ORDENANZA N° 311/MDC - Aprueban Ordenanza de reconocimiento de la Mesa de Concertación de Salud y Medio Ambiente del distrito .

EmisorMUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Fecha de la disposición21 de Septiembre de 2014
El Peruano
Domingo 21 de setiembre de 2014
533092
Artículo Segundo.- FINALIDAD
Su nalidad es la coordinación, articulación,
implementación y ejecución de políticas públicas en el
ámbito de la prevención y promoción de los derechos de
niñas, niños y adolescentes, así como en salud sexual
y reproductiva de los adolescentes considerando el
desarrollo de emprendimientos empresariales tanto en
jóvenes y adolescentes, como en mujeres en edad fértil
de las diversas actividades que se desarrollan en las
Gerencias de la Mujer y desarrollo humano,la Gerencia
de Salud, Gestión Alimentaria y Proyección Social y la
Gerencia de Desarrollo Económico respectivamente.
Artículo Tercero.- PRINCIPIOS BASICOS
Establecer la presencia de la autoridad municipal en la
comunidad distrital, principalmente en aquellos sectores
de mayor grado de vulneración de sus derechos en
materia de salud sexual y reproductiva, para promover
y garantizar su acceso en el desarrollo de las políticas
públicas integrales que tienden al fortalecimiento
familiar y comunitario, considerando permanentemente:
la solidaridad social, el respeto a las personas y a las
instituciones, la libertad de acción, la no discriminación y
la equidad de género.
Artículo Cuarto.- DE LA POLÍTICA DE SALUD
MUNICIPAL
CONSIDÉRESE el presente programa como parte de
la política de salud municipal en el marco de la prevención
y la promoción de la salud sexual y reproductivaque
realiza la Municipalidad distrital de Carabayllo, el mismo
que considera los siguientes ámbitos:
Ámbito educativo: Coordinación permanente a
través de convenios para desarrollar conocimientos y
capacidades en los diferentes niveles de escolaridad.
Ámbito Vecinal: Coordinación permanente con
las organizaciones sociales y vecinales para promover
y concertar políticas públicas en materia de familia y
relaciones familiares como elementos básicos de la
sociedad y medio natural para el crecimiento y bienestar
de sus miembros.
Artículo Quinto.- SOSTENIBILIDAD A TRAVES DEL
CONSEJO TECNICO
CREASE el Consejo Técnico de prevención y promoción
integral de derecho a la salud sexual y reproductiva del
distrito de Carabayllo, el mismo que estará conformado por
las Gerencias de la Mujer Desarrollo Humano, Gerencia
de Salud, Gestión Alimentaria y Proyección Social.
La coordinación de este Consejo estará a cargo de
la Gerencia de Salud, Gestión Alimentaria y Proyección
Social.
Su nalidad es garantizar la elaboración e
implementación de políticas públicasque garanticen y
fortalezcan la buena relación entre los miembros de la
familia así como el derecho a la salud sexual y reproductiva.
Deberá asimismo prever en el plan operativo institucional
de cada una de las gerencias que lo conforman los
programas, proyectos o actividades que desarrollaran en
los periodos subsiguientes para prevenir de esa manera
las respectivas disponibilidadespresupuestales.
El Consejo Técnico, con la nalidad de mejorar la
e ciencia y e cacia de las acciones que realiza en la
implementación del programa integral de salud sexual y
reproductiva, organizará y evaluará los datos estadísticos
que provengan de los distintos programas, proyectos
y actividades que se desarrollen en materia de salud
sexual y reproductiva; esta responsabilidad recaerá en la
gerencia de salud.
Artículo Sexto.- La Municipalidad de Carabayllo a
través de las gerencias que conforman el consejo técnico
de prevención y promoción integral de derecho a la salud
sexual y reproductiva, procederá a la elaboración de
proyectos de inversión pública a través del presupuesto
participativo anual para abordar la salud sexual y
reproductiva en el marco de los determinantes sociales
Artículo Sétimo.- Las diversas gerencias que
desarrollen planes de acción relacionados con la salud
sexual y reproductiva deberán ser coordinados para su
monitoreo especializado por la Gerencia de Salud, Gestión
Alimentaria y Proyección Social como responsable de
este programa
Artículo Octavo.- FACULTAR al señor Alcalde para
que, mediante Decreto de Alcaldía disponga las medidas
reglamentarias y complementarias necesarias para la
aplicación de la presente Ordenanza Municipal, que
contribuyan a la mejora continua de la prestación del
servicio de salud pública.
Artículo Noveno.- ENCARGAR el cumplimiento
de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal y a
las Gerencias de la Mujer y Desarrollo Humano y de la
Gerencia de Salud, gestión Alimentaria y Proyección
Social.
POR TANTO
Mando se registre, comunique, publique y cumpla.
RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA
Alcalde
1139855-1
Aprueban Ordenanza de reconoci-
miento de la Mesa de Concertación de
Salud y Medio Ambiente del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 311/MDC
Carabayllo, 22 de agosto del 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE
CARABAYLLO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesión
Ordinaria de la fecha;
VISTOS:
El Dictamen Nº 011-2014-CSSYS/MDC de la Comisión
Permanente de Saneamiento Salubridad y Salud en su
Sesión Ordinaria de fecha 15 de agosto del 2014, la misma
que se pronuncia sobre el documento nal que contiene el
Proyecto de Ordenanza Municipal que Reconoce la Mesa
de Concertación de Salud y Medio Ambiente en el distrito
de Carabayllo el mismo que consta de trece (13) artículos
y cuatro (04) disposiciones Finales y Complementarias;
y,
CONSIDERANDO:
Política del Estado consagra la participación en la vida
política, económica, social y cultural de la nación como
atribución inherente a la persona, asimismo, la Ley
Orgánica de Municipalidades señala la competencia
de las municipalidades para promover y organizar
conforme a ley la participación de los ciudadanos,
en el desarrollo integral, lo que permite la creación
y/o reconocimiento de instancias de participación
ciudadana, debidamente aprobadas por el Concejo
Municipal en uso de las atribuciones que le confiere
el artículo 9º incisos 14 y 34 de la Ley Nº 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades;
Que, en el país se han dado avances signi cativos
sobre los derechos de los ciudadanos, siendo uno de
los principales en el aspecto de los derechos sociales,
el concerniente al Medio Ambiente y la Salud en general,
por ende se deben establecer mecanismos concertación
monitoreo y cumplimiento de la normatividad sobre la
salud y el medio ambiente;
Que, la Institución Municipal para su mejor
administración y cumplimiento de los servicios que debe
asumir y en concordancia con el Plan de Desarrollo
Concertado al 2021, como instrumento de Gestión Local
que permite un mejor funcionamiento y relación de la
Municipalidad de Carabayllo con la población en general,

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