RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 218-2014-CE-PJ - Prorrogan funcionamiento, modifican denominación, reubican y dictan otras disposiciones relativas a órganos jurisdiccionales de diversos Distritos Judiciales

Fecha de disposición03 Julio 2014
Fecha de publicación03 Julio 2014
El Peruano
Jueves 3 de julio de 2014
526764
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO
DEL PODER JUDICIAL
Prorrogan funcionamiento, modifican
denominación, reubican y dictan
otras disposiciones relativas a órganos
jurisdiccionales de diversos Distritos
Judiciales
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 218-2014-CE-PJ
Lima, 27 de junio de 2014
VISTOS:
El Of‌i cio N° 478-2014-GO-CNDP-CE-PJ e Informe N°
066-2014-GO-CNDP-CE/PJ, cursados por la Gerencia
Operacional de la Comisión Nacional de Descarga
Procesal y Of‌i cio Superior Nº 78-2014-P-CSJPU/PJ,
remitido por el Presidente de la Corte Superior de Justicia
de Puno.
CONSIDERANDO:
Primero. Que mediante Resolución Administrativa
Nº 029-2008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008 y sus
modif‌i catorias, se establece que la f‌i nalidad de la
Comisión Nacional de Descarga Procesal es conducir
el seguimiento y monitoreo de la descarga procesal en
los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes a
nivel nacional; así como proponer al Órgano de Gobierno
del Poder Judicial las acciones complementarias que
permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las
Comisiones Distritales tienen como f‌i nalidad monitorear
el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales
transitorios y permanentes, a f‌i n de coadyuvar al logro
del objetivo institucional, dando cuenta a la Comisión
Nacional de Descarga Procesal para cuyos f‌i nes se
aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y
procedimientos que optimicen el funcionamiento de los
órganos jurisdiccionales materia de evaluación.
Segundo. Que la Directiva N° 001-2012-CE-
PJ, denominada “Lineamientos Uniformes para el
Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales
de Descarga Procesal”, aprobada por Resolución
Administrativa N° 031-2012-CE-PJ del 2 de marzo de
2012, y sus modif‌i catorias, establece normas para la
organización y funcionamiento de la Comisión Nacional
de Descarga Procesal y Comisiones Distritales de
Descarga Procesal, con el f‌i n de alcanzar una efectiva
descongestión de expedientes.
Tercero. Que mediante Resolución Administrativa
Nº 245-2012-CE-PJ de fecha 5 de diciembre de 2012,
se aprobaron los estándares de expedientes resueltos a
nivel nacional en sedes principales de Cortes Superiores
de Justicia.
Cuarto. Que por Resolución Administrativa Nº
287-2013-CE-PJ de fecha 28 de noviembre de 2013,
se dispuso la reubicación del 2º Juzgado Mixto de la
Provincia de Melgar, como 3º Juzgado Mixto del Distrito
de Juliaca, Provincia de San Román, Corte Superior de
Justicia de Puno, por un periodo de seis meses, a partir
del 1 de enero hasta el 30 de junio del presente año.
Quinto. Que, en ese contexto, la Presidencia
de la Corte Superior de Justicia de Puno somete a
consideración de este Órgano de Gobierno la propuesta
de prórroga de funcionamiento del mencionado órgano
jurisdiccional por un periodo de seis meses, sustentando
su petición en la necesidad de continuar con la descarga
procesal.
Sexto. Que, al respecto, la Comisión Nacional de
Descarga Procesal ha efectuado la respectiva evaluación
en base a la información estadística registrada y disponible
en los sistemas informáticos de este Poder del Estado,
recomendando la prórroga del funcionamiento del referido
órgano jurisdiccional.
Sétimo. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único
Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina
como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas
necesarias para que las dependencias de este Poder del
Estado funcionen con celeridad y ef‌i ciencia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N°
542-2014 de la vigésimo segunda sesión del Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la
intervención de los señores Mendoza Ramírez, Lecaros
Cornejo, Meneses Gonzales y Escalante Cárdenas, sin la
intervención de los señores De Valdivia Cano y Taboada
Pilco, por encontrarse de licencia; de conformidad con lo
previsto en el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de julio
y hasta el 30 de setiembre de 2014, el funcionamiento
temporal del 3° Juzgado Mixto Permanente de Juliaca,
Provincia de San Román, Corte Superior de Justicia de
Puno.
Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución
al Presidente del Poder Judicial, Of‌i cina de Control de la
Magistratura, Presidencia de la Corte Superior de Justicia
de Puno, Comisión Nacional de Descarga Procesal,
Presidentes de los Equipos Técnicos de Implementación
Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder
Judicial, para su conocimiento y f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente
1105187-1
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 220-2014-CE-PJ
Lima, 27 de junio de 2014
VISTOS:
El Of‌i cio N° 530-2014-GO-CNDP-CE-PJ e Informe N°
071-2014-GO-CNDP-CE/PJ, cursados por la Gerencia
Operacional de la Comisión Nacional de Descarga
Procesal, respecto a la propuesta de prórroga de órganos
jurisdiccionales transitorios.
CONSIDERANDO:
Primero. Que por Resolución Administrativa Nº 029-
2008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008, y sus modif‌i catorias,
se establece que la f‌i nalidad de la Comisión Nacional de
Descarga Procesal es conducir el seguimiento y monitoreo
de la descarga procesal en los órganos jurisdiccionales
transitorios y permanentes a nivel nacional; así como
proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las
acciones complementarias que permitan operativizar
dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales
tienen como f‌i nalidad monitorear el funcionamiento de
los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes,
a f‌i n de coadyuvar al logro del objetivo institucional,
dando cuenta a la Comisión Nacional de Descarga
Procesal, para cuyos f‌i nes se aprobaron los instrumentos
normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen
el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales materia
de evaluación.
Segundo. Que la Directiva N° 001-2012-CE-
PJ, denominada “Lineamientos Uniformes para el
Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales
de Descarga Procesal”, aprobada por Resolución
Administrativa N° 031-2012-CE-PJ del 2 de marzo de
2012, y sus modif‌i catorias, establece normas para la
organización y funcionamiento de la Comisión Nacional
de Descarga Procesal y Comisiones Distritales de
Descarga Procesal, con el f‌i n de alcanzar una efectiva
descongestión de expedientes.
Tercero. Que, asimismo, por Resolución Administrativa
Nº 245-2012-CE-PJ, del 5 de diciembre de 2012, se

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