DECRETO DE ALCALDIA N° 003-2014-SEGE-06-MDEA - Aprueban bases para la ejecución del sorteo: Premiación 'Ponte al Día y se un Ganador

Fecha de disposición12 Agosto 2014
Fecha de publicación12 Agosto 2014
El Peruano
Martes 12 de agosto de 2014 529807
de Accesibilidad de Personas con Discapacidad y
Movilidad Reducida” donde establece que el plan de
accesibilidad se escribe dentro del Plan de incentivos
de la mejora de gestión y modernización municipal,
que viene trabajando la Municipalidad de El Agustino
como parte de las políticas de inclusión social en favor
de los grupos más vulnerables como es la población
con discapacidad, los mismos que buscan una
mayor participación en la sociedad con igualdad de
oportunidades, para lo cual es necesario ir eliminando
las barreras físicas y actitudinales que impidan lograr
dicho objetivo. Agregando también que:
Se ha elaborado los objetivos, la fundamentación,
metodología y estrategia para la accesibilidad de las 5
cuadras (10x10 cuadras) más un adicional de 5 cuadras
de los alrededores del Palacio Municipal, cumpliendo así
lo dispuesto por el CONADIS; logrando el cumplimiento
de la meta solicitado;
Finalmente se observa que dicho Plan se encuentra
dentro los causes permitidos por Ley al no contraponerse
a la Ley Orgánica de Municipalidades, motivo por la cual
puesto a consideración del Concejo Municipal a efectos
de su deliberación y eventual aprobación, de acuerdo
al inciso 2 del Artículo 9º y 41º de la Ley Orgánica de
MunicipalidadesLey Nº 27972, el Concejo Municipal por
MAYORIA; con dispensa de la lectura y aprobación del
Acta, aprobó la siguiente
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE
ACCESIBILIDAD PARA PERSONAS CON
DISCAPACIDAD Y PERSONAS CON MOVILIDAD
REDUCIDA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL
AGUSTINO
Artículo Primero.- APROBAR el plan de accesibilidad
para personas con discapacidad y personas con movilidad
reducida de la Municipalidad Distrital de El Agustino,
para el cumplimiento de la META 02: “Diagnóstico de
accesibilidad para personas con discapacidad” del Plan
de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización
Municipal del Año 2014, que como anexo forma parte
integrante de la presente ordenanza.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento
de la presente Ordenanza al Gerente Municipal,
Gerente de Desarrollo Humano y a la Unidad de
Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente -
DEMUNA, en lo que a cada una les corresponde según
sus atribuciones.
Artículo Tercero.- ENCARGAR al Secretario
General la publicación de la presente Ordenanza
en el Diario Of‌i cial El Peruano, al Jefe de Unidad
de Racionalización, Estadística e Informática y
Programación de Inversiones publicar en el Portal del
Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y al Gerente de
Defensoría y Participación Vecinal la publicación de
la Ordenanza en la página Web de la Municipalidad
de El Agustino (www.munielagustino.gob.pe), y su
correspondiente difusión masiva.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICTOR MODESTO SALCEDO RÍOS
Alcalde
1121524-1
Aprueban el Reglamento de la
Ordenanza Nº 565-MDEA, que aprobó
el “Programa de Incentivos del Vecino
Agustiniano Puntual”
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 002-2014-SEGE-06-MDEA
El Agustino, 15 de julio del 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE EL AGUSTINO
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza N° 565-MDEA, publicado
con fecha 10 de Julio de 2014, en el Diario Of‌i cial El
Peruano, se dispuso la Creación del Programa de
Incentivos del Vecino Agustiniano Puntual, por el
cual se identif‌i ca a todos los vecinos del distrito que
cumplen con el pago de sus obligaciones tributarias y
no tributarias;
Que, dentro del citado programa, se aprobó el
Sistema de Premiación, Sorteos y Reconocimiento al
vecino puntual.
Que, a f‌i n de dar cumplimiento a lo dispuesto en
la Ordenanza N° 565-MDEA, es necesario reglamentar
y organizar el referido Programa, que reconoce la
puntualidad del contribuyente de El Agustino, para
así poder ejecutar la organización, adecuación y su
implementación de la norma antes citada mediante
Decreto de Alcaldía.
Estando de acuerdo a lo establecido en el numeral 6)
Orgánica de Municipalidades y a lo previsto en la Tercera
Disposición Transitoria y Final Ordenanza N° 565-MDEA;
Estando de acuerdo a lo establecido en el numeral
6) del Art. 20º, Art. 42º y 80º de la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley Nº27972;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de la
Ordenanza N° 565-MDEA, que Dispone la Creación del
Programa de Incentivos del Vecino Agustiniano Puntual,
y del cual se encuentra contenido en el anexo que forma
parte integrante del presente Decreto de Alcaldía, que
está conformado por un total de catorce (14) Artículos y
dos (02) Disposiciones Finales.
Artículo Segundo.- ENCARGAR al Gerente
Municipal a través del Gerente de Rentas. Gerente de
Administración y Finanzas y Gerente de Planificación
el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, al
Secretario General la publicación en el Diario Oficial El
Peruano y poner en conocimiento a las demás oficinas
de esta municipalidad para su debido cumplimiento; y
a la Unidad de Imagen, Prensa, Relaciones Públicas y
Protocolo su correspondiente difusión masiva.
Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía
entrará en vigencia a partir del día siguiente de su
publicación.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
VICTOR MODESTO SALCEDO RÍOS
Alcalde
1121525-1
Aprueban bases para la ejecución del
sorteo: Premiación “Ponte al Día y sé
un Ganador”
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 003-2014-SEGE-06-MDEA
El Agustino, 15 de julio del 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE EL AGUSTINO
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza N° 565-MDEA, publicado
con fecha 10 de Julio de 2014, en el Diario Of‌i cial

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR