ORDENANZA N° 222-CDPP - Modifican la Ordenanza N° 203-CDPP que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad

Fecha de publicación26 Junio 2013
Fecha de disposición26 Junio 2013
El Peruano
Miércoles 26 de junio de 2013
498104
Municipalidad Distrital de Pucusana, en la suma mensual de
S/253.50 (Doscientos Cincuenta y Tres con 50/100 Nuevos
Soles), por asistencia efectiva a cada Sesión de Concejo,
abonándose hasta un máximo de cuatro sesiones al mes;
Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 021–2013/
MDP de fecha 17 de Abril del 2013, se aprueba la
nueva Comisiones de Trabajo de los Regidores de la
Municipalidad Distrital de Pucusana;
Que, para el cumplimiento de sus funciones las
Comisiones de Trabajo de los Regidores, requieren
dedicarle mayor parte del tiempo para realizar tareas
productivas, así como participar en compromisos
ineludibles, actividades importantes y que no se pueden
posponer, reuniones imprevistas, visitas inesperadas,
etc.; de conformidad con lo que establece la Ley Orgánica
de Municipalidades Ley Nº 27972;
Que, mediante Informe Nº 576-A-2013/OAJ/MDP de
fecha 24 de Mayo del 2013, el Jefe de la Of‌i cina de Asesoría
Jurídica emite informe favorable sobre el requerimiento
de los señores Regidores de la Municipalidad Distrital
de Pucusana, el mismo que cuenta con base legal y la
normatividad vigente, elevándose a Sesión de Concejo
el proyecto, para su aprobación por el Concejo Municipal;
Que, la Secretaria General de la municipalidad
requiere a los Regidores precisen su votación y se obtuvo
el siguiente resultado de la votación:
SEÑOR VICENTE MAXIMILIANO CAYCHO FAUSTINO : A FAVOR
SEÑOR LUIS QUEVEDO NUÑEZ : A FAVOR
SEÑORA VICTORIA YOANY VILLENA BAMBAREN : A FAVOR
SEÑORA NORMA ROSAURA ZUTA BAQUERIZO : A FAVOR
SEÑOR EDWAR OMAR ALVAREZ CANALES : A FAVOR
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades –Ley
Nº 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; y, con
la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta,
ha adoptado el siguiente:
ACUERDO:
Artículo Primero.- Modif‌i car el 2do. Artículo del
Acuerdo de Concejo Nº 004-2011/MDP que establece
la Dieta de los señores Regidores de la Municipalidad
Distrital de Pucusana.
Reduciéndose el número de Sesiones de Concejo
pagadas a sólo dos por mes, en vez de cuatro como hasta
ahora se estaba aplicando.
Artículo Segundo.- Reajustar la Dieta de cada uno de los
señores Regidores de la Municipalidad Distrital de Pucusana,
en la suma de S/507.00 (Quinientos Siete con 00/100 Nuevos
Soles), por asistencia efectiva a cada Sesión de Concejo,
abonándose hasta un máximo de dos sesiones al mes.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal,
Of‌i cina de Asesoría Jurídica, Of‌i cina de Planeamiento y
Presupuesto, Unidad de Contabilidad, Unidad de Tesorería
y demás áreas competentes, de tomar las acciones
pertinentes para el cumplimiento del presente acuerdo.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y luego
archívese.
PEDRO PABLO FLORIAN HUARI
Alcalde
954774-1
MUNICIPALIDAD DE
PUENTE PIEDRA
Modifican la Ordenanza Nº 203-
CDPP que aprobó el Reglamento
de Organización y Funciones de la
Municipalidad
ORDENANZA Nº 222-CDPP
Puente Piedra, 20 de junio de 2013
EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUENTE PIEDRA
VISTO: en Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe
Nº 089-2013/SGDE/GDUE/MDPP, de la Subgerencia de
Desarrollo Económico, el Informe Nº 168-2013-GDUE/
MDPP de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico,
el Informe Nº 194-2013-GAJ-MDPP de la Gerencia de
Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 625-2013-GM/
MDPP de la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 194º de la
Constitución Política del Perú, en concordancia con el
artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, se reconoce a los gobiernos
locales autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia;
Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, que otorga facultades exclusivas a las
municipalidades distritales en materia de organización
del espacio físico y uso del suelo; así como, para normar,
regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y
realizar la f‌i scalización de la apertura de establecimientos
comerciales, industriales y de actividades profesionales de
acuerdo con la zonif‌i cación; y en materia de abastecimiento
y comercialización de productos y servicios, el otorgar
licencias para la apertura de establecimientos comerciales,
industriales, profesionales y/o servicios;
Que, en virtud de ello, mediante Ordenanza Nº 203-
MDPP, publicada el 10 de agosto de 2012, se aprobó
el Reglamento de Organización y Funciones de la
Municipalidad de Puente Piedra;
Que, en mérito a la revisión de los procedimientos
tramitados ante la Municipalidad se ha determinado que
af‌i n de cumplir estrictamente con la Ley Nº 28976, Ley
Marco de Licencia de Funcionamiento y sus Disposiciones
Finales, Transitorias y Complementarias; la cual busca la
mejora de la coordinación entre las diversas unidades
involucradas, resulta pertinente modif‌i car el Reglamento
de Organización y Funciones de la Municipalidad de
Puente Piedra, y de manera consecuente, modif‌i car el
Manual de Organización y Funciones;
Estando a los fundamentos expuestos y de conformidad
con lo establecido en los artículos 9º numeral 8), 39º y 40º
el VOTO UNÁNIME del pleno del Concejo y con dispensa
del trámite de lectura y aprobación del acta se aprueba lo
siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA
Nº 203-CDPP QUE APROBÓ EL REGLAMENTO
DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Artículo 1º.- Incorporar el inciso w) al artículo 59º y
modif‌i car el inciso q) del artículo 61º del Reglamento de
Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de
Puente Piedra, aprobado mediante Ordenanza Nº 203-
MDPP, los cuales quedarán redactados de la siguiente
forma:
“Artículo 59º.- Son funciones de la Subgerencia de
Desarrollo Económico:
v. Coordinar directamente con la Subgerencia de
Defensa Civil las Inspecciones Técnicas de Seguridad en
Defensa Civil y demás asuntos dentro del ámbito de su
competencia.
w. Otras funciones delegadas por la Gerencia de
Desarrollo Urbano y Económico que le sean dadas por las
normas municipales.”
“Artículo 61º.- Son funciones de la Subgerencia de
Defensa Civil
q. Emitir las resoluciones de conclusión del
procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en
Defensa Civil y demás resoluciones de su nivel para el
cumplimiento de sus funciones.”
Artículo 2º.- Déjese sin efecto cualquier otra
disposición que se oponga a la presente ordenanza.

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