RESOLUCION N° 015-2014-OEFA/CD - Aprueban las 'Reglas para la atención de denuncias ambientales presentadas ante el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA'

Fecha de disposición09 Abril 2014
Fecha de publicación09 Abril 2014
El Peruano
Miércoles 9 de abril de 2014
520594
Artículo Segundo.- Publicar en el diario of‌i cial El
Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente
Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese
JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN
Presidente Ejecutivo
1071741-1
ORGANISMO DE EVALUACION
Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Aprueban las “Reglas para la atención
de denuncias ambientales presentadas
ante el Organismo de Evaluación y
Fiscalización Ambiental - OEFA
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
Nº 015-2014-OEFA/CD
Lima, 8 de abril de 2014
VISTOS:
El Informe Nº 048-2014-OEFA/OAJ de la Of‌i cina de
Asesoría Jurídica y el Informe Nº 025-2014-OEFA/SINADA
del Servicio de Información Nacional de Denuncias
Ambientales; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria
Final del Decreto Legislativo Nº 1013 - Decreto Legislativo
que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones
del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de
Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como
organismo público técnico especializado, con personería
jurídica de derecho público interno, constituyéndose en
pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y
encargado de la f‌i scalización, la supervisión, el control y la
sanción en materia ambiental;
Que, a través de la Ley Nº 29325 - Ley del Sistema
Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental -
SINEFA, se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector
del citado sistema, el cual tiene por f‌i nalidad asegurar
el cumplimiento de las obligaciones ambientales
f‌i scalizables por parte de todas las personas naturales
o jurídicas; así como supervisar y garantizar que las
funciones de evaluación, supervisión, f‌i scalización,
control y sanción en materia ambiental a cargo de las
diversas entidades del Estado se realicen de forma
independiente, imparcial, ágil y ef‌i ciente;
Que, de acuerdo a lo previsto en el Literal a) del
Numeral 11.2 del Artículo 1 de la Ley Nº 29325 - Ley del
Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental,
modif‌i cado por la Ley Nº 30011, la función normativa del
OEFA comprende la facultad de dictar, en el ámbito y
materia de sus competencias, las normas que regulen
el ejercicio de la f‌i scalización ambiental en el marco del
Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental
(SINEFA);
Que, el Artículo 38º del Reglamento sobre Transparencia,
Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación
y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado
por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM señala que
cualquier persona puede denunciar ante las instancias
correspondientes el incumplimiento de alguna norma
ambiental, acompañando los elementos probatorios del
caso;
Que, con la f‌i nalidad de atender de forma oportuna las
denuncias ambientales presentadas ante el OEFA, a través
del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA,
se implementó el Servicio de Información Nacional de
Denuncias Ambientales;
Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº
010-2014-OEFA/CD del 5 de febrero del 2014 se dispuso la
publicación de la propuesta de “Reglamento para la atención
de denuncias ambientales presentadas ante el Organismo
de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA”, en el
Portal Institucional de la entidad con la f‌i nalidad de recibir
los respectivos comentarios, sugerencias y observaciones
de la ciudadanía en general por un período de diez (10)
días hábiles contados a partir de la publicación de la citada
Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo
39º del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la
Información Pública Ambiental y Participación y Consulta
Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM;
Que, habiéndose recabado comentarios, sugerencias y
observaciones de los interesados, corresponde aprobar el
texto def‌i nitivo de las Reglas para la atención de denuncias
ambientales presentadas ante el Organismo de Evaluación
y Fiscalización Ambiental - OEFA;
Que, tras la absolución y análisis de los aportes
recibidos durante el período de publicación de la
propuesta normativa, mediante Acuerdo Nº 017-2014
adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 012-2014 del 8 de
abril del 2014, el Consejo Directivo del OEFA decidió
aprobar las “Reglas para la atención de denuncias
ambientales presentadas ante el Organismo de
Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA”, por lo
que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante
Resolución de Consejo Directivo, habiéndose establecido
la exoneración de la aprobación del Acta respectiva a f‌i n
de asegurar su vigencia inmediata;
Contando con el visado de la Secretaría General y la
Of‌i cina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29325
- Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización
Ambiental, así como en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el Literal n) del Artículo 8º y Literal n) del
Artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones
del OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2009-
MINAM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar las “Reglas para la atención de
denuncias ambientales presentadas ante el Organismo
de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA”,
las cuales constan de veintiséis (26) Artículos, cuatro
(4) Disposiciones Complementarias Finales y una (1)
Disposición Complementaria Transitoria.
Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente
Resolución y la norma aprobada en su Artículo 1º en el
diario of‌i cial El Peruano y en el Portal Institucional del OEFA
(www.oefa.gob.pe).
Artículo 3º.- Disponer la publicación en el Portal
Institucional del OEFA (www.oefa.gob.pe) de la Exposición
de Motivos de la presente Resolución, así como de la matriz
que sistematiza y absuelve los comentarios, observaciones
y sugerencias recibidas por la Entidad durante el período
de publicación del proyecto normativo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC
Presidente del Consejo Directivo
Organismo de Evaluación
y Fiscalización Ambiental - OEFA
REGLAS PARA LA ATENCIÓN
DE DENUNCIAS AMBIENTALES PRESENTADAS
ANTE EL ORGANISMO DE EVALUACIÓN
Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL - OEFA
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
La presente norma regula el ejercicio del derecho
a la presentación de denuncias ambientales ante el

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