RESOLUCION N° 368-2014-JNE - Declaran nulo Acuerdo de Concejo que rechazó solicitud de declaratoria de vacancia de alcalde de la Municipalidad Distrital de Anco - Huallo, provincia de Chincheros, departamento de Apurímac

Fecha de disposición04 Junio 2014
Fecha de publicación04 Junio 2014
El Peruano
Miércoles 4 de junio de 2014
524558
JURADO NACIONAL
DE ELECCIONES
Declaran nulo Acuerdo de Concejo que
rechazó solicitud de declaratoria de
vacancia de alcalde de la Municipalidad
Distrital de Anco-Huallo, provincia
de Chincheros, departamento de
Apurímac
RESOLUCIÓN Nº 368-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-0179
ANCO-HUALLO - CHINCHEROS - APURÍMAC
RECURSO DE APELACIÓN
Lima, ocho de mayo de dos mil catorce
VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso
de apelación interpuesto por Samuel Quispe Siccha en
contra del Acuerdo de Concejo Nº 001-2014-MDAH/CM,
del 29 de enero de 2014, que rechazó su solicitud de
declaratoria de vacancia contra Américo Chávez Elguera,
alcalde de la Municipalidad Distrital de Anco-Huallo,
provincia de Chincheros, departamento de Apurímac, por
la causal prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley
informes orales.
ANTECEDENTES
La solicitud de declaratoria de vacancia
El 4 de abril de 2013, Samuel Quispe Sicha solicitó
ante el Concejo Distrital de Anco Huallo la vacancia de
Américo Chávez Elguera, alcalde del citado concejo
distrital, por la causal de nepotismo (fojas 257), toda vez
que la entidad edil habría contratado a Edwin Chávez
Salazar, primo hermano de la autoridad municipal.
A efectos de acreditar su pedido, el solicitante de la
vacancia adjuntó los siguientes documentos:
- Copia certif‌i cada del acta de nacimiento del alcalde
Américo Chávez Elguera, en el que se indica que sus
padres son Santiago Chávez Sihui y Hermenegilda
Elguera Sánchez (fojas 265).
- Copia certif‌i cada del acta de nacimiento de Edwin
Chávez Salazar, presunto primo hermano del alcalde, en
el que se indica que sus padres son Porf‌i rio Chávez Sihui
y Marcelina Salazar Medina (fojas 267).
- Copia certif‌i cada del acta de defunción de Santiago
Chávez Sihui, padre del alcalde (fojas 266 y vuelta).
- Copia del acta de matrimonio de Porf‌i rio Chávez
Sihui y Marcelina Salazar Medina (foja 268 y vuelta).
- Impresión del Portal de Transparencia económica del
Ministerio de Economía (fojas 262 a 264), en las cuales
se aprecia que Edwin Chávez Salazar fue proveedor de
la Municipalidad Distrital de Anco Huallo, durante los años
2011, 2012 y 2013.
Los descargos del alcalde Américo Chávez
Elguera
El 9 de mayo de 2013, la autoridad municipal presentó
su escrito de descargos (fojas 141 a 148), sosteniendo que
Edwin Chávez Salazar fue contratado para desempeñarse
en dos actividades:
- Como docente en el colegio José María Arguedas
Altamirano, de Uripa
En sesión ordinaria del 16 de febrero de 2011, el
Concejo Distrital de Anco-Huallo acordó la suscripción
de un convenio con la Institución Educativa José
María Arguedas Altamirano, de Uripa (fojas 149 a
153), formalizado mediante el documento denominado
“Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la
Municipalidad Distrital de Anco-Huallo y la Institución
Educativa José María Arguedas Altamirano”, de fecha 1 de
marzo de 2011 (fojas 155 y 156), y por Of‌i cio Nº 049-2011/
D-IESM “JMAA”-U, del 10 de marzo de 2011 (fojas 157),
la institución educativa propuso a Edwin Chávez Salazar,
suscribiéndose el denominado “Contrato por servicios
personales de docente para la institución educativa” entre
este y la entidad municipal (fojas 158 y vuelta), por lo que
el contratado, indicó, no estuvo sujeto a subordinación.
Además de los documentos antes citados, la autoridad
edil presentó el comprobante de pago Nº 267, de fecha
17 de mayo de 2011, emitido por la Municipalidad Distrital
de Anco-Huallo a favor de Edwin Chávez Salazar por el
importe de S/. 800,00, por concepto de pago por servicios
prestado en dictado de clases en el colegio JMA-Uripa,
según convenio suscrito entre la entidad y el colegio,
durante el mes de abril (fojas 159), además de la orden
de servicio Nº 00171, de fecha 10 de mayo de 2011 (fojas
162), el recibo por honorarios Nº 001-005, de fecha 6
de mayo de 2011 (fojas 163), emitido por Edwin Chávez
Salazar a favor de la entidad municipal, y la Resolución
Directoral Nº 01236-2011-UGELCH, de fecha 6 de junio
de 2011, que aprueba el contrato por servicios personales
entre la Unidad Ejecutora Nº 303-UGEL Chincheros y
Edwin Chávez Salazar, con vigencia desde el 6 de junio al
31 de diciembre de 2011 (fojas 165 y 166).
- Como árbitro para la conducción de eventos
deportivos
Por Informe Nº 06-2012-Resp-ODEL-MDA, del 12 de
marzo 2012 (fojas 167), la Of‌i cina de Desarrollo Económico
Local de la entidad municipal solicitó al gerente municipal
la contratación de árbitros para la conducción de eventos
deportivos durante el año 2012, sugiriendo que se celebre
un convenio con la liga distrital de fútbol o con el colegio
de árbitros, suscribiéndose para dicho f‌i n el denominado
“Convenio interinstitucional de mutua colaboración entre
la Municipalidad Distrital de Anco-Huallo y la Liga Distrital
de Fútbol de Uripa”, de fecha 20 de marzo de 2012 (fojas
172 y 173), institución que, por carta del 2 de abril de 2012
(fojas 175), hizo llegar la lista de árbitros seleccionados,
entre los que se encontraba Edwin Chávez Salazar,
emitiéndose, a tal efecto, los comprobantes de pago Nº
497, de fecha 26 de setiembre de 2012, por S/. 1 000,00
(fojas 178), Nº 1253, de fecha 23 de noviembre de 2012,
por S/. 492,00 (fojas 180), y Nº 034, de fecha 20 de febrero
de 2013, por S/. 1 148,00 (fojas 183).
Adicionalmente, el alcalde manifestó que los
responsables de planif‌i cación y presupuesto de la entidad
municipal, en relación con los pagos efectuados durante
los años 2012 y 2013 a Edwin Chávez Salazar, tomaron
las acciones de control correspondientes (fojas 189 y
190), toda vez que se constató la falta de un contrato de
servicios entre la entidad edil y el proveedor, por lo que
se efectuó la reversión de estos pagos a favor del tesoro
público.
La decisión del Concejo Distrital de Anco-Huallo:
el Acuerdo de Concejo Nº 009-2013-MDAH/CM, del 15
de mayo de 2013
En la Sesión Extraordinaria Nº 003, del 14 de mayo de
2013 (fojas 211 a 217), los miembros del concejo distrital
rechazaron, por mayoría, la solicitud de vacancia (dos
votos a favor y cuatro votos en contra). Dicha decisión se
plasmó en el Acuerdo de Concejo Nº 009-2013-MDAH/
CM, del 15 de mayo de 2013 (fojas 219 a 223).
El recurso de apelación en contra del Acuerdo de
Concejo Nº 009-2013-MDAH/CM
El 4 de junio de 2013, Samuel Quispe Sicha interpuso
recurso de apelación en contra de la decisión del concejo
de rechazar su solicitud de vacancia (fojas 225 a 232).
Los argumentos que sirvieron de sustento para el
citado medio impugnatorio son los siguientes:
- En la sesión extraordinaria en donde se trató la solicitud
de vacancia los miembros del concejo municipal no tomaron
en cuenta las pruebas aportadas al momento de solicitar la
vacancia del alcalde, así como tampoco aquellas que se
aportaron al momento de presentarse los alegatos f‌i nales
en la misma fecha de la sesión, tales como la constancia
emitida por el director del Programa Sectorial III de la UGEL
de Chincheros (fojas 207) y el acta de proceso de evaluación
de expedientes, suscrita por el director de la Institución
Educativa José María Arguedas Altamirano (fojas 208).

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