02 112-2004-SUNAT - Nombran Ejecutor Coactivo de la Intendencia Regional Lima

Fecha de publicación12 Mayo 2004
Fecha de disposición12 Mayo 2004
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NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 12 de mayo de 2004
SUNAT
Nombran Ejecutor Coactivo de la Inten-
dencia Regional Lima
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 112-2004/SUNAT
Lima, 7 de mayo de 2004
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 114º del Texto Único Ordenado del Có-
digo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº
135-99-EF y modificatorias, establece los requisitos que
deberán cumplir los funcionarios de la Administración Tri-
butaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo;
Que a fin de garantizar el normal funcionamiento de la
cobranza coactiva en la Intendencia Regional Lima, resul-
ta necesario efectuar el nombramiento de un Ejecutor Co-
activo que se encargará de la gestión de cobranza coacti-
va de dicha Intendencia;
Que el trabajador propuesto ha presentado declaración
jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados;
Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Úni-
co Ordenado del Código Tributario, establece que lo dis-
puesto en el numeral 7.1 de la Ley Nº 26979, no es de
aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo
personal ingrese mediante concurso público;
En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del
Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones
de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-
PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Nombrar como Ejecutor Coactivo en-
cargado de la gestión de cobranza coactiva de la Intenden-
cia Regional Lima, al señor abogado Julio César Rodrí-
guez Cuadros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO
Superintendente Nacional
08909
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Autorizan adquisición de licencia de
base de datos ORACLE y renovación del
soporte, mediante adjudicación de me-
nor cuantía
ACUERDO DE CONCEJO Nº 117
Lima, 6 de mayo de 2004
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 6 de
mayo de 2004, CARTA Nº 136-2004-DMA-MML el Informe
Nº 375-2004-MML-OGAJ de la Dirección General de Asun-
tos Jurídicos, Memorando Nº 082-2004-DI/MML, Informe
Nº 003-2004-DI/MML., de la Dirección de Informática, Car-
ta Nº 128-2004-OASA-DMA/MML e Informe Nº 2004-04-
009-MML/DMA-OGF, de la Oficina General de Finanzas,
respecto a la Exoneración del proceso de selección para
la adquisición del bien mueble Licencia de Base de Datos
Oracle y Renovación del Soporte", considerado insustitui-
ble por la Dirección de Informática debido a que la
Municipalidad ha venido desarrollando desde hace siete
años todas la aplicaciones sobre esta plataforma de base
de datos, que como proveedor único en el Perú ofrece "Sis-
tema Oracle del Perú S.A.
CONSIDERANDO:
Que, con Memo Nº 346-2004-GM/MML la Gerencia
Municipal remite Carta Nº 136-2004-MML/DMA de la
Dirección Municipal Administrativa mediante el cual co-
munica que se está solicitando la Adquisición de "Li-
cencia de Base de Datos ORACLE y Renovación del
Soporte" vía EXONERACIÓN de proceso de selección,
para cuyo efecto adjunta el expediente elaborado en el
contexto de que para dicha adquisición es aplicable lo
dispuesto en el Art. 19º inciso f) del Texto Único Orde-
nanza de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado, aprobada por D.S. Nº 012-2001-PCM, que es-
tablece que se encuentran exonerados del respectivo
proceso de selección "cuando los bienes o servicios
no admiten sustitutos";
Que, como sustento del requerimiento, con Cartas Nºs.
071 y 128-2004-OASA-DMA/MML, la Oficina de Abaste-
cimiento y Servicios Auxiliares manifiesta, de acuerdo a lo
indicado en el Informe Legal Nº 375-2004-MML/OGAJ de
la Oficina General de Asuntos Jurídicos y en el Informe
Técnico Nº 003-2004-DI/MML emitido por la Dirección de
Informática de la Dirección General de Planificación am-
pliando el sustento técnico para la adquisición de la Licen-
cia de Base de Datos Oracle y Renovación del Soporte,
que para llevar a cabo dicho proceso, bajo la premisa que
Sistema Oracle del Perú S.A. es el único posible proveedor
en el mercado local de este bien insustituible, es necesario
acogerse al procedimiento de Exoneración de Proceso de
Selección, teniendo en cuenta que para dicha adquisición
es aplicable lo dispuesto en el Art. 19º inciso f) del Texto
Único Ordenanza de la Ley de Contrataciones y Adquisi-
ciones del Estado, aprobada por D.S. Nº 012-2001-PCM,
que establece que se encuentran exonerados del respecti-
vo proceso de selección "cuando los bienes o servicios no
admiten sustitutos". De igual manera se informa que el
monto referencia para la adquisición antes mencionada, al
que se le ha aplicado el descuento especial ofrecido, as-
ciende a US$ 42,536.49 dólares con un equivalente de S/.
148,877.72 nuevos soles al tipo de cambio de S/. 3.50, co-
rrespondiendo a un proceso de selección de Adjudicación
Directa Pública tal como lo señala el Artículo 22º de la Ley
Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el
año fiscal 2004;
Que asimismo, la Dirección de Informática como órga-
no técnico, en su Informe Nº 003-2004-DI/MML, indica, en
base al informe de Gartner (Empresa Consultora Ameri-
cana de Mercado Informático) de enero de 2004, que Ora-
cle es líder indiscutible del mercado global de venta de li-
cencias de bases de datos que tiene una facturación del
49.9% frente a un 18.6% de IBM y 18.3% de Microsoft,
además que la Municipalidad desde hace siete años ha
venido desarrollando todas sus aplicaciones sobre esta
plataforma de base de datos, contando actualmente con
80 licencias de Oracle que no cubren la real cantidad de
usuarios (ahora 400 usuarios), situación que la hace in-
sustituible, por lo que se propone como conclusión la ne-
cesidad de adquirir las licencias de Oracle con el soporte
respectivo, que comprende, Renovación del Soporte con
Oracle (soporte Técnico), Adquisición de nuevas Licencias
en la modalidad de procesador que permite conectar usua-
rios en forma ilimitada y el descuento especial de US$
15,000.00 que nos ofrece la Corporación Oracle hasta el
31 de marzo 2004 (que ha sido extendida hasta el 30 de
abril del 2004, tal como se indica en el Oficio Nº007-2004-
DI/MML);
Que, igualmente indica que el sistema ofrece las siguien-
tes ventajas competitivas: a) Desaparecer la barrera en la
escalabilidad y minimizar la capacidad informática no utili-
zada; b) Aumentar sin límites la capacidad del proceso,
utilizando clusters (aumento de computadores) sin necesi-
dad de realizar cambios en sus aplicaciones; c) Minimizar
el tiempo de recuperación, ya sea por fallas de sistemas,
errores humanos o mantenimiento; d) seguridad para la
información más valiosa, protección de la privacidad del
usuario, escalando fácilmente a millones de usuarios; e)
aumento de la productividad mediante prestaciones como
auto tuning, auto-corrección y auto-gestión; f) Más inteli-
gencia de Negocios con prestaciones preinstaladas de
analítica avanzada; g) gestión de contenidos y archivos de
internet fácil y eficiente; h) Rápido desarrollo de aplicacio-
nes en el mejor entorno integrado de programación;

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