RESOLUCION MINISTERIAL N° 647-2013/MINSA - Disponen la publicación de la propuesta de Norma Técnica de Salud para la Atención Integral de Salud Materna, en el Portal Institucional del Ministerio
Fecha de publicación | 16 Octubre 2013 |
Fecha de disposición | 16 Octubre 2013 |
El Peruano
Miércoles 16 de octubre de 2013
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el original que exhibe el administrado y la copia presentada,
la fi delidad del contenido de esta última para su empleo
en los procedimientos de la entidad, así como certifi car
fi rmas previa verifi cación de la identidad del suscriptor,
para las actuaciones administrativas concretas en que sea
necesario;
Que, el Decreto Supremo Nº 205-2013/EF, que
aprueba el reglamento del artículo 3º de la Ley Nº 30001,
Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante
Retornado, establece como requisito, entre otros, para
acceder a los referidos incentivos la necesidad de presentar
copia autenticada por el Ministerio de Relaciones Exteriores
de la Tarjeta del Migrante Retornado;
Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, establece en el artículo 145º que
la autoridad competente, aun sin pedido de parte, debe
promover toda actuación que fuese necesaria para su
tramitación, así como superar cualquier obstáculo que se
oponga a regular tramitación del procedimiento;
Que, por necesidad del Servicio, se requiere designar
a nuevos fedatarios que cumplan con las autenticaciones y
las certifi caciones que solicite el administrado;
Teniendo en cuenta el Memorándum (DGC) N°
DGC0711/2013, de la Dirección General de Comunidades
Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, de 4 de
setiembre de 2013;
De conformidad con el artículo 127º inciso 1) y
artículo 145º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar a los siguientes servidores
administrativos como fedatarios del Ministerio de Relaciones
Exteriores, por el período de dos (02) años, a partir de la
fecha:
• Servidora Administrativa, nivel STA, Lurdes María
Orejuela Paz de Céspedes; y,
• Servidor Administrativo, nivel STD, Luis Antonio
Guerrero Lobatón.
Artículo 2º.- Los citados fedatarios desempeñarán
sus funciones Ad Honorem y de manera exclusiva para
asistir en el impulso de los procedimientos iniciados en las
dependencias de la Dirección General de Comunidades
Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares.
Artículo 3º.- Los fedatarios designados quedan
obligados a llevar un registro de los actos que autentiquen
y de las certifi caciones que realicen en el ejercicio de sus
funciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDA RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores
1000540-1
SALUD
Disponen la publicación de la propuesta
de Norma Técnica de Salud para la
Atención Integral de Salud Materna, en
el Portal Institucional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 647-2013/MINSA
Lima, 14 de octubre del 2013
Visto el Expediente 13-039117-003, que contiene el
Memorándum N° 3131/2013-DGSP-MINSA, presentado
por la Dirección General de Salud de las Personas;
CONSIDERANDO:
Que, el literal b) del artículo 41° del Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Salud,
aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, establece
que la Dirección General de Salud de las Personas es el
órgano técnico normativo en los procesos relacionados
a la atención integral, servicios de salud, calidad, gestión
sanitaria y actividades de salud mental, estando a su cargo
de establecer las normas, supervisión y evaluación de
la atención de la salud de las personas en las diferentes
etapas de vida, así como la categorización, acreditación
y funcionamiento de los servicios de salud y la gestión
sanitaria en el Sector Salud;
Que, en el marco de sus competencias funcionales, la
Dirección General de Salud de las Personas ha propuesto
la Norma Técnica de Salud para la Atención Integral de
Salud Materna, que tiene como objetivo general lograr un
manejo estandarizado, efi ciente y de calidad en la atención
integral de la salud materna, en el marco de los derechos
humanos, con enfoque de género e interculturalidad;
Que, resulta conveniente poner a disposición de la
ciudadanía la mencionada propuesta normativa, con
la fi nalidad de recibir las sugerencias, comentarios
o recomendaciones que pudieran contribuir a su
mejoramiento, en el marco de lo dispuesto en el numeral
6.2 de las “Normas para la Elaboración de Documentos
Normativos del Ministerio de Salud”, aprobadas por
Resolución Ministerial N° 526-2011/MINSA;
Con el visado de la Directora General de la Dirección
General de Salud de las Personas, de la Directora General
de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro
de Salud; y,
De conformidad, con lo dispuesto en el literal l) del
artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Disponer que la Ofi cina General de
Comunicaciones efectúe la publicación de la propuesta
de Norma Técnica de Salud para la Atención Integral de
Salud Materna, en el Portal Institucional del Ministerio de
Salud, en la dirección electrónica de normas legales http://
www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp y en
el enlace de documentos en consulta http://www.minsa.
gob.pe/portada/docconsulta.asp, a efecto de recibir las
sugerencias y aportes de las entidades públicas o privadas
y de la ciudadanía en general, durante el plazo de treinta
(30) días calendario, a través del correo webmaster@
minsa.gob.pe.
Artículo 2°.- Encargar a la Dirección General de
Salud de las Personas, la recepción, procesamiento y
sistematización de las sugerencias y comentarios que se
presenten, a fi n de elaborar el proyecto correspondiente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud
1000334-1
TRABAJO Y PROMOCION
DEL EMPLEO
Establecen normas complementarias
para la adecuada implementación
del “Registro Nacional de Obras
de Construcción Civil - RENOCC”,
aprobado por D.S. Nº 008-2013-TR
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 177-2013-TR
Lima, 15 de octubre de 2013
VISTOS: El Ofi cio Nº 1127-2013-MTPE/2/14 de la
Dirección General de Trabajo, el Informe N° 1246-2013-
MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a los numerales 5.1 y 5.2 del artículo
5° de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ésta entidad
es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del
empleo y ejerce competencia exclusiva y excluyente en la
formulación, planifi cación, dirección, coordinación, ejecución,
supervisión y evaluación de las políticas nacionales y
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