RESOLUCION N° 148-2014-SGOPHU-GDU/MDSJL - Aprueban recepción de obras de habilitación urbana con variación de terreno ubicado en el distrito

Fecha de publicación24 Julio 2014
Fecha de disposición24 Julio 2014
El Peruano
Jueves 24 de julio de 2014 528537
Artículo Tercero.- DISPONER que la Asociación
Peruana de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los
Últimos días - ASPERSUD, debidamente representada
por el señor Ángel Herbeth Alarcón Villar, deberá efectuar
la inscripción del lote en el Registro de Predios de acuerdo
al Plano de Trazado y Lotización signado con el Nº 007-
2014-SGOPHU-GDU/MDSJL y a la siguiente descripción:
Nº Lote
Nº Lote
Único
Único
Área
Área
(m2)
(m2)
Frente
Frente
(ml)
(ml)
Lado
Lado
Derecho
Derecho
(ml)
(ml)
Lado
Lado
Izquierdo
Izquierdo
(ml)
(ml)
Fondo
Fondo
(ml)
(ml)
Lote 30,
31 y 32 3, 102.00 56.40 55.00 55.00 56.40
Artículo Cuarto.- ACEPTAR el pago de la redención
en dinero del déf‌i cit de aportes reglamentarios, hasta
antes de la expedición de la Resolución que apruebe
la Recepción de Obras, por tratarse la presente de una
Habilitación Urbana Ejecutada en Vía de Regularización
de Lote Único, dichos déf‌i cit deberán ser valorizados y
cancelados en cada una de las entidades correspondientes,
según el siguiente cuadro:
Cuadro General de Aportes, según Ordenanza Nº
836-MML
ZONIFICACIÓN : VT - Vivienda Taller
ÁREA AFECTA A LOS APORTES : 0.00 m2
APORTE
APORTE
%
%
ORD.
ORD.
836-MML
836-MML
PRO-
PRO-
YECTO
YECTO
DEFICIT
DEFICIT
RECREACION PUBLICA 7 217.14 m2 -------- 217.14 m2
PARQUES ZONALES (SERPAR) 2 62.04 m2 -------- 62.04 m2
RENOVACION URBANA
(FOMUR) 1 31.02 m2 -------- 31.02 m2
Servicios Públicos
Complementarios
MINISTERIO DE EDUCACION 2 62.04 m2 -------- 62.04 m2
Servicios Públicos
Complementarios
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
S.J.L.
2 62.04 m2 -------- 62.04 m2
TOTAL 14 434.28 m2 --------- 434.28 m2
NOTA:
(*) El déf‌i cit de aportes reglamentarios por Recreación Pública y
Servicios Complementarios (Municipalidad Distrital S.J.L.), han
sido redimidos en dinero.
(**) El déf‌i cit de aportes reglamentarios por Parques Zonales
(SERPAR), Renovación Urbana (FOMUR) y Servicios Públicos
Complementarios (Ministerio de educación)
Artículo Quinto.- DÉJESE como carga inscrita
en el Registro de Predios, el pago pendiente por el
f‌i cit de Aportes Reglamentarios correspondientes a
Parques Zonales (SERPAR), de 62.04 m2, Renovación
Urbana (FOMUR) de 31.02 m2 y Servicios Públicos
Complementarios (Ministerio de Educación) de 62.04 m2,
dicha carga será levantada cuando se cumpla con los
pagos de los déf‌i cit de aportes.
Artículo Sexto.- DISPONER que la Asociación
Peruana de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los
Últimos días - ASPERSUD, debidamente representada
por el señor Ángel Herbeth Alarcón Villar, deberá solicitar
la recepción de obras, de acuerdo a lo indicado en el
Numeral c del Articulo 13º de la Ley Nº 29090.
Artículo Sétimo.- DÉJESE como carga inscrita en
el Registro de Predios, la culminación de las obras de
Habilitación Urbana, señaladas en el Articulo Segundo de
la presente, hasta antes de la Recepción de las Obras.
Artículo Octavo.- REMITIR copias certif‌i cadas
del FUHU, de la presente Resolución Sub Gerencial, y
de un juego del Plano de Trazado y Lotización, y de la
Memoria Descriptiva, respectivamente, a la Municipalidad
Metropolitana de Lima, al Servicio de Parques de Lima
- SERPAR LIMA, a la Empresa Municipal Inmobiliaria de
Lima S.A. - EMILIMA S.A. y al Ministerio de Educación,
para su conocimiento y registro, conforme lo establecido
el Artículo 18º del Decreto Supremo Nº 008-2013-
VIVIENDA.
Artículo Noveno.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de
Planeamiento Urbano y Catastro incorporar la presente
Habilitación Urbana en el Plan Urbano del distrito de San
Juan de Lurigancho, siendo esta su competencia según lo
establece el ROF vigente.
Artículo Décimo.- DISPONER la publicación de la
presente Resolución en el Diario Of‌i cial “El Peruano”,
a cargo del interesado, en un plazo no mayor de (30)
días calendario, contados a partir de la notif‌i cación de la
presente.
Artículo Décimo Primero.- DISPONER el
cumplimiento y notif‌i cación pertinente y de acuerdo a Ley,
al administrado, del contenido de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
CÉSAR A. OLIVERA FALCONI
Subgerente de Obras Privadas y
Habilitaciones urbanas
1114995-1
Aprueban recepción de obras de
habilitación urbana con variación de
terreno ubicado en el distrito
RESOLUCIÓN DE SUB GERENCIA
Nº 148-2014-SGOPHU-GDU/MDSJL
San Juan de Lurigancho, 2 de julio del 2014
LA SUB GERENCIA DE OBRAS PRIVADAS Y
HABILITACIONES URBANAS DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
VISTO:
El Expediente Administrativo Nº 69721-H1-2013, de
fecha 17 de diciembre del 2013, promovido por el señor
el señor Henry Ly Carruitero, en calidad de Apoderado
de Hipermercados Tottus S.A., mediante el cual solicita
Recepción de Obras con Variación de Habilitación Urbana
de Lote Único, del terreno de 5,003.51 m2, ubicado en la
Avenida Principal (antes Prolongación Malecón Checa) Sub
Lote 1-1A de la Manzana L, Urbanización Campoy, distrito
de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de
Lima, inscrito en la Partida Nº 11990679 del Registro de
Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de
los Registros Públicos;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Sub Gerencial Nº 075-
2011-MDSJL-GDU/SGHU, de fecha 22 de julio del
2011, esta Sub Gerencia resuelve Aprobar el Proyecto
de Habilitación Urbana Nueva como Lote Único
con Construcción Simultánea, bajo la modalidad de
Aprobación D – Aprobación con Evaluación previa de
Comisión Técnica, para Uso Comercio Zonal CZ, del
terreno de 5,003.51 m2, ubicado en la Avenida Principal
(antes Prolongación Malecón Checa) Sub Lote 1-1A de
la Manzana L, Urbanización Campoy, distrito de San
Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima;
siendo que el Plano de Ubicación y Localización, Plano
de Lotización, Plano Perimétrico y el Plano de Pavimentos
son registrados como Plano Nº 012-2011-HU-SGHU-
GDU/MDSJL, Nº 013-2011-HU-SGHU-GDU/MDSJL, Nº
014-2011-HU-SGHU-GDU/MDSJL y el Nº 015-2011-HU-
SGHU-GDU/MDSJL respectivamente; ello, en mérito a lo
solicitado por la empresa Hipermercados Tottus S.A.;
Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 29090 - Ley de
Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edif‌i caciones,
modif‌i cado por Ley Nº 29476, señala que los procedimientos
administrativos, regulados en la presente Ley, son únicos y
de aplicación obligatoria a nivel nacional; además, determina
las responsabilidades de los sujetos implicados en los
procedimientos de habilitación urbana y de edif‌i cación;
Que, asimismo, la Novena Disposición Final de la Ley
Nº 29090 precisa que la presente Ley entra en vigencia
al día siguiente de la publicación de los Reglamentos
(Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y
Licencias de Edif‌i cación, Reglamento de los Revisores
Urbanos y Reglamento de Verif‌i cación Administrativa y
Técnica);

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