1074 344-2005-RE - Autorizan al Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN efectuar pago de contribuciones a la Organización Internacional de Energía Atómica

Fecha de publicación14 Enero 2006
Fecha de disposición14 Enero 2006
Pág. 310186
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 14 de enero de 2006
Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago
de los adeudos al mencionado organismo internacional,
con cargo al presupuesto del Ministerio de la
Producción;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de la Producción a
efectuar el pago de CIENTO ONCE MIL SEISCIENTOS
TREINTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES
(S/. 111,639.00) a la Organización Latinoamericana de
Desarrollo Pesquero (OLDEPESCA) correspondiente al
pago parcial de la cuota 2005.
Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en
el artículo precedente serán financiados con cargo al
presupuesto del Ministerio de la Producción.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA
Ministro de Relaciones Exteriores
00860
Autorizan al Instituto Peruano de
Energía Nuclear - IPEN efectuar pago
de contribuciones a la Organización
Internacional de Energía Atómica
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 344-2005-RE
Lima, 30 de diciembre de 2005
VISTO:
El Oficio Nº 171-05-IPEN-PRES, de fecha 14 de
diciembre de 2005, del Instituto Peruano de Energía
Nuclear (IPEN) en el que solicita al Ministerio de Relaciones
Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que
autorice el pago de adeudos a la Organización Internacional
de Energía Atómica (OIEA);
CONSIDERANDO:
Que el artículo 67º numeral 67.3 de la Ley Nº 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza
a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus
respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano
a los organismos internacionales de los cuales el Perú es
miembro;
Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las
cuotas y adeudos a los organismos internacionales de
manera que permitan potenciar la capacidad de
negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el
beneficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica
internacional;
Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 031-2005 de
fecha 7 de diciembre de 2005 se autoriza al Instituto
Peruano de Energía Nuclear (IPEN) una transferencia de
partidas para el cierre presupuestal 2005 ascendente a
S/. 294,000.00 para el pago de cuotas al Organismo
Internacional de Energía Atómica (OIEA);
Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago
de los adeudos al mencionado organismo internacional,
con cargo al presupuesto del Instituto Peruano de Energía
Nuclear (IPEN);
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Peruano de Energía
Nuclear (IPEN) a efectuar el pago de OCHENTISÉIS MIL
CUATROCIENTOS SETENTA Y 50/100 DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 86,470.50) a la
Organización Internacional de Energía Atómica,
correspondiente al pago de las Contribuciones a los Gastos
del Programa (APC's) de los años 1990, 1991 y 1992 de
acuerdo al siguiente detalle:
Contribución a los gastos del
programa año 1990 US$ 3,995.00
Contribución a los gastos del
programa año 1991 US$ 48,996.00
Contribución a los gastos del
programa año 1992 US$ 33,479.50
Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en
el artículo precedente serán financiados con cargo al
presupuesto del Instituto Peruano de Energía Nuclear
(IPEN).
Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será
establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de
pago.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA
Ministro de Relaciones Exteriores
00861
Dan por terminadas funciones de
Embajadores Extraordinarios y
Plenipotenciarios del Perú en las
Repúblicas de India, Panamá y Portugal
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 008-2006-RE
Lima, 13 de enero de 2006
Vista la Resolución Suprema Nº 0300-2002-RE, de 20
de setiembre de 2002, que nombró Embajador
Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República
de la India, al Embajador en el Servicio Diplomático de la
República, Benjamín Alejandro Ruiz Sobero;
De conformidad con los artículos 7º, 8º inciso c), 13º
inciso a) y la Tercera Disposición Transitoria de la Ley
Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y
los artículos 62º, 185º inciso c) y 189º inciso b) del
Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la
República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-
2003-RE;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por terminadas las funciones
del Embajador en el Servicio Diplomático de la República,
Benjamín Alejandro Ruiz Sobero, como Embajador
Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República
de la India.
Artículo Segundo.- La fecha de término de funciones
se fijará por Resolución Ministerial.
Artículo Tercero.- Aplicar el egreso que irrogue la
presente Resolución a las partidas correspondientes del
Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA
Ministro de Relaciones Exteriores
00866
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 009-2006-RE
Lima, 13 de enero de 2006
Vista la Resolución Suprema Nº 019-2001-RE, de 12
de enero de 2001, que nombró Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario del Perú en la República de Panamá, al
Embajador en el Servicio Diplomático de la República, José
Antonio Raymundo Bellina Acevedo;
De conformidad con los artículos 7º, 8º inciso c), 13º
inciso a) y la Tercera Disposición Transitoria de la Ley

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