RESOLUCION N° 627-2014-JNE - Convocan a ciudadano para que asuma provisionalmente el cargo de regidor de la Municipalidad Provincial de Pasco

Fecha de disposición11 Agosto 2014
Fecha de publicación11 Agosto 2014
El Peruano
Lunes 11 de agosto de 2014 529743
Que, la Dirección General de Promoción del Empleo
del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, requiere
contar con información estadística sobre la demanda futura
de personal, caracterizando las ocupaciones requeridas,
a f‌i n de mejorar la articulación entre la oferta formativa y
los requerimientos del sector productivo, para lo cual tiene
programado realizar durante el periodo del 18 de agosto
al 08 de setiembre de 2014, la “Encuesta de Demanda
Ocupacional Tercer Trimestre 2014”, a nivel nacional;
Que, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas,
ha evaluado la Ficha Técnica y la Guía del Usuario,
las cuales se adjuntan como parte de lo solicitado; por
lo que resulta necesario autorizar la ejecución de la
“Encuesta de Demanda Ocupacional Tercer Trimestre
2014”, dirigida a las empresas privadas formales con
20 a más trabajadores a nivel nacional, en los sectores
económicos: comercio, construcción, establecimientos
f‌i nancieros, seguros, bienes inmuebles, minería
y servicios prestados a empresas. Asimismo, en
los sectores más dinámicos de las regiones: Lima
Metropolitana, Callao, La Libertad, Ica, Piura, Cusco,
Junín, Lambayeque, Arequipa, Ancash y Cajamarca,
para lo cual se ha seleccionado una muestra de 6
485 empresas a nivel nacional; así como aprobar el
formulario respectivo y f‌i jar el plazo máximo de entrega
de la información, para efectos de lo dispuesto en los
Arts. 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM,
Reglamento de Organización y Funciones del Instituto
Nacional Estadística e Informática;
Con la opinión técnica favorable de la Dirección
Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la
Sub Jefatura de Estadística; de la Of‌i cina Técnica de
Asesoría Jurídica; y,
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo
6º del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización
y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e
Informática”.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar, la ejecución de la “Encuesta
de Demanda Ocupacional Tercer Trimestre 2014”; la que
estará a cargo de la Dirección General de Promoción
del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción
del Empleo (MTPE). La Encuesta está dirigida a una
muestra representativa de 6485 empresas con 20 a
más trabajadores, a nivel nacional, en los sectores
económicos: comercio, construcción, establecimientos
f‌i nancieros, seguros, bienes inmuebles, minería
y servicios prestados a empresas. Asimismo, en
los sectores más dinámicos de las regiones: Lima
Metropolitana, Callao, La Libertad, Ica, Piura, Cusco,
Junín, Lambayeque, Arequipa, Ancash y Cajamarca,
cuyo listado se publicará en la página web del Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo.
Artículo 2°.- Aprobar, el formulario de la “Encuesta de
Demanda Ocupacional Tercer Trimestre 2014”. El acceso
al formulario y su devolución con la información requerida,
se realizará en forma virtual, ingresando a la página web
del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE),
http://www.trabajo.gob.pe/, al banner: “Encuesta de
Demanda Ocupacional”, donde debe registrar su número
de RUC, usuario y clave SOL.
Artículo 3°.- Disponer, que el periodo de entrega de la
información de la Encuesta es del 18 de agosto al 08 de
setiembre de 2014.
Artículo 4°.- Precisar, que las personas jurídicas a las
que se ref‌i ere el artículo 1º de la presente Resolución,
deben responder la Encuesta en el plazo establecido; en
caso de incumplimiento serán pasibles de ser sancionadas
con la multa respectiva, conforme lo dispuesto por los
artículos 87º, 89º y 91º del D.S. Nº 043-2001-PCM. El pago
de la multa, no exime a las empresas de la obligación de
presentar la información solicitada.
Regístrese y comuníquese.
ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RIOS
Jefe
1120752-1
ORGANOS AUTONOMOS
JURADO NACIONAL
DE ELECCIONES
Convocan a ciudadano para que asuma
provisionalmente el cargo de regidor de
la Municipalidad Provincial de Pasco
RESOLUCIÓN Nº 627-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-0664
PASCO - PASCO
Lima, quince de julio de dos mil catorce
VISTA la solicitud presentada por Martín Solís Rets,
secretario general de la Municipalidad Provincial de
Pasco, departamento de Pasco, por medio de la cual
remite información sobre la suspensión de Ronald David
Meza Díaz en el cargo de regidor de dicha comuna edil.
ANTECEDENTES
Con fecha 19 de junio de 2014, por medio de la solicitud del
visto, Martín Solís Rets, secretario general de la Municipalidad
Provincial de Pasco, remitió el Acuerdo de Concejo Nº 017-
2014-CM-HMPP, de fecha 10 de junio de 2014, que aprueba
la suspensión de Ronald David Meza Díaz en el cargo de
regidor de dicha comuna edil, por la causal establecida en el
artículo 25, numeral 3, de la Ley Orgánica de Municipalidades
(en adelante LOM) (fojas 1 a 3).
En razón de la situación jurídica de Ronald David
Meza Díaz, a través del Of‌i cio Nº 254-2014-P-CSJPA/PJ,
recibido el 10 de julio de 2014, el presidente de la Corte
Superior de Justicia de Pasco remitió el Of‌i cio Nº 097-
2014-AMP-CSJPA/PJ, de fecha 1 de julio de 2014, por
medio del cual el administrador del Módulo Penal de la
Corte Superior de Justicia de Pasco informó que mediante
la Resolución Nº 09, de fecha 25 de marzo de 2014, la
Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de
Pasco revocó la Resolución Nº 2, de fecha 13 de diciembre
de 2013, que resolvió declarar fundado el requerimiento
de cesación de prisión preventiva y ordenó la ubicación,
captura e internamiento de Ronald David Meza Díaz
en el establecimiento penitenciario de Cerro de Pasco.
Asimismo, se informó que contra dicha resolución no se
interpuso medio impugnatorio alguno (fojas 30 a 40).
CONSIDERANDOS
1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 25, numeral
3, de la LOM, el ejercicio del cargo de alcalde o regidor se
suspende, por acuerdo de concejo, por el tiempo que dure
el mandato de detención.
Asimismo, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones
considera que basta que el mandato de detención haya
sido emitido y se encuentre vigente para que concurra la
causal de suspensión del ejercicio del cargo, como ya ha
sido expuesto en las Resoluciones Nº 920-2012-JNE, Nº
928-2012-JNE, Nº 931-2012-JNE, Nº 932-2012-JNE, Nº
1077-2012-JNE, Nº 1129-2012-JNE, entre otras, en las
que el Jurado Nacional de Elecciones ha valorado que el
mandato de detención sea actual.
2. Respecto de la situación jurídica del regidor Ronald
David Meza Díaz, se aprecia de autos que se encuentra
bajo la medida de prisión preventiva, situación jurídica
que ha sido dispuesta por la Sala de Apelaciones de la
Corte Superior de Justicia de Pasco.
3. No obstante los defectos formales en los que se
ha incurrido durante la tramitación del procedimiento de
suspensión, no puede desconocerse la existencia de
un mandato de detención vigente, máxime si el propio
órgano jurisdiccional ha comunicado directamente a este
órgano colegiado la resolución jurisdiccional que dispone
la prisión preventiva del regidor Ronald David Meza Díaz.

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