07 978-2003 SA/DM - Aprueban Norma Técnica para el Diagnóstico y Tratamiento de la brucelosis humana

Fecha de publicación04 Septiembre 2003
Fecha de disposición04 Septiembre 2003
Pág. 250795
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 4 de setiembre de 2003
SALUD
Aprueban Norma Técnica para el Diag-
nóstico y Tratamiento de la brucelosis
humana
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 978-2003-SA/DM
Lima, 2 de setiembre del 2003
Visto el Oficio Nº 1663-2003-DGSP/MINSA, de la Di-
rección General de Salud de las Personas;
CONSIDERANDO:
Que, la brucelosis humana es un problema de gran
relevancia social y económica para el país, por su reper-
cusión en el grupo económicamente activo y los altos
costos que demanda la recuperación de los enfermos,
aunado a la baja de la productividad del recurso humano
debido a la incapacidad física temporal o permanente;
además de las pérdidas que produce en la economía
pecuaria al incidir la enfermedad en animales que cons-
tituyen fuente de proteína animal para la alimentación;
Que, a fin de uniformizar los criterios y técnicas em-
pleados en el diagnóstico y tratamiento de la brucelosis
en los establecimientos de salud del país;
Estando a lo informado por la Dirección General de
Salud de las Personas y por la Oficina General de Ase-
soría Jurídica;
Con la visación del Viceministro de Salud; y,
De conformidad con lo previsto en el Artículo 8º, lite-
ral l) de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la "Norma Técnica para el Diag-
nóstico y Tratamiento de la brucelosis humana", NT
Nº 002-MINSA/DGSP-V.01, que forma parte integrante
de la presente resolución.
Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Ejecutiva de
Atención Integral de Salud de la Dirección General de
Salud de las Personas, la implementación, supervisión,
monitoreo y evaluación del cumplimiento de la Norma
Técnica aprobada.
Artículo 3º.- Encargar a la Oficina General de Comu-
nicaciones, la publicación de la mencionada Norma Téc-
nica en la página web del Ministerio de Salud.
Artículo 4º.- Disponer, que las Direcciones de Salud,
a través de la Dirección de Salud de las Personas, son
las responsables de la implementación, difusión y segui-
miento del cumplimiento de la Norma Técnica aprobada
por el numeral primero de la presente resolución, en su
ámbito correspondiente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA
Ministro de Salud
16366
Aprueban Norma Técnica para el diag-
nóstico y atención curativa de la bar-
tonelosis o Enfermedad de Carrión en
el Perú
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 979-2003-SA/DM
Lima, 2 de setiembre del 2003
Visto el OFICIO Nº 1106-2003-DGSP/MINSA, de la
Dirección General de Salud de las Personas;
CONSIDERANDO:
Que, la Bartonelosis en el Perú constituye un proble-
ma reemergente de Salud Pública, cuya magnitud radica
en su alta patogenecidad y elevada letalidad que afecta
prioritariamente a grupos poblacionales de niños, muje-
res gestantes y población migrante a áreas endémicas y,
caracterizada por su presentación en forma de brotes,
que en algunos casos afecta a comunidades completas;
Que, siendo necesario establecer disposiciones téc-
nico-normativas actualizadas que definan y unifiquen cri-
terios que deben ser observados por los prestadores de
salud, en el diagnóstico y atención curativa de la Barto-
nelosis o Enfermedad de Carrión en el Perú;
Que, el propósito del presente instrumento técnico es
normar y orientar la práctica del personal de salud en el
diagnóstico y atención curativa de la Bartonelosis en el
país, sobre la base de criterios y esquemas terapéuticos
actualizados, estandarizados y eficaces que garanticen
la curación de los pacientes, la reducción de las compli-
caciones y faciliten la efectividad de los servicios de sa-
lud en la administración del mismo;
Con la visación de la Dirección General de Salud de
las Personas y la opinión favorable del Viceministro de
Salud; y,
De conformidad con lo establecido en el Artículo 8º,
literal l) de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la "NORMA TÉCNICA PARA EL
DIAGNÓSTICO Y ATENCIÓN CURATIVA DE LA BARTO-
NELOSIS O ENFERMEDAD DE CARRIÓN EN EL PERU",
NT Nº 001-MINSA/DGSP-V.01, que en documento ad-
junto forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Sa-
lud de las Personas, a través de la Dirección Ejecutiva de
Atención Integral de Salud, la implementación, supervi-
sión, monitoreo y evaluación del cumplimiento de la cita-
da Norma Técnica, a nivel nacional.
Artículo 3º.- Encargar a la Oficina General de Comu-
nicaciones, la publicación de la citada Norma Técnica en
la página web del Ministerio de Salud.
Artículo 4º.- Disponer que las Direcciones de Salud,
a través de sus Direcciones Ejecutivas de Salud de las
Personas, son responsables de la implementación, difu-
sión, supervisión y cumplimiento de la mencionada Nor-
ma Técnica, en su ámbito jurisdiccional.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA
Ministro de Salud
16367
Designan Director Ejecutivo del Hospi-
tal Nacional Dos de Mayo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 983-2003-SA/DM
Lima, 3 de setiembre del 2003
Visto el Oficio Nº 360-CNC-2003 de la Comisión Na-
cional de Concurso para el cargo de Directores de Insti-
tutos Especializados y Hospitales del Sector Salud;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2002-SA se
aprobó el Reglamento de Concursos para Cargos de Di-
rectores de Institutos Especializados y Hospitales del
Sector Salud;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1684-2002-
SA/DM de fecha 21 de octubre de 2002 se designó a los
representantes de la Comisión Nacional de Concurso para
el cargo de Directores de Institutos Especializados y
Hospitales del Sector Salud;
Que, mediante aviso de convocatoria publicado los días
16 y 17 de mayo de 2003, la Comisión Nacional de Con-
curso, convocó a concurso para cubrir entre otras la plaza
de Director Ejecutivo del Hospital Nacional Dos de Mayo;
Que, habiéndose efectuado la evaluación de los fac-
tores de calificación contemplados en el artículo 17º del
Reglamento de Concurso, así como habiéndose resuelto
los recursos impugnatorios previstos en el Reglamento y
Bases del Concurso; la Comisión Nacional de Concurso
remite el Oficio de la referencia, comunicando a este
Despacho los resultados definitivos del concurso efec-
tuado;

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