RESOLUCION N° 241-2013-SGHU-GDU/MDSJL - Aprueban proyecto de habilitación urbana nueva como lote único de terreno ubicado en el distrito
Fecha de publicación | 27 Agosto 2014 |
Fecha de disposición | 27 Agosto 2014 |
El Peruano
Miércoles 27 de agosto de 2014 531023
Memorando N° 781-2014-MDLM-GM de la Gerencia
Municipal, mediante los cuales se solicita la prórroga
de la vigencia de la Ordenanza N° 258 que aprueba el
“Benefi cio de Regularización de Deudas No Tributarias
por concepto de multas administrativas en el Distrito de
La Molina”; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del
Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar
establece que los gobiernos locales tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, mediante Ordenanza Nº 258, publicado en el
Diario Ofi cial “El Peruano” el 21 de julio del 2013, se aprobó
el Benefi cio de Regularización de Deudas No Tributarias
por concepto de multas administrativas en el Distrito de La
Molina; siendo que la Segunda Disposición Final de dicha
Ordenanza, faculta al señor Alcalde a aprobar mediante
Decreto de Alcaldía la prórroga correspondiente;
Que, a través del Decreto de Alcaldía N° 033-2014,
se prorrogó el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 258
hasta el 30 de agosto de 2014;
Que, mediante Informe N° 647-2014-MDLM-GDUE-
SGFA la Subgerencia de Fiscalización Administrativa
propone la prórroga de la vigencia de la Ordenanza
N° 258, que aprueba el “Benefi cio de Regularización
de Deudas No Tributarias por concepto de multas
administrativas en el distrito de La Molina” hasta el
30 de setiembre de 2014, de manera que se puedan
mantener las facilidades para que los administrados
puedan regularizar su situación administrativa; siendo
ratifi cado lo solicitado mediante Informe N° 083-2014-
MDLM-GDUE de la Gerencia de Desarrollo Urbano y
Económico, en dicho extremo la Gerencia de Asesoría
Jurídica mediante Informe N° 369-2014-MDLM-GAJ
opina favorablemente sobre la referida prorroga; siendo
que la Gerencia Municipal a través del Memorando N°
781-2014-MDLM-GM en consideración a los Informes
técnicos y jurídico señalados precedentemente opina
por la procedencia de la prórroga de la vigencia de la
Ordenanza N° 258;
Que, siendo política de la actual gestión, otorgar a
los vecinos las facilidades para el cumplimiento de sus
obligaciones administrativas, resulta necesario ampliar el
plazo de vigencia de la Ordenanza N° 258;
Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las
facultades conferidas en los artículos 20° numeral 6) y 42°
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de
la Ordenanza Nº 258 que aprueba el “Benefi cio de
Regularización de Deudas No Tributarias por concepto de
multas administrativas en el Distrito de La Molina”, hasta
el 30 de setiembre de 2014.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
de Desarrollo Urbano y Económico, a la Subgerencia
de Fiscalización Administrativa, al Ejecutor Coactivo
Administrativo y a la Subgerencia de Recaudación
y Fiscalización Tributaria, así como a la Gerencia
de Tecnologías de Información, y a la Gerencia de
Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento
y efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía, de
acuerdo a sus competencias y atribuciones.
Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General
la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía
en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la Gerencia de
Tecnologías de Información, la publicación en la página
web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en
el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en
el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.
serviciosalciudadano.gob.pe.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JUAN CARLOS ZUREK P.F.
Alcalde
1128961-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE LURIGANCHO
Aprueban proyecto de habilitación
urbana nueva como lote único de
terreno ubicado en el distrito
(Se publica la presente Resolución a solicitud de
la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho,
mediante Ofi cio N° 522-2014-SG-MDSJL, recibido el 25
de agosto de 2014)
RESOLUCIÓN SUBGERENCIAL
N° 241-2013-SGHU-GDU/MDSJL
San Juan de Lurigancho, 26 de setiembre de 2013
LA SUB GERENCIA DE HABILITACIONES
URBANAS DE LA GERENCIA DE
DESARROLLO URBANO DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN
DE LURIGANCHO.
VISTO:
El Expediente Administrativo Nº 09534-R1-2013,
de fecha 20 de febrero del 2013, mediante el cual la
Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración
Tributaria - SUNAT, debidamente representado por el
Jefe de la Unidad Ejecutora “Inversión Pública SUNAT”,
el señor Jorge Luis Napuri Torres, solicita la Aprobación
del Proyecto de Habilitación Urbana Nueva como Lote
Único - Modalidad D: Aprobación con evaluación previa
de Comisión Técnica, para uso de Comercio Zonal - CZ
y Vivienda Taller - VT, del terreno de 2,169.50 m2 ubicado
en la Av. Santa Rosa de Lima Sur Mz. X Sub Lote Nº 9A
del Lote Nº 9 de la Urbanización Canto Grande Unidad
15, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y
departamento de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, el Numeral 2.1 del Artículo 2º de la Ley Nº
29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas
y de Edifi caciones, establece que los procedimientos
administrativos regulados en la presente Ley, son únicos
y de aplicación obligatoria a nivel nacional; asimismo,
determinan las responsabilidades de los sujetos
implicados en los procedimientos de habilitación urbana
y de edifi cación;
Que, el Numeral 2.1 del Artículo 2º de la Ley Nº
29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y
de Edifi caciones, modifi cado por Ley N° 29476, señala
que los procedimientos administrativos, regulados en la
presente Ley, son únicos y de aplicación obligatoria a nivel
nacional; además determinan las responsabilidades de los
sujetos implicados en los procedimientos de habilitación
urbana y de edifi cación;
Que, el Numeral 9 del Artículo 4º de la Ley 29090
- Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de
Edifi caciones, modifi cado por Ley N° 29476, indica que las
municipalidades distritales en el ámbito de su jurisdicción,
tienen competencia para la aprobación de proyectos de
habilitación urbana y de edifi cación; ello, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de
Que, mediante Decretos Supremos Nº 024-2008-
VIVIENDA, Nº 025-2008-VIVIENDA y N° 026-2008-
VIVIENDA, se aprueban el Reglamento de Licencias
de Habitación Urbana y Licencias de Edifi cación, el
Reglamento de los Revisores Urbanos y el Reglamento
de Verifi cación Administrativa y Técnica, y modifi catorias,
respectivamente;
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 047, de
fecha 22 de febrero del 2008, se resuelve Aprobar la
Conformación de los miembros de la Comisión Técnica
de Habilitaciones Urbanas del Distrito de San Juan de
Lurigancho;
Que, previamente, esta Sub Gerencia ha constatado
el cumplimiento de los requisitos exigidos por el Decreto
Supremo N° 024-2008-VIVIENDA y modifi catorias,
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