DECRETO DE ALCALDIA N° 017-2013/MM - Aprueban el 'Plan de gestión de residuos de la construcción y demolición depositados en espacios públicos y de obras menores'

Fecha de disposición25 Diciembre 2013
Fecha de publicación25 Diciembre 2013
El Peruano
Miércoles 25 de diciembre de 2013 510877
80 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; Ley
Nº 27314 – General de Residuos Sólidos; Ley Nº 29090
de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edif‌i caciones;
así como los Decretos Supremos Nos. 057-2004-PCM,
002-2013-EF y 003-2013-VIVIENDA;
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Gestión de
Residuos de la Construcción y Demolición depositados en
espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad
Distrital de San Martín de Porres, el mismo que como
Anexo forma parte integrante del presente decreto.
Artículo Segundo.- DISPONER que se remita la
publicación del presente decreto de alcaldía, así como
el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y
Demolición depositados en espacios públicos y de obras
menores de la Municipalidad Distrital de San Martín de
Porres, a la Of‌i cina de Medio Ambiente del Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de
Servicios Públicos y Medio Ambiente la implementación
y ejecución del Plan de Gestión de Residuos de la
Construcción y Demolición depositados en espacios
públicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital
de San Martín de Porres.
Artículo Cuarto.- NOTIFICAR el presente decreto
de alcaldía a las unidades orgánicas pertinentes de
la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres a f‌i n
de que brinden las facilidades del caso a la Gerencia
de Servicios Públicos y Medio Ambiente respecto a la
implementación y ejecución del Plan de Gestión de
Residuos de la Construcción y Demolición depositados en
espacios públicos y de obras menores.
Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del
presente decreto de alcaldía en el Diario Of‌i cial El
Peruano, así como en el Portal de Transparencia de
la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, de
acuerdo a la normatividad legal vigente.
Artículo Sexto.- EL PRESENTE decreto de alcaldía
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en
el Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
FREDDY S. TERNERO CORRALES
Alcalde
1031755-1
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Aprueban el Plan de Gestión de Residuos
de la Construcción y Demolición
depositados en espacios públicos y de
obras menores de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 22-2013-MSS
Santiago de Surco, 19 de diciembre de 2013
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO:
VISTO: El Memorando Nº 921-2013-GPPDI-MSS de
la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo
Institucional, el Memorándum Nº 1640-2013-SGLPPJ-
GSCMA-MSS y el Informe Técnico Nº 135-2013-VSA-
SGLPPJ-GSCMA-MSS de la Gerencia de Servicios a la
Ciudad y Medio Ambiente, el Informe Nº 957-2013-GAJ-
MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27314 – Ley General de Residuos
Sólidos, establece derechos, obligaciones, atribuciones
y responsabilidades de la sociedad en su conjunto para
asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos,
sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a
los Principios de Minimización, Prevención de Riesgo
Ambiental y Protección de Salud y el bienestar de la
persona humana; la gestión de los residuos sólidos en el
país tiene como f‌i nalidad su manejo integral y sostenible,
mediante la articulación, integración y compatibilización
de las políticas, planes, programas, estrategias y acciones
de quienes intervienen en la gestión y el manejo de los
residuos sólidos;
Que, la Segunda Disposición Complementaria,
Transitoria y Final del Reglamento de la Ley General de
Residuos Sólidos aprobado por el Decreto Supremo Nº
057-2004-PCM establece la obligación de una adecuada
disposición f‌i nal de residuos cualquiera sea su origen así
como la importación de residuos sólidos, por lo que ésta
obligación se hace extensiva a los residuos sólidos de la
construcción y demolición resultantes de las actividades de
construcción, rehabilitación, restauración, remodelación y
demolición de edif‌i caciones e infraestructura;
Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades, establece que los gobiernos locales
representan al vecindario, promueven la adecuada
prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo
integral, sostenible y armónico de su circunscripción,
y conforme al cardenal 2, numeral 2.1 del artículo 73º,
tienen, dentro del marco de las competencias y funciones
específ‌i cas la que sumen con carácter compartido el
saneamiento ambiental, salubridad y salud, que conlleven
al saneamiento ambiental, así como, la limpieza, higiene
y salubridad en los lugares públicos, lo cual puede realizar
en estrecha coordinación y en forma compartida con la
Municipalidad Provincial y los Órganos Regionales,
conforme lo establece el artículo 75º de la citada Ley;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 276-MSS
del 31.10.2006, Ordenanza que Regula las Actividades
de Recolección y Transporte de Residuos Sólidos No
Peligrosos Proveniente de las Actividades Menores de
Acondicionamiento y Refacción de Edif‌i caciones”, cuyo
objetivo es garantizar su manejo de acuerdo a las normas
vigentes sobre protección del medio ambiente;
Que, con Ordenanza Municipal Nº 264-MSS del
20.07.2006, Ordenanza que Regula la Gestión de los
Residuos Sólidos en el Distrito de Santiago de Surco;
cuyo objetivo es establecer los mecanismos y elementos
necesarios para un adecuado manejo de los residuos
sólidos de manera ordenada y ef‌i ciente, con el propósito
de prevenir riesgos sanitarios, proteger el medio ambiente,
la salud y el bienestar de todos aquellos que circulan
dentro del distrito de Santiago de Surco;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2013-EF
publicado en el Diario Of‌i cial El Peruano el 10.01.2013,
se aprueban los Procedimientos para el cumplimiento
de Metas y la Asignación de los Recursos del Plan de
Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización
Municipal del año 2013, en cuyo anexo Nº 04 se incluye
La Meta 32 “Elaborar un Plan de Gestión de Residuos de
la Construcción y Demolición Depositados en Espacias
Públicos y de Obras Menores”;
Que, con Resolución Ministerial Nº 067-2013-EF/50, se
aprueban los montos máximos de los recursos asignables
a las municipalidades que cumplan con las metas del Plan
de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización
Municipal del Año 2013. En el caso de la Municipalidad
de Santiago de Surco, el monto establecido asciende a
S/. 1’133,767.00 Nuevos Soles y en el anexo Nº 05, se
establecen los ponderadores para la asignación de los
recursos por el cumplimiento de metas al 31 de diciembre
de 2013, en el cual se le asigna el porcentaje del 5% a la
Meta Nº 32, monto que asciende a S/. 28,344.18 Nuevos
Soles;
Que, mediante Memorándum Nº 921-2013-GPPDI-
MSS del 11.12.2013, la Gerencia de Planeamiento,
Presupuesto y Desarrollo Institucional, adjuntando el
Memorándum Nº 1640-2013-SGLPPJ-GSCMA-MSS del
27.11.2013 y el Informe Técnico Nº 135-20133-VSA-
SGLPPJ-GSCMA-MSS del 27.11.2013, de la Subgerencia
de Limpieza Publica, Parques y Jardines, presenta el Plan
de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición
Depositados en Espacios Públicos y de Obras Menores, de
acuerdo a los lineamientos establecidos por el Ministerio
de Ambiente, en su instructivo publicado por el Ministerio
de Economía y Finanzas; el cual se encuentra enmarcado
dentro de la Meta Nº 32 “Elaborar un plan de gestión de
residuos de la construcción y demolición depositados
en espacios públicos y de obras menores” y que se
encuentra fundamentado en la guía para el cumplimiento

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