Disponen la distribución de nuevas demandas en materia civil, penal, familia, laboral, no contenciosos y exhortos entre los Juzgados 5° al 10° de Paz Letrados del Cercado de Lima

Fecha de disposición24 Noviembre 2006
Fecha de publicación24 Noviembre 2006
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 24 de noviembre de 2006
333418
Y al amparo de las facultades previstas y otorgadas
por los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- ENCARGAR el Despacho de la
Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, al
señor doctor PEDRO HORACIO ORTIZ PORTILLA, Vocal
Titular, los días 27, 28 y 29 del presente mes, sin dispensa
de la labor jurisdiccional como Presidente de la Primera
Sala Civil de Lima.
Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución
en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Of‌i cina de Control
de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial,
Supervisión de Personal, Fiscalía de la Nación y del
magistrado designado para los f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
J.GUILLERMO CABANILLAS ZALDIVAR
Presidente de la Corte Superior de
Justicia de Lima
6039-1
Dejan sin efecto resoluciones y dictan
medidas para atender requerimientos
periciales y de informes de planillas en
órganos jurisdiccionales
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 424-2006-CED-CSJLI/PJ
Lima, 15 de noviembre del 2006
VISTOS:
Los documentos registrados con Ingresos N°s 55500-
06 y 55972-06, cursados por los Magistrados de los 29
Juzgados de Trabajo de esta Corte Superior de Justicia,
de fecha 24 y 26 de octubre del año en curso; y,
CONSIDERANDO:
Primero.- Que de conformidad con los numerales 10)
son atribuciones del Consejo Ejecutivo Distrital adoptar
las medidas que requiera el régimen interior del Distrito
Judicial así como adoptar los acuerdos y demás medidas
necesarias para que las dependencias del Poder Judicial
correspondientes, funcionen con ef‌i ciencia y oportunidad.
Segundo.- Que mediante los documentos de vistos,
los Magistrados of‌i ciantes exponen la problemática que
viene suscitándose en los Juzgados de Trabajo, respecto
al retardo en la elaboración de las pericias ordenadas por
dichas judicaturas, en razón a que los peritos y revisores,
asignados a los 20 Juzgados de la materia que funcionan
en la sede judicial “Javier Alzamora Valdez”, además de
las labores que realizan en cumplimiento a lo establecido
en los Arts. 35° y 36° de la Ley N° 26636 – Ley Procesal
del Trabajo - brindan apoyo a los Juzgados Civiles
y de Familia, en la elaboración de liquidaciones de
pensiones, devengados e intereses de los procesos en
materia de alimentos y de amparo en materia previsional,
de conformidad con lo establecido en la Resolución
Administrativa N° 313-2005-CED-CSJLI/PJ.
Tercero.- Que los Magistrados de los Juzgados de
Trabajo ubicados en la sede judicial Salaverry, solicitan,
estando a que desde el 20 de diciembre del 2002, el Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial los convirtió de transitorios en
permanentes, se les asigne, por equidad a cada Juzgado,
un perito y un revisor, conforme lo establecen el Art. 1° y el
10° de las Resoluciones Administrativas N° 093-2002-CE-
PJ y 250-2003-P-CSJLI/PJ, respectivamente; pues los
profesionales que conforman el Equipo Multidisciplinario
de Auxilio Penal constituido por Resolución Administrativa
N° 455-2005-P-CSJLI/PJ, estando a la naturaleza de su
creación, vienen atendiendo en forma prioritaria peritajes
contables de los Juzgados Penales y Mixtos, además
de los requerimientos periciales y revisorios en materia
laboral de los Juzgados Mixtos y de Paz Letrados.
Cuarto.- Que en ese sentido, evaluado el informe
presentado por el Área de Desarrollo de la Presidencia
y luego de amplia deliberación, el Consejo Ejecutivo
Distrital, considera imprescindible dictar las medidas
más convenientes para que los órganos jurisdiccionales
procuren responder adecuadamente a las expectativas
de los usuarios del servicio de administración de justicia,
haciendo efectivo el principio de celeridad procesal, de
acuerdo a su especialidad.
Por los fundamentos expuestos, el Consejo Ejecutivo
Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, en uso de
sus atribuciones, en sesión ordinaria y por unanimidad;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto las Resoluciones
Administrativas N°s 313-2005-CED-CSJL/PJ y 455-2005-
P-CSJLI/PJ del 7 y 28 de diciembre del año pasado,
respectivamente; por lo que el personal que fuera
asignado al Equipo Multidisciplinario de Auxilio Penal,
deberá ser redistribuido.
Artículo Segundo.- ASIGNAR un Perito Contable y
un Revisor de Planillas a los 29 Juzgados de Trabajo de la
Corte Superior de Justicia de Lima, conforme a la relación
que forma parte de la presente resolución.
Artículo Tercero.- DETERMINAR que el personal
mencionado además de atender los requerimientos periciales
de sus respectivos Juzgados de Trabajo, elabore las pericias
en materia laboral, dispuestas por los Juzgados Mixtos y de
Paz Letrados, así como los informes de planillas solicitados
vía exhorto por los órganos jurisdiccionales de diferentes
Distritos Judiciales; distribuyéndose en forma aleatoria y
equitativa por el Centro de Distribución General.
Artículo Cuarto.- CONSTITUIR un Equipo Técnico
Pericial integrado por el personal indicado en la relación
referida en el artículo precedente, que bajo la supervisión
de un Coordinador y el apoyo de un Asistente, se dedicarán
a emitir pericias en asuntos de familia, dispuestas por los
órganos jurisdiccionales (Juzgados de Familia, Mixtos y de
Paz Letrados), que tendrá su sede en el local de Salaverry.
Artículo Quinto.- DISPONER que el Área de
Desarrollo de la Presidencia emita, a la brevedad posible,
un informe debidamente fundamentado respecto al
requerimiento de peritos para atender las necesidades de
las áreas civil y penal; sin perjuicio de que los órganos
jurisdiccionales en dichos casos, acudan al Registro de
Peritos Judiciales – REPEJ.
Artículo Sexto.- DISPONER que el personal que
integraba el Equipo Multidisciplinario de Auxilio Judicial
Penal, culmine las pericias que le fueron asignadas a la
vigencia de esta resolución; sin perjuicio de su asignación
a su respectivo Juzgado.
Artículo Sétimo.- Poner la presente resolución en
conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Of‌i cina
de Control de la Magistratura, Gerencia General, Of‌i cina
Distrital de Control de la Magistratura, Administración Distrital,
Of‌i cina de Personal, Centro de Distribución General, Área de
Desarrollo de la Presidencia y los Juzgados comprendidos en
la presente resolución, para los f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
J. GUILLERMO CABANILLAS ZALDÍVAR
Presidente
R. LILIANA DÁVILA BRONCANO
OSCAR MENDOZA FERNÁNDEZ
6069-1
Disponen la distribución de nuevas
demandas en materia civil, penal,
familia, laboral, no contenciosos y
exhortos entre los Juzgados 5° al 10°
de Paz Letrados del Cercado de Lima
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 425-2006-CED-CSJLI/PJ
Lima, 15 de noviembre del 2006.

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