RESOLUCION JEFATURAL N° 342-2013-JNAC/RENIEC - Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Comunidad Nativa Kayamas, distrito de Río Santiago, provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas

Fecha de publicación20 Noviembre 2013
Fecha de disposición20 Noviembre 2013
El Peruano
Miércoles 20 de noviembre de 2013 507427
Que de otro lado, mediante Resolución Jefatural N°
333-2013/JNAC/RENIEC (08NOV2013), se encarga a
la señora Ana Magdelyn Castillo Aransáenz, Secretaria
General, el despacho administrativo de la Jefatura
Nacional del RENIEC, con retención de su cargo, del 11 al
22 de noviembre de 2013; y
Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos
de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas
por Ley Nº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de
Identif‌i cación y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 015-
98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones
de la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural
Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto
por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo Nº
001-2009-JUS (15ENE2009);
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar la delegación de las funciones
registrales establecidas en los literales a, c, e, l, m, n, o y q
del artículo 44° de la Ley N° 26497; así como las acciones
administrativas que correspondan, para llevar adelante tal
delegación, a la Of‌i cina Auxiliar de la Municipalidad Distrital
de Pampa Hermosa, Provincia de Ucayali, Departamento
de Loreto, que funciona en la Agencia Municipal de la
citada Municipalidad ubicada en el Pueblo de Alto Perillo.
Artículo 2°.- El Jefe de la Of‌i cina Auxiliar de
la Municipalidad señalada en el artículo 1°, queda
encargado de las funciones registrales cuya delegación
se autoriza; así como de las acciones administrativas que
correspondan, para llevar adelante la delegación funcional
dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral
vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC.
Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia
Técnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros
Civiles, proporcionará los Libros de Nacimiento y
Defunción, a la Of‌i cina de Registros del Estado Civil de
la Municipalidad Distrital de Pampa Hermosa, Provincia
de Ucayali, Departamento de Loreto; correspondiendo
a la Jefatura Regional a cuya jurisdicción pertenece,
orientar e impartir instrucciones a ésta, a f‌i n de que el
procedimiento registral se realice conforme a las normas
legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las
inscripciones en los Registros de Estado Civil.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
ANA CASTILLO ARANSAENZ
Jefe Nacional (e)
1016567-2
Autorizan delegación de funciones
registrales a la Oficina de Registros
del Estado Civil de la Comunidad
Nativa Kayamas, distrito de Río
Santiago, provincia de Condorcanqui,
departamento de Amazonas
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 342-2013/JNAC/RENIEC
Lima, 19 de noviembre de 2013
VISTOS:
El Informe N° 000515-2013/GPRC/SGIRC/RENIEC
(16AGO2013) de la Sub Gerencia de Integración de
Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros
Civiles, el Memorando N° 000810-2013/GRC/RENIEC
(28AGO2013) de la Gerencia de Registros Civiles, y el
Informe N° 000141-2013/GPRC/RENIEC (04NOV2013)
de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;
CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98-PCM,
se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro
Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil, el cual precisa
que el Sistema Registral está conformado por el conjunto
de órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo
la ejecución de los procedimientos administrativos de
inscripción y que las Of‌i cinas Registrales se encuentran
encargadas del procesamiento registral y demás funciones
inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la
Jefatura Nacional la creación y autorización de las que
fueren necesarias;
Que, el artículo 20° del Decreto Ley N° 22175, establece
que en cada una de las Comunidades Nativas debe haber
una Of‌i cina de Registros del Estado Civil. Asimismo, en
cuanto al matrimonio civil en las Comunidades Nativas,
el artículo 262° del Código Civil señala que éste puede
tramitarse y celebrarse ante un comité especial;
Que, la Subgerencia de Integración de Registros
Civiles, a través del informe de vistos, señala que la
Comunidad Nativa Kayamas, Distrito de Río Santiago,
Provincia de Condorcanqui, Departamento de Amazonas,
no ha presentado acta de conformación de comité
especial, a que se ref‌i ere el considerando precedente;
Que, sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior,
la Of‌i cina de Registros del Estado Civil que funciona
en la Comunidad Nativa Kayamas, Distrito de Río
Santiago, Provincia de Condorcanqui, Departamento
de Amazonas; a la cual hacen referencia los informes
de vistos, ha formalizado su respectivo expediente
de incorporación de Of‌i cina Registral, habiendo
sido calif‌i cado positivamente por la Subgerencia de
Integración de Registros Civiles, por la Gerencia de
Registros Civiles, órgano técnico de Registros del
Estado Civil; y por la Gerencia de Procesos de Registros
Civiles, órgano encargado de supervisar y controlar el
proceso de autorización de delegación de funciones de
las Of‌i cinas de Registros del Estado Civil en Centros
Poblados y Comunidades Nativas;
Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar
la delegación referida, a f‌i n de establecer la vinculación
funcional, cuya difusión debe garantizar el acceso de
la generalidad de usuarios a los diferentes servicios
registrales, dado el carácter público del registro;
Que de otro lado, mediante Resolución Jefatural N°
333-2013/JNAC/RENIEC (08NOV2013), se encarga a
la señora Ana Magdelyn Castillo Aransáenz, Secretaria
General, el despacho administrativo de la Jefatura
Nacional del RENIEC, con retención de su cargo, del 11 al
22 de noviembre de 2013; y
Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos
de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas
por Ley Nº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de
Identif‌i cación y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 015-
98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones
de la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural
Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto
por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo Nº
001-2009-JUS (15ENE2009);
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar la delegación de las funciones
registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m,
n, o y q del artículo 44° de la Ley N° 26497; así como las
acciones administrativas que correspondan, para llevar
adelante tal delegación, a la Of‌i cina de Registros del
Estado Civil de la Comunidad Nativa Kayamas, Distrito de
Río Santiago, Provincia de Condorcanqui, Departamento
de Amazonas.
Artículo 2°.- El Jefe de la Of‌i cina de Registros del
Estado Civil de la Comunidad Nativa señalada en el
artículo 1°, queda encargado de las funciones registrales
cuya delegación se autoriza; así como de las acciones
administrativas que correspondan, para llevar adelante la
delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad
sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control
del RENIEC.
Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Subgerencia
Técnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros
Civiles, proporcionará los Libros de Nacimiento y
Defunción, a la Of‌i cina de Registros del Estado Civil de
la Comunidad Nativa Kayamas, Distrito de Río Santiago,
Provincia de Condorcanqui, Departamento de Amazonas;
correspondiendo a la Jefatura Regional a cuya jurisdicción
pertenece, orientar e impartir instrucciones a ésta, a f‌i n
de que el procedimiento registral se realice conforme a
las normas legales, reglamentarias y administrativas,

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