ORDENANZA N° 016-2013-MPH - Aprueban el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad

Fecha de publicación26 Octubre 2013
Fecha de disposición26 Octubre 2013
El Peruano
Sábado 26 de octubre de 2013 505855
Aprueban el Texto Único de Servicios
No Exclusivos - TUSNE de la
Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 016-2013-MPH
Huaral, 16 de octubre del 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE HUARAL
POR CUANTO:
VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto
de Ordenanza Municipal que Aprueba el Texto Único de
Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad
Provincial de Huaral; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme con lo establecido en el Artículo 194º de
“Ley de Reforma Constitucional”, concordante con lo prescrito
en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica
de Municipalidades - Ley Nº 27972, consagra que los
Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la
autonomía que la Constitución Política del Perú establece
para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer
actos de gobierno, administrativos y de administración, con
sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, el Artículo 39º de la Ley Orgánica de
Municipalidades, establece que los Concejos Municipales
ejercen funciones de gobierno mediante aprobación de
ordenanzas y acuerdos.
Que, la Municipalidad Provincial de Huaral, debe
contar con un Texto Único de Servicios No Exclusivos
(TUSNE) actualizado, que facilite la difusión al público de
los servicios no exclusivos que brinda la Municipalidad
Provincial de Huaral, en tal sentido se ha compendiado
los servicios que brindan y que no son prestados en
exclusividad por las diferentes Unidades Orgánicas.
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 001-2013-MPH
de fecha 13 de febrero del 2013, se aprobó el Texto Único de
Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad
Provincial de Huaral; el mismo que se modif‌i có a través de
la Ordenanza Municipal Nº 010-2013-MPH.
Que, la Sub Gerencia de Planeamiento y
Racionalización mediante el Informe Nº 050-2013-
MPH/GPPR/SGPR, remite el Proyecto del Texto Único
de Servicios No Exclusivos (TUSNE), el mismo que se
encuentra validado por cada Unidad Orgánica que cuenta
con Servicios No Exclusivos, con la f‌i nalidad de contar
con un documento actualizado y acorde con los objetivos
de la Entidad.
Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto
y Racionalización a través del Informe Nº 0194-2013-
MPH/GPPR informa que luego de la revisión realizada
al Proyecto de Ordenanza antes mencionado, opina
favorablemente para su aprobación por el Pleno del
Concejo Municipal.
Que, la Gerencia de Administración y Finanzas con el
Informe Nº 0354-2013/MPH-GAF comunica que habiendo
revisado el Proyecto de Ordenanza, otorga la conformidad
al contenido del mismo.
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante
Informe Nº 0868-2013-MPH-GAJ opina por la procedencia
de la aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal
del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la
Municipalidad Provincial de Huaral.
Que, mediante Dictamen Nº 011-2013-MPH-CAEP-
CM de fecha 10 de octubre del 2013, la Comisión
de Administración, Economía y Planeamiento del
Concejo Municipal Provincial de Huaral, en uso de sus
Atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 – Ley
Orgánica de Municipalidades, RECOMIENDA al Pleno del
Concejo APROBAR el Proyecto de Ordenanza Municipal
que Aprueba el Texto Único de Servicios No Exclusivos
(TUSNE) de la Municipalidad Provincial de Huaral.
Que, estando a los fundamentos expuestos y en uso
de las facultades conferidas por el numeral 8) y 9) del
Artículo 9º y el numeral 5) del Artículo 20º y el Artículo 40º
contando con el Voto Unánime de los Señores Regidores,
aprobaron la siguiente:
ORDENANZA
“QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE
SERVICIOS (TUSNE) DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUARAL”
Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de
Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad
Provincial de Huaral, cuyo detalle se consigna en anexo
que forma parte de la presente ordenanza.
Artículo Segundo.- PUBLICAR la presente Ordenanza
en el Diario Of‌i cial El Peruano, y el íntegro del TUSNE
en el Portal Electrónico de la Municipalidad Provincial de
Huaral (www.munihuaral.gob.pe).
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, Secretaría General, Gerencia de Planeamiento,
Presupuesto y Racionalización y todas las Unidades
Orgánicas de la Municipalidad Provincial de Huaral
el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Sub
Gerencia de Tecnologías de la Información y Sistemas su
Publicación en el Portal de Transparencia.
Artículo Cuarto.- DEROGAR las disposiciones
municipales que se opongan a la presente ordenanza.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
VÍCTOR HERNÁN BAZÁN RODRÍGUEZ
Alcalde Provincial
1004955-1
Establecen Beneficio de Regularización
para la presentación de las Declaraciones
Juradas de carácter tributario
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 017-2013-MPH
Huaral, 16 de octubre del 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE HUARAL
POR CUANTO:
EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL
VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto
de Ordenanza Municipal que Establece el Benef‌i cio de
Regularización para la Presentación de Declaración
Jurada Tributaria en la Jurisdicción de la Provincia de
Huaral; y,
CONSIDERANDO:
en su Artículo 194º modif‌i cada por la Ley de Reforma
Constitucional Nº 27680, concordante con el Artículo II
del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica
de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales
gozan de autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia, precisando la última
norma indicada que la autonomía que la Constitución
Política del Perú establece para las municipalidades,
radica en la facultad de ejercer actos de gobierno,
administrativos y de administración con sujeción al
ordenamiento jurídico.
Que, el Artículo 60º del Texto Único Ordenado de la
Ley de Tributación Municipal, aprobado por el D.S. Nº
156-2004-EF, se precisa que conforme a lo establecido
por el inciso 4 del Artículo 195º y 74º de la Constitución
Política del Perú, las municipalidades pueden crear,
modif‌i car y suprimir sus contribuciones y tasas o exonerar
de estas, dentro de su jurisdicción y con los límites que
señala la Ley.
Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único
Ordenado del Código Tributario, D.S. Nº 135-99-EF,

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