Las nuevas reglas contra el lavado

Por rodrigo cruzPor primera vez la Corte Suprema, máxima instancia del Poder Judicial, ha fijado los criterios según los cuales el delito de lavado de activos será investigado, procesado y eventualmente condenado en el país. Con 11 votos contra 3, los magistrados establecieron reglas vinculantes que deberán ser respetadas por jueces, fiscales, procuradores y abogados en general cuando se trate de este delito.El pronunciamiento, publicado el miércoles pasado en ?El Peruano?, pone fin a un debate originado dos meses atrás, cuando la Segunda Sala Penal Transitoria dictó la casación 92-2017 que elevó los estándares en los procesos de lavado, generando el rechazo de instituciones como la fiscalía y la Unidad de Inteligencia Financiera, que advirtieron que se estaba instaurando un precedente a favor de la impunidad de los lavadores de activos.Son siete los lineamientos dados por la Corte Suprema en su sentencia plenaria casatoria. Estos giran alrededor de tres conceptos: la autonomía del delito de lavado de activos; qué ilícitos pueden considerarse delito precedente (o fuente), y cuál es el estándar probatorio necesario en cada nivel del proceso (diligencias preliminares, investigación preparatoria, acusación, etc). El Comercio conversó con diferentes abogados expertos en lavado, quienes destacaron los principales fundamentos del fallo ?de 23 páginas? que los jueces supremos dictaminaron y que hoy es guía en todas las jurisdicciones del país.1 Autonomía del delito La Corte Suprema ratificó que el delito de lavado de activos es autónomo. Ello significa que para castigarlo no se requiere que el hecho criminal precedente haya sido investigado o condenado en el pasado. El delito de lavado debe ser tratado de manera independiente. Para el fiscal superior Frank Almanza, esta es la clave de la sentencia. Y remarca que la Suprema también ha dicho que no se tiene que probar el delito fuente como exigía la casación 92-2017, es decir, con indicación de fecha, hora y lugar. Solamente se tienen que tener indicios sobre el hecho que generó las ganancias ilegales para tener un caso. La sentencia también indica que el ilícito fuente debe ser acreditado por un fiscal simplemente de manera genérica. Ello significa que en un proceso un juez no exigirá los detalles concretos de la fuente del dinero que se estaría lavando, pero sí la identificación de un delito dentro de un contexto temporal determinado. 2 La cláusula abierta¿Qué delitos pueden ser fuente de lavado...

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