DECRETO SUPREMO N° 034-2014-EF - Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Pliegos Gobiernos Regionales de los departamentos de Cusco y Ucayali en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014

Fecha de disposición15 Febrero 2014
Fecha de publicación15 Febrero 2014
El Peruano
Sábado 15 de febrero de 2014 516897
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0046 : Acceso y uso de la electrif‌i cación
rural
PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes
ACTIVIDAD 5004833 : Transferencia a Entidades para
proyectos de Electrif‌i cación.
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos
No Financieros : 9 556 725,00
---------------------
SUB TOTAL MINEM 9 556 725,00
===========
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento
UNIDAD EJECUTORA 005 : Programa Nacional de Saneamiento
Rural
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0083 : Programa Nacional de Saneamiento
Rural
PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes
ACTIVIDAD 5001778 : Transferencias de Recursos para
Agua y Saneamiento Rural
GASTOS DE CAPITAL
2.4 Donaciones y Transferencias 90 526 120,00
--------------------
SUB TOTAL VIVIENDA 90 526 120,00
===========
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y
Comunicaciones
UNIDAD EJECUTORA 011 : Fondo de Inversión en
Telecomunicaciones – FITEL
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0047 : Acceso y uso adecuado de
los servicios públicos de
telecomunicaciones e información
asociados
PROYECTO 2186720 : Ampliación y mejoramiento de
la cobertura de los servicios
de telefonía móvil, telefonía
f‌i ja pública y telefonía f‌i ja de
abonados, en las localidades de
Ocobamba, Yanacocha, Chacuas
Cancha, Minas Ryan, Lirio y Tambo
Real de Huancabamba, distrito de
Yauya – Carlos Fermín Fitzcarrald
– Ancash.
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 215 913,00
PROYECTO 2184769 : Ampliación y mejoramiento de
la cobertura de telefonía móvil,
telefonía f‌i ja pública y telefonía f‌i ja
de abonados, en 27 localidades,
distrito de Coporaque – Espinar
– Cusco.
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 4 312 972,00
---------------------
SUB TOTAL FITEL 5 528 885,00
SECCION PRIMERA Gobierno Central
PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y
Comunicaciones
UNIDAD EJECUTORA 010 : PROVIAS Descentralizado
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0061 : Reducción del Costo, Tiempo e
Inseguridad Vial en el Sistema de
Transportes Terrestre
PROYECTO 2105466 Rehabilitación y mejoramiento de la
carretera vecinal: Alto Cuñumbuza-
Puerto Bermudez, distritos Alto
Biavo y Campanilla, provincias
Bellavista y Mariscal Cáceres,
Región San Martín
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 8 602 059,00
PROYECTO 2001621 Estudios de Pre inversión
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 9 630 723,00
----------------------
SUB TOTAL PROVIAS DESCENTRALIZADO 18 232 782,00
--------------------
SUB TOTAL PLIEGO MTC 23 761 667,00
============
TOTAL EGRESOS 123 844 512,00
============
1.2 Los Pliegos habilitados en la Sección Primera del
numeral 1.1 del presente artículo, los montos del crédito
suplementario por pliego, estudios, proyectos y actividades
de mantenimiento, así como las respectivas codif‌i caciones,
se detallan en el Anexo “Crédito suplementario para f‌i nanciar
intervenciones con recursos del Fondo para la Inclusión
Económica en Zonas Rurales – FONIE”, que forma parte
integrante del presente decreto supremo y que es publicado
en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas
(www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Desarrollo e Inclusión
Social (www.midis.gob.pe), en la misma fecha de publicación
de la presente norma en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en el
presente Crédito Suplementario, aprueban mediante
Resolución, la desagregación de los recursos autorizados
en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático,
dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del
presente Decreto Supremo. Copia de la Resolución será
remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los
organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo
23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado
mediante Decreto Supremo N°304-2012-EF.
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección
General de Presupuesto Público las codif‌i caciones que
se requieran, como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de
Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en los Pliegos involucrados instruirá a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas
para Modif‌i cación Presupuestaria” que se requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos del Crédito Suplementario a los que
se hace referencia en el artículo 1 del presente Decreto
Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad,
a f‌i nes distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Del refrendo
El presente decreto supremo es refrendado por la
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social y el Ministro de
Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce
días del mes de febrero del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
MONICA RUBIO GARCIA
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
1051301-5
Autorizan Transferencia de Partidas a
favor de los Pliegos Gobiernos Regionales
de los departamentos de Cusco y Ucayali
en el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2014
DECRETO SUPREMO
Nº 034-2014-EF
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