ACUERDO Nº 016-2008-MDJM - Declaran de interés y necesidad pública diversas áreas que forman parte de área mayor destinada al Parque De Los Próceres

Fecha de disposición04 Abril 2008
Fecha de publicación04 Abril 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 4 de abril de 2008 370033
MUNICIPALIDAD DE
JESUS MARIA
Declaran de interés y necesidad pública
diversas áreas que forman parte de
área mayor destinada al Parque De Los
Próceres
ACUERDO DE CONCEJO
N° 016-2008-MDJM
Jesús María, 28 de marzo del 2007
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE
JESÚS MARÍA;
VISTO, en sesión ordinaria de Concejo de la fecha;
con el voto mayoritario de los señores Regidores y con la
dispensa del trámite de Lectura y Aprobación de Acta; y,
CONSIDERANDO:
del Perú reconoce a las Municipalidades autonomía
política, económica y administrativa en asuntos de su
competencia.
Que, la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades
otorga, en su artículo 79, a las Municipalidades Distritales
funciones específ‌i cas exclusivas; así como, funciones
específ‌i cas compartidas con las Municipalidades
Provinciales en materia de la Organización del Espacio
Físico y Usos del Suelo.
Que, la Ordenanza Nº 296-MML que “Regula el
Régimen de Constitución y Administración de los Bienes de
Uso Público en la Provincia de Lima”, dispone en el Artículo
II que las Municipalidades Distritales de la Provincia de
Lima tienen a su cargo la administración, mantenimiento,
rehabilitación, remodelación, conservación, ornato y
jardinería de los bienes de uso público de su titularidad;
y asimismo el Capítulo III “De Las Desafectaciones”;
señala las def‌i niciones, causales, formalidades, proyectos,
transferencia o derechos y aplicación de los derechos
provenientes del proceso de Desafectación de los bienes
de uso público.
Que, la Ordenanza Nº 620-MML, reglamentaria
del “Proceso de Aprobación del Plan Metropolitano de
Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano de
Lima, de Planes Urbanos Distritales y actualización de la
Zonif‌i cación de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana”;
establece en el numeral 34.2.6 del artículo 34 que en
caso que exista interés social o probado interés público
en desarrollar proyectos de inversión importantes para
la ciudad, las propuestas de Cambio Específ‌i co de
Zonif‌i cación también pueden ser promovidos por: (a)
la propia Municipalidad Metropolitana de Lima, (b) las
Municipalidades Distritales y c) los órganos del Gobierno
Central siguiendo el procedimiento establecido en el inciso
34.2.
Que, la Ordenanza Nº 786-MML que modif‌i có el artículo
29 de la Ordenanza Nº 296-MML señala las Formalidades
de Desafectaciones, en todos inclusive la de bienes de
Uso Público cuyos titulares sean las Municipalidades
Distritales y se aprueban mediante Ordenanza expedida
por el Concejo Metropolitano de Lima previa opinión de la
Municipalidad Distrital donde se ubique el bien público.
Que, la Ordenanza Nº 1017-MML de “Reajuste Integral
de la Zonif‌i cación de los Usos del Suelo del distrito de
Jesús María y Otros” se aprobó el Plano de Zonif‌i cación de
los Usos del Suelo asignado como Plano Nº 01 - Anexo Nº
01 que forma parte del Área de Tratamiento Normativo II de
Lima Metropolitana; el cual calif‌i ca al predio donde se ubica
el “Parque De Los Próceres” como equipamiento Urbano
con zonif‌i cación ZRP Zona de Recreación Pública.
En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del
artículo 9 de la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades,
el Concejo Municipal adoptó el siguiente,
ACUERDO:
Artículo Primero.- DECLARAR de interés y necesidad
pública las áreas denominadas (1) La Frontera ubicada
entre las Avdas. Edgardo Rebagliati y Salaverry, (2) el
Área de Estacionamiento Municipal ubicado con frente al
Jr. Capac Yupanqui y (3) el Área cedida al Cuerpo General
de Bomberos Voluntarios del Perú ubicada con frente a la
Avda. Salaverry y el Jr. Belisario Flores; que forman parte
de un área mayor destinada al Parque De Los Próceres.
Artículo Segundo.- SOLICITAR a la Municipalidad
Metropolitana de Lima la Desafectación de Bienes de Uso
Público de las áreas referidas en el artículo anterior; así
como la Asignación de Zonif‌i cación OU (Otros Usos).
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia
de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, la gestión,
organización del expediente técnico correspondiente, la
dirección y el control de los procesos a que se ref‌i ere el
presente Acuerdo.
Artículo Cuarto.- DISPONER que la Gerencia
Municipal, las Gerencias de Administración, Asesoría
Jurídica y de Planif‌i cación y Presupuesto coordinen de
manera previa con la Gerencia de Desarrollo Urbano y
Medio Ambiente, para facilitar la gestión que esta última
lleve a cabo de conformidad con el presente Acuerdo.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ENRIQUE OCROSPOMA PELLA
Alcalde
183391-1
MUNICIPALIDAD DE
SAN ISIDRO
Aprueban Directiva de Normas y
Procedimientos para la Ejecución
y Control del Programa de “Sorteos
VPSI”
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 007/ALC/MSI
San Isidro, 24 de marzo 2008
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 229-MSI, publicada
en el Diario Of‌i cial El Peruano con fecha 03 de febrero
de 2008, se aprueba la realización del Programa de
“SORTEOS VPSI”, dirigido a incentivar el cumplimiento
de las obligaciones tributarias a través del sorteo de
premios entre los contribuyentes personas naturales
propietarias de predios destinados a uso Casa-Habitación
que se encuentren al día en el pago del Impuesto Predial
y Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y
Jardines Públicos y Seguridad Ciudadana;
Que, en la Primera Disposición Final de la Ordenanza
Nº 229-MSI, se encarga al Despacho de Alcaldía la
expedición de la Directiva de Ejecución y Control del
Programa de “SORTEOS VPSI”, debiéndose designar
una Comisión Organizadora encargada del proceso de los
sorteos;
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades
conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº
DECRETA:
Artículo 1º.- Apruébese la Directiva “Normas y
Procedimientos para la Ejecución y Control del Programa de
“SORTEOS VPSI”, que establece el procedimiento para el
desarrollo de los sorteos trimestrales entre los contribuyentes
propietarias de predios destinados a uso Casa-Habitación
que se encuentren al día en el pago del Impuesto Predial y
Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines
Públicos y Seguridad Ciudadana; conforme a lo dispuesto en
la Ordenanza Nº 229-MSI.
Artículo 2º.- Autorícese a la Gerencia de Planeamiento,
Presupuesto y Desarrollo Corporativo, para que con cargo
al presupuesto aprobado, se asuma el pago de los premios
vinculados a la aplicación del artículo precedente.

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