ORDENANZA N° 00112/MDSA - Ratifican contenido de la Ordenanza N° 00092-MDSA, para su aplicación en el proceso del Presupuesto Participativo Año Fiscal 2014 del distrito de Santa Anita

Fecha de publicación04 Junio 2013
Fecha de disposición04 Junio 2013
El Peruano
Martes 4 de junio de 2013 496485
a la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro el
01.07.2011 y la mencionada Sub Gerencia le dio trámite el
04.08.2011; por lo que la señora Delia Beatriz Macarlupu
Romero, retraso el trámite por 35 días calendario, aún y
cuando en el Of‌i cio del Ministerio Público se señalaba que
la remisión de las copias era con carácter de urgente, por
lo tanto hubo un comportamiento negligente de parte de la
citada funcionaria, la cual debe ser sancionada.
Que, el procesado SR. JOSÉ CARLOS MARTIN
PARDO JARA, a la fecha del presente documento no ha
cumplido con presentar sus descargos a la falta imputada;
sin embargo, es función de esta Comisión establecer su
responsabilidad;
Que, de acuerdo a los documentos presentados se
concluye que el Sr. José Carlos Martín Pardo Jara, recibió el
Expediente Administrativo Nº 23525-2010 mediante el Informe
Nº 242-2011-MC/GDU/SGPUC de fecha 04.08.2011, con la
f‌i nalidad que se cumpla con remitir copias certif‌i cadas de los
actuados al Ministerio Público, empero el citado funcionario
no cumplió con lo requerido por el Titular de la Décima
Primera Fiscalía Provincial Penal Distrito Judicial de Lima
Norte, más aún, que el Of‌i cio Nº D-411-10-2011-11FPPLN-
FN-MP de fecha 05.09.2011 por el cual el Ministerio Público
reitera su pedido de copias certif‌i cadas y en donde se señala
el apercibimiento de denuncia en caso de no dar respuesta
a lo solicitado, se recepcionó cuando el Expediente se
encontraba en su poder, por lo que su inconducta funcional
ocasionó que el Sr. Nicolás Octavio Kusunoki Fuero, Alcalde
del Concejo Distrital de Comas, sea denunciado por la
presente comisión de delito contra la Administración Pública
- Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en Agravio del
Estado. Asimismo es de observarse que en su entrega de
cargo a la Sra. Judy Sánchez Pimentel no se encuentra el
Expediente Administrativo Nº 23525-2010, por lo que debe
ser sancionado;
Que, debatido los puntos sobre la responsabilidad de
los ex funcionarios procesados la Comisión ha llegado a la
conclusión que los procesados, JOSÉ CARLOS MARTÍN
PARDO JARA y la Sra. DELIA BEATRIZ MACARLUPU
ROMERO, serian responsables del incumplimiento a los
deberes que impone el servicio público; incurriendo en las
faltas administrativas establecidas en los incisos a) y d) del
artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa
y de Remuneraciones del Sector Público, los mismos que
indican: a) Incumplimiento de las normas establecidas
en la presente ley y su reglamento; d) negligencia en el
desempeño de las funciones; al no remitir en su debido
momento las copias certif‌i cadas del Expediente Nº 23525-
2010 al Ministerio Público, lo que acarreo como consecuencia
la denuncia contra el Sr. Nicolás Octavio Kusunoki Fuero,
Alcalde del Concejo Distrital de Comas. Asimismo, se llegó
a la conclusión que, la señora JUDY ROCIÓ SÁNCHEZ
PIMENTEL debe ser absuelta de los cargos imputados;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas en los incisos 6º y 20º del artículo 20º de la
Ley Orgánica de Municipalidades y demás normatividad
pertinente;
RESUELVE:
Artículo Primero.- IMPONER la Sanción de Cese
Temporal Sin Goce de Remuneraciones, a los siguientes
ex Funcionarios Públicos, conforme se indica: 1) Sra.
DELIA BEATRIZ MACARLUPU ROMERO ex Sub Gerente
de Planeamiento Urbano y Catastro, por el plazo de 30
días. 2) Sr. JOSÉ CARLOS MARTIN PARDO JARA, ex
Sub Gerente de Logística, por el plazo de 30 días; por
los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la
presente Resolución de Alcaldía.
Artículo Segundo.- La Comision Especial de Procesos
Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital
de Comas acuerda ABSOLVER de los cargos imputados
a la Sra. JUDY ROCIO SANCHEZ PIMENTEL, por no
encontrársele responsabilidad administrativa.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, Gerencia de Administracion y Finanzas, Sub
Gerencia de Recursos Humanos, el cumplimiento de la
presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO
Alcalde
945039-1
MUNICIPALIDAD DE
SANTA ANITA
Ratifican contenido de la Ordenanza Nº
00092-MDSA, para su aplicación en el
proceso del Presupuesto Participativo
Año Fiscal 2014 del distrito de Santa
Anita
ORDENANZA Nº 00112 /MDSA
Santa Anita, 24 de mayo del 2013
VISTO: En sesión ordinaria de la fecha que se indica
el proyecto de Ordenanza para ratif‌i car el contenido de
la Ordenanza Nº 00092-MDSA para su aplicación en el
proceso del presupuesto participativo para el año f‌i scal
2014,
CONSIDERANDO:
Perú señala que las municipalidades provinciales y
distritales son los órganos de gobierno local con autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia.
Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto
Participativo, y su modif‌i catoria Ley 29298, establece
disposiciones que aseguren la efectiva participación de la
sociedad civil en el proceso de programación participativa
del presupuesto, el cual se desarrolla en armonía con
los planes de desarrollo concertados de los gobiernos
regionales y gobiernos locales, así como la f‌i scalización
de la gestión.
Que, la Primera Disposición Final del Reglamento de
la citada Ley, aprobado mediante D.S. Nº 142-2009-EF,
establece que los Gobiernos Regionales y Locales, emiten
disposiciones complementarias a lo dispuesto en las
Directivas que emita la Dirección Nacional del Presupuesto
Público, con el propósito de facilitar el desarrollo del
proceso participativo, a través de mecanismos que faciliten
la participación de ciudadanos no organizados o no
representados por organizaciones ya constituidas.
Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y
Racionalización mediante Memorándum Nº 106-2013-
GPPR/MDSA indica que la Ordenanza Nº 0092/MDSA se
elaboró dentro del marco jurídico de la Ley Nº 28056 – Ley
del Presupuesto Participativo y su modif‌i catoria Ley Nº
29298, así como del Decreto Supremo Nº 142-2009-EF
– Reglamento del Presupuesto Participativo; asimismo,
ref‌i ere que lo establecido en la citada ordenanza podría
aplicarse para el proceso del presupuesto participativo
2014, considerando que los dispositivos legales en
materia de Presupuesto Participativo no han surtido
cambios en los lineamientos y metodologías que ameriten
la elaboración y aprobación de un nuevo reglamento.
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante
Informe Nº 156-2013-GAJ/MDSA opina que al no
haberse generado modif‌i caciones en los lineamientos
y metodologías en los dispositivos legales en materia
de Presupuesto Participativo, preservándose, en
consecuencia, los procedimientos y objetivos del
presupuesto participativo; resulta necesaria la ratif‌i cación
de la Ordenanza Nº 00092-MDSA para su aplicación en el
proceso del presupuesto participativo del distrito de Santa
Anita para el año f‌i scal 2014, toda vez que ello generaría
ahorros en la entidad, considerando el costo que genera
la publicación de un nuevo reglamento.
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley
Nº 27972, el Concejo Municipal por mayoría aprueba la
siguiente:
ORDENANZA QUE RATIFICA EL CONTENIDO DE LA
ORDENANZA Nº 00092-MDSA PARA SU APLICACIÓN
EN EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
AÑO 2014
Artículo 1º.- RATIFICAR el contenido de la Ordenanza
Nº 00092-MDSA para su aplicación en el proceso del

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