ORDENANZA N° 325-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR - Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Dirección Regional Agraria de Amazonas

Fecha de disposición30 Mayo 2013
Fecha de publicación30 Mayo 2013
SecciónSección Única
El Peruano
Jueves 30 de mayo de 2013 495757
en la necesidad de implementar como ocupadas las
plazas de Director de Sistema Administrativo IV, Nivel
Remunerativo F5, Gerente Sub Regional; Director
de Sistema Administrativo II, Nivel Remunerativo F3,
Director de Planif‌i cación y Presupuesto; Director de
Sistema Administrativo II, Nivel Remunerativo F3,
Director de Administración y Director de Sistema
Administrativo II, Nivel Remunerativo F3, Director de
Infraestructura y Medio Ambiente, sin que ello varíe el
número total de cargos aprobados desde su constitución
como Gerencia Sub Regional.
Que, el indicado documento de gestión de la Gerencia
Sub Regional de Utcubamba, ha sido formulado, de
conformidad con lo dispuesto por el Artículo 11º del
Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, que señala: que
para la elaboración del CAP, las entidades deberán
seguir los criterios y disposiciones que se detallan a
continuación: a) se formula a partir de la estructura
orgánica debidamente aprobada por el ROF de la
Entidad, b) Debe observar las disposiciones sobre
clasif‌i cación de cargos que se encuentran vigentes.
Que, con Dictamen Nº 003-2013-GOBIERNO
REGIONAL AMAZONAS/CR-COPPy AT, de fecha 15 de
Abril del 2013, la Comisión Ordinaria de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo
Regional de Amazonas, contando con la opinión técnica
favorable de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional
e Informática del Gobierno Regional Amazonas, y con
la opinión legal favorable de la Of‌i cina Regional de
Asesoría Jurídica del Gobierno Regional, ha propuesto
al pleno del Consejo Regional Aprobar el Cuadro
para Asignación de Personal – CAP modif‌i cado de la
Gerencia Sub Regional de Utcubamba, por encontrarse
arreglada a ley.
Que, el literal o) del Artículo 21º de la Ley Nº 27867
por la Ley Nº 29053, establece, que es atribución del
Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales
o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo
de quince (15) días hábiles y ejecutar los Acuerdos del
Consejo Regional.
Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión
Ordinaria de Consejo Regional Nº 08, mediante Acuerdo
Nº 076, de fecha 17 de Abril del 2013, contando con el
voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso
de las facultades conferidas por el Inc. a) del Artº 37º,
concordante con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 y su
modif‌i catoria Nº 27902 – Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales.
Se ha aprobado la Ordenanza siguiente:
Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para
Asignación de Personal – CAP modif‌i cado de la
Gerencia Sub Regional de Utcubamba, que en 09
folios, forma parte integrante de la presente Ordenanza
Regional.
Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la
presente Ordenanza en el Diario Of‌i cial El Peruano y en
el Portal Electrónico del Gobierno Regional Amazonas.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Amazonas, para su promulgación.
En Chachapoyas, a los 18 días del mes de abril del
2013.
WALTER HUGO SANCHEZ FERNANDEZ
Consejero Delegado
Consejo Regional Amazonas
POR TANTO:
Mando se registre, publíque y cumpla.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de
Amazonas, a los 19 ABR. 2013.
JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO
Presidente Gobierno Regional de Amazonas
942816-1
Aprueban el Reglamento de
Organización y Funciones - ROF y el
Cuadro para Asignación de Personal -
CAP de la Dirección Regional Agraria
de Amazonas
ORDENANZA REGIONAL
Nº 325-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
AMAZONAS
POR CUANTO:
De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y
192º de la Constitución Política del Estado, modif‌i cado por
la Ley de Reforma Constitucional del capítulo XIV del título
IV sobre Descentralización, Ley Nº 27680; Ley de Bases
de la Descentralización, Ley Nº 27783; Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, sus modif‌i catorias,
28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demás normas
complementarias; y,
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad
popular, son personas jurídicas de derecho público, con
autonomía política, económica y administrativa, teniendo
por misión, organizar y conducir la gestión pública
regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas,
compartidas y delegadas, en el marco de las políticas
nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo
integral y sostenible de la región, conforme lo expresan
los Artículos , y de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se
rigen por los principios de exclusividad territorial, legalidad
y simplif‌i cación administrativa.
Que según lo dispuesto en el Inc. a) artículo 15º
concordante con el artículo 39º de la Ley Nº 27867, Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales, modif‌i cada con la
Ley Nº 27902, el Consejo Regional tiene la atribución
de aprobar, modif‌i car o derogar las normas que regulen
o reglamenten los asuntos y materia de competencia
y funciones del Gobierno Regional, así como aprobar
decisiones de carácter Institucional, de interés público y
ciudadano a través de Ordenanzas Regionales.
Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales establece: Las Ordenanzas
Regionales norman asuntos de carácter general, la
organización y la administración del Gobierno Regional y
reglamentan materias de su competencia.
Que, con Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM,
se aprueba los Lineamientos para la Elaboración y
Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal
(CAP), estableciéndose en su Artículo 1º de dicha norma:
Que todas las entidades del Sector Público sean del
Gobierno Nacional, Regional o Local, deben seguir los
lineamientos plasmados en esta norma para la elaboración
y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal
(CAP), la misma norma en el numeral 14.5 del Artículo
14º, precisa que los Cuadros para Asignación de Personal
del Gobierno Regional y de las Direcciones Regionales
Sectoriales se aprueban mediante Ordenanza Regional.
Que, con Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se
aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación
del Reglamento de Organización y Funciones en las
Entidades de la Administración Pública, el mismo que
establece que el ROF es un documento técnico normativo
de gestión que debe contener una adecuada estructura
orgánica de la Entidad y def‌i nición de sus funciones y las
de los órganos que la integran, acorde con los criterios
de diseño y estructura de la Administración Pública, que
establece la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización
de la Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y
optimizar el uso de los recursos públicos e identif‌i car las
responsabilidades específ‌i cas de las entidades públicas y
sus unidades orgánicas.
Que, el Director Regional de Agricultura, ha tramitado
a este Gobierno Regional para su aprobación por el

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