Normativa sobre pago de pensiones en colegios privados genera debate

Bajo la premisa de que la educación es un derecho y no puede ser restringido, la Ley de los Centros Educativos Privados y la Ley de Protección a la Economía Familiar regulan el servicio educativo escolar privado. Ambas leyes prohíben que los escolares cuyos padres están retrasados en el pago de sus pensiones sean impedidos de rendir exámenes o asistir a clases. Para el miembro del Consejo Nacional de Educación, Hugo Díaz, estas normas se justifican pues protegen a los niños de potenciales abusos por parte de los colegios privados. Sostiene que no es posible trasladar de colegio a un niño en pleno año escolar porque los padres no pueden pagar la pensión. Flor Pablo, titular de la Dirección Regional de Educación de Lima, sostiene que la línea del sector es clara: la restricción a la educación no es válida. ?Los colegios deben buscar otros mecanismos. Pueden, por ejemplo, no renovar la matrícula a los morosos. Eso ya dependerá del reglamento interno de cada escuela?, aseveró. Junto con la protección de los alumnos, los derechos de los padres de familia como consumidores también son protegidos. Solo en...

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