RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 141-2014-CE-PJ - Reubican juzgado de trabajo transitorio y dictan disposiciones para el conocimiento de procesos judiciales a cargo de órganos jurisdiccionales del distrito de Chimbote, Corte Superior de Justicia del Santa

Fecha de disposición04 Mayo 2014
Fecha de publicación04 Mayo 2014
El Peruano
Domingo 4 de mayo de 2014
522282
Reubican juzgado de trabajo
transitorio y dictan disposiciones para
el conocimiento de procesos judiciales
a cargo de órganos jurisdiccionales del
distrito de Chimbote, Corte Superior
de Justicia del Santa
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 141-2014-CE-PJ
Lima, 23 de abril de 2014
VISTO:
El Of‌i cio N° 321-2014-GO-CNDP-CE-PJ e Informe
N° 043-2014-GO-CNDP-CE/PJ, remitidos por el Gerente
Operacional de la Comisión Nacional de Descarga
Procesal, respecto a la prórroga de órganos jurisdiccionales
transitorios liquidadores.
CONSIDERANDO:
Primero. Que por Resolución Administrativa Nº 029-
2008-CE-PJ del 30 de enero de 2008, y sus modif‌i catorias,
se establece que la f‌i nalidad de la Comisión Nacional de
Descarga Procesal es conducir el seguimiento y monitoreo
de la descarga procesal en los órganos jurisdiccionales
transitorios y permanentes a nivel nacional; así como
proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las
acciones complementarias que permitan operativizar
dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales
tienen como f‌i nalidad monitorear el funcionamiento de
los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes,
a f‌i n de coadyuvar al logro del objetivo institucional,
dando cuenta a la Comisión Nacional de Descarga
Procesal, para cuyos f‌i nes se aprobaron los instrumentos
normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen
el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales materia
de evaluación.
Segundo. Que la Directiva N° 001-2012-CE-
PJ, denominada “Lineamientos Uniformes para el
Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales
de Descarga Procesal”, aprobada por Resolución
Administrativa N° 031-2012-CE-PJ de fecha 2 de marzo
de 2012, y sus modif‌i catorias, establece normas para la
organización y funcionamiento de la Comisión Nacional de
Descarga Procesal y Comisiones Distritales de Descarga
Procesal, a f‌i n de alcanzar una efectiva descongestión de
expedientes.
Tercero. Que el artículo cuarto de la Resolución
Administrativa N° 245-2012-CE-PJ, del 5 de diciembre
de 2012, prevé que las posibles necesidades de
incremento de órganos jurisdiccionales deberán ser
cubiertas prioritariamente mediante la reubicación
y/o conversión de otros órganos jurisdiccionales,
permanentes o transitorios, o mediante la creación de
nuevos órganos jurisdiccionales siempre que se tenga
el respectivo f‌i nanciamiento.
Cuarto. Que mediante Resolución Administrativa N°
107-2014-CE-PJ, de fecha 26 de marzo del año en curso,
se dispuso la prórroga de funcionamiento del 4º Juzgado
de Trabajo Transitorio del Distrito de Chimbote, Corte
Superior de Justicia del Santa, hasta el 30 de abril del
presente año.
Quinto. Que mediante Informe N° 043-2014-GO-
CNDP-CE/PJ, emitido por el Gerente Operacional
de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, se
ha realizado el análisis y evaluación de los órganos
jurisdiccionales transitorios correspondientes a la Corte
Superior de Justicia del Santa, cuya prórroga vence
el 30 de abril de 2014, en el cual se ha llegado a las
siguientes conclusiones: a) Se ve por conveniente
que la labor liquidadora de la antigua Ley Procesal del
Trabajo que realizan seis (6) órganos jurisdiccionales (2
permanentes y 4 transitorios), ubicados en el Distrito de
Chimbote, Corte Superior de Justicia del Santa, recaiga
solamente en tres (3) órganos jurisdiccionales transitorios
debido a que la carga pendiente al mes de enero de
2014 ascendió a 2,221 expedientes, correspondiéndole
a cada dependencia judicial la cantidad de 740
expedientes en promedio. b) Respecto al requerimiento
efectuado por el Presidente de la Corte Superior de
Justicia del Santa, la Gerencia Operacional concuerda
con la propuesta para que el 5º y 6º Juzgado de Trabajo
Permanentes, a partir del 1 de mayo de 2014, conozcan
los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal
del Trabajo, para lo cual deberán iniciar sus gestiones
con carga cero, distribuyendo su carga procesal de
manera equitativa entre el 1º, 2º y 3º Juzgados de
Trabajo Transitorios del Distrito de Chimbote. c) El 4º
Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito de Chimbote
ha presentado bajo nivel resolutivo a enero de 2014,
por lo que resulta conveniente su reubicación como
Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito de San Juan
de Lurigancho, Corte Superior de Justicia de Lima, por
un periodo de seis (6) meses, en apoyo a la descarga
procesal del 2º Juzgado Mixto Transitorio del mismo
distrito, siendo su carga procesal pendiente redistribuida
entre el 1º, 2º y 3º Juzgados de Trabajo Transitorios del
Distrito de Chimbote.
Sexto. Que la facultad de convertir y reubicar órganos
jurisdiccionales; así como aprobar la demarcación de
los Distritos Judiciales y la modif‌i cación de su ámbito
de competencia territorial y funcional, es una atribución
conferida al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, conforme
a lo dispuesto en el artículo 82°, inciso 25), del Texto Único
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 294-
2014 de la décimo primera sesión del Consejo Ejecutivo del
Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de
los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros
Cornejo, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas, sin la
intervención del señor Meneses Gonzales por encontrarse
de licencia. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Reubicar a partir del 1 de mayo y
hasta el 31 de octubre del año en curso, el 4º Juzgado de
Trabajo Transitorio del Distrito de Chimbote, Corte Superior
de Justicia del Santa, como Juzgado de Trabajo Transitorio
del Distrito de San Juan de Lurigancho, Distrito Judicial de
Lima, (a partir del 5 de mayo Corte Superior de Justicia de
Lima Este).
Artículo Segundo.- Disponer las siguientes acciones
administrativas:
• A partir del 1 de mayo de 2014, el 5º y 6º Juzgados
de Trabajo Permanentes del Distrito de Chimbote, Corte
Superior de Justicia del Santa, conocerán los procesos
judiciales bajo la Nueva Ley Procesal del Trabajo.
• Redistribuir entre el 1º, 2º, y 3º Juzgado de Trabajo
Transitorios del Distrito de Chimbote, la carga procesal
pendiente del 5º y 6º Juzgados de Trabajo Permanentes;
así como del 4º Juzgado de Trabajo Transitorio del mismo
distrito.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al
Presidente del Poder Judicial, Presidente de la Comisión
Nacional de Descarga Procesal, Jefe de la Of‌i cina de
Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes
de las Cortes Superiores de Justicia Lima y del Santa; así
como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su
conocimiento y f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente
1078846-5
ORGANOS AUTONOMOS
BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de funcionario a
Uruguay, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO
N° 035-2014-BCRP
Lima, 2 de mayo de 2014

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