollo Urbano y Servicios a
la Ciudad, sobre la aprobación del Reglamento que norma
la Formalización y Registro Municipal de las diferentes
modalidades de servicios particulares en Centros de
intervención, atención y cuidado de Niños y Niñas
Adolescentes y Personas Discapacitadas o en estado
de Rehabilitación y Recuperación de sus capacidades
Físicas o Mentales y Adulto Mayor.
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, según lo establecido en los artículos 194º y
195º de la Constitución Política, modif‌i cado por la Ley de
Reforma Constitucional – Ley Nº 27850 y en concordancia
con el artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades
Que, el servicio particular que viene brindándose en
la jurisdicción de esta Municipalidad respecto a diversos
Centros de intervención, atención y cuidado de Niños y
Niñas Adolescentes y personas Discapacitadas o en estado
de Rehabilitación y Recuperación de sus capacidades
Físicas o Mentales por parte de particulares requiere
ser regulado para garantizar y preservar la seguridad y
calidad del caso a f‌i n de no verse vulnerado el derecho
a la salud de la persona, la familia y la comunidad en su
conjunto propendiéndose de este modo su integración
en condiciones de equidad y plena accesibilidad de
acuerdo al marco normativo de los sectores de Salud,
Educación y de la Mujer y Desarrollo Social del Gobierno
Central comprometidos, tanto como el Gobierno Municipal
teniéndose en cuenta la adecuación normativa a los
dispositivos legales de cada uno de ellos.
Que, el servicio particular otorgado a los Niños y Niñas,
Adolescentes y personas Discapacitadas o en estado
de Rehabilitación o Recuperación de sus capacidades
Físicas o Mentales y Adulto Mayor conforme al operativo
efectuado por parte de la Municipalidad, no cuenta con
las autorizaciones ni registros previos correspondientes
y menos aún con la autorización por parte de la
Municipalidad, es que resulta imperioso la expedición del
presente.
Que, de acuerdo a lo informado por la Unidad de
Servicios Sociales, Of‌i cina de Defensoría Municipal del Niño
y Adolescente – DEMUNA y la Gerencia de Asesoría Jurídica
y las consideraciones antes expuestas y en uso de las
atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado,
voto unánime de sus miembros, ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°.- Aprobar el Reglamento que norma
la formalización y registro municipal de las diferentes
modalidades de servicios particulares de parte de centros
de intervención, atención y cuidado de niños y niñas
adolescentes y de personas discapacitadas o en estado
de rehabilitación y recuperación de sus capacidades
físicas o mentales y adulto mayor, por los considerandos
expuestos, la misma que forma parte integrante de esta
disposición municipal.
Artículo 2°.- Encargar a la Of‌i cina de la Defensoría del
Niño y el Adolescente - DEMUNA de la Municipalidad de Santa
María de Huachipa el cumplimiento del presente Reglamento,
requiriéndose para tal f‌i n, en caso de ser necesario, el apoyo
de Serenazgo y la Policía Nacional del Perú.
Artículo 3°.- Publicar la Ordenanza en el Diario Of‌i cial
El Peruano y en la Página Web: www.munihuachipa.gob.
pe., así como en el periódico mural, ubicado en la parte
exterior de la Municipalidad, para cumplir con la difusión
respectiva y hacer de conocimiento del público en general.
Artículo 4°.- Encargar a la Gerencia Municipal el
cumplimiento de la presente Ordenanza.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MARÍA A. FONSECA ESPINOZA
Alcaldesa
9831-1
MUNICIPALIDAD DE
LURIGANCHO CHOSICA
Aprueban nuevo plano de lotización
relativo a habilitación urbana de terreno
a que se refiere la R.A. Nº 544/03-MDL
RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL
N°1830/06-MDL
EXP.REG.N°735-2000 + Ref.
EDMUNDO FERNANDEZ DIAZ
Chosica, 19 de diciembre de 2006
Visto el expediente de la referencia promovido por
don Edmundo Fernández Diaz, por el cual solicita expedir
Resolución aclaratoria a f‌i n de subsanar lo indicado en
la Resolución de Gerencia Municipal N°580-2005-MML-
GDU, de fecha 30 de diciembre del 2005, emitida por la
Municipalidad Metropolitana de Lima, que resuelve NO
RATIFICAR la Resolución de Alcaldía N° 544/03-MDL,
emitida con fecha 26 de mayo del 2003, donde se indica
que la presente Habilitación Urbana incumple con los planes
urbanos, respecto a los aportes reglamentarios, por cuanto el
aporte para Recreación Pública constituido por el denominado
“parque” no ha sido debidamente delimitado y dimensionado
no siendo posible su def‌i nición e inscripción registral;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 544/03-MDL,
emitida con fecha 26 de mayo del 2003, se declaran nulas las
Resoluciones de Alcaldía N° 2066-2001/MDLCH y N° 1556-
02/MDL, del 2 de octubre del 2001 y del 30 de setiembre
del 2002, respectivamente, y se aprueban los proyectos
de Habilitación Urbana para uso Residencial de Densidad

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