ORDENANZA N° 159-2014/MDP - Aprueban la implementación del Programa de Formalización de Recicladores y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en el distrito

Fecha de disposición31 Mayo 2014
Fecha de publicación31 Mayo 2014
El Peruano
Sábado 31 de mayo de 2014 524331
- Suscribir convenios de apoyo entre las organizaciones
y la municipilidad.
- Mantener un padrón actualizado de datos de las
personas con discapacidad que ref‌l eje su situación socio-
económica y número de estos.
- Recepcionar consultas, petitorios y quejas las que
serán evaluadas, pudiendo derivar los casos de acuerdo
a su naturaleza.
- Celebrar convenios con consultorios jurídicos
gratuitos para la resolución de casos jurídicos, sociales,
psicológicos y otros.
- Efectuar campaña de concientización a la comunidad
a través de foros, seminarios, programas de radio y otros
eventos como deportivos, culturales, educativos, cívicas,
religiosas y de recreación.
- Realizar campaña de prevención y diagnóstico de
la discapacidad en coordinación con establecimientos de
salud, Essalud u otras organizaciones del sector.
- Realizar investigaciones dentro del distrito, sobre
actos de vulneración de los derechos de las personas con
discapacidad, haciéndolos conocer a su municipalidad y a
las entidades competentes.
- Fomentar la práctica del deporte promoviendo
certámenes deportivos en convenio con el IPD.
- Establecer unos convenios con empresas aledañas
a la localidad, a f‌i n de que este proporcione la relación
de puestos de trabajo ofertados y sea publicado en la
Municipalidad.
- Desarrollar talleres de capacitación laboral en
función a la demanda del mercado de trabajo dependiente
e independiente.
- Fomentar el autoempleo apoyando en la constitución
de micro y pequeña empresa.
- Otras acciones que prevean la participación,
integración y protección de los vecinos con discapacidad,
organizados o promovidos por la Municipalidad.
Artículo Tercero.- La Of‌i cina que se constituye
mediante la presente Ordenanza será un órgano
dependiente de la Sub Gerencia de Salud y Programas
Sociales, Demuna, Omaped y Adulto Mayor y reconocida
por las siglas OMAPED como área especializada de la
Municipalidad en temas de discapacidad.
Artículo Cuarto.- La Sub Gerencia de Salud y
Programas Sociales, Demuna, Omaped y Adulto
Mayor, coordinará con el Organismo Nacional Rector,
para el desarrollo de las funciones de la OMAPED DE
PUCUSANA.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Y TRANSITORIAS
Primera.- Encargar a la Gerencia Municipal, la Gerencia
de Planeamiento y Presupuesto y a la Sub Gerencia de
Salud y Programas Sociales, Demuna, Omaped y Adulto
Mayor, realizar las acciones administrativas del caso a f‌i n
de dar cumplimiento a la presente Ordenanza.
Segunda.- Encargar a la Gerencia de Administración
y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la
elaboración del Reglamento para la inclusión en el Manual
de Organización y Funciones de la Municipalidad de
Pucusana, incluyendo las modif‌i caciones de ser necesario
en el Reglamento de Organización y Funciones.
Tercera.- Facúltese al señor Alcalde dictar las
Disposiciones Complementarias para la correcta aplicación
de la presente ordenanza, mediante Decreto de Alcaldía.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PEDRO PABLO FLORIAN HUARI
Alcalde
1090424-1
Aprueban la implementación del
Programa de Formalización de
Recicladores y Recolección Selectiva
de Residuos Sólidos en el Distrito
ORDENANZA Nº 159-2014/MDP
Pucusana, 20 de mayo del 2014
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE
PUCUSANA
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Pucusana en Sesión Ordinaria
de Concejo de fecha 20 de Mayo del 2014.
VISTO: El informe Nº088-2014-GGASP/MDP de la
Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios Públicos e
Informe Nº0583-2014/GAJ/MDP de la Gerencia de Asesoría
Jurídica, solicitando la aprobación por medio de la Ordenanza
Municipal la Meta 10 del Programa de Modernización
Municipal de la Municipalidad Distrital de Pucusana.
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia y que dicha autonomía consagrada en el
la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y
de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el numeral 6) del Artículo 195º de la Constitución
Política del Perú, establece que los gobiernos locales
son competentes para planif‌i car el desarrollo urbano y
rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonif‌i cación,
urbanismo y el acondicionamiento territorial;
Que, el Artículo 79º de la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley Nº27972, consigna las funciones de
las Municipalidades Provinciales y Distritales en materia
de organización del espacio físico y uso del suelo;
Que, a través del literal a) del numeral 1.4 del Artículo 1º
de la ley Nº29465, se crea el Programa de Modernización
Municipal, que tiene como objeto generar condiciones que
permitan un crecimiento sostenido de la economía local;
Que, en concordancia al Decreto Supremo Nº015-2014-
EF se aprueban los procedimientos para el Cumplimiento
de Metas de Asignación de los Recursos del Programa
de Modernización Municipal del año Fiscal 2014 - Meta 10
- Implementar Un Programa De Segregación en la Fuente
como parte del Proceso de Recolección de Residuos Sólidos
Domiciliarios;
Que, una de las f‌i nalidades del programa de Modernización
Municipal, es incentivar a las Municipalidades a generar las
condiciones favorables al clima de negocios a través de la
mejora en la provisión de servicios públicos, infraestructura
básica y simplif‌i cación de trámites, entre otros;
Que, dichas mejoras, deben encontrarse en
concordancia con un manejo adecuado de los Residuos
Sólidos Urbanos en la Municipalidades, que permita la
identif‌i cación de las zonas críticas que afecten a la Salud
Publica y desmejoren el Ornato Público;
Estando a lo dispuesto en el numeral 4) del Artículo
20º y numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº27972 - Ley
Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de los
miembros del Concejo Municipal y con la dispensa de la
lectura del acta se aprobó lo siguiente:
ORDENANZA:
Artículo Primero.- APROBAR la implementación del
Programa de formalización de recicladores y recolección
selectiva de residuos Sólidos en el Distrito de Pucusana,
que como anexo forma parte integrante de la presente
ordenanza.
Artículo Segundo.- FACULTAR al Señor Alcalde para
que, mediante Decreto de Alcaldía, efectué las adecuaciones
que correspondan para el mejor cumplimiento de la Ordenanza
aprobada en el Articulo precedente.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de
Gestión Ambiental y Servicios Públicos, Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de Administración,
el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de
Logística y Control Patrimonial la publicación y difusión
de la presente en el Diario Of‌i cial El Peruano y a la Sub
Gerencia de Tecnología de la Información y Sistemas en
el Portal Institucional.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
PEDRO PABLO FLORIAN HUARI
Alcalde
1090424-2

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