ORDENANZA N° 152-2014/MDP - Regulan el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito de Pucusana para el Año Fiscal 2015

Fecha de disposición05 Marzo 2014
Fecha de publicación05 Marzo 2014
El Peruano
Miércoles 5 de marzo de 2014 518165
Regulan el proceso del Presupuesto
Participativo Basado en Resultados
en el distrito de Pucusana para el Año
Fiscal 2015
ORDENANZA N° 152-2014/MDP
Pucusana, 27 de febrero del 2014
EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUCUSANA
POR CUANTO:
Visto, en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha
27/02/2014 el Informe Nº017-2014-GPP-MDP de la
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, sobre el
Proyecto de Ordenanza que regula el proceso del
Presupuesto Participativo Basado en Resultados
correspondiente al Año Fiscal 2015
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo dispone el Articulo N°194 de la
Constitución Política del Perú, los gobiernos locales
gozan de autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia. Corresponde
al Concejo Municipal las funciones normativas y
f‌i scalizadoras;
Que, los Artículos 197° y 199° de la Constitución
Política del Perú, establece que las municipalidades
promueven, apoyan y reglamentan la participación
vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos
con la participación de la población y rinden cuenta de su
ejecución anualmente bajo responsabilidad, conforme a
ley;Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la
Descentralización, en su artículo 17° numeral 17.1),
señala que los Gobiernos Locales están obligados a
promover la participación ciudadana, en la formulación,
debate y concertación de sus Planes de Desarrollo y
Presupuestos;
Municipalidades, artículo 9°, (numerales 14 y 34) y
artículo 53°, dispone que se deben aprobar normas
que aseguren una efectiva participación vecinal,
garantizando espacios de concertación, a través del
Proceso del Presupuesto Participativo, como instrumento
de administración y gestión; artículo 97°, que los Planes
de Desarrollo Municipal Concertados deban responder
fundamentalmente a los principios de participación,
transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas,
inclusión, ef‌i cacia, ef‌i ciencia, equidad, sostenibilidad,
imparcialidad y neutralidad, subsidiaridad y consistencia
de las políticas locales, especialización de las funciones,
competitividad e integración;
Participativo y su Reglamento aprobado con Decreto
Supremo N°142-2009-EF, def‌i nen y establecen pautas
para la Participación Ciudadana en el proceso de toma de
decisiones relativo a la asignación de los recursos públicos
en los procesos de elaboración del Plan de Desarrollo
Concertado y de Presupuesto Participativo; y establecen
disposiciones para promover la efectiva participación
de la Sociedad Civil en el proceso de Programación
Participativa del Presupuesto, el cual se desarrolló en
armonía con los Planes de Desarrollo Concertados de los
Gobiernos Locales;
Que, mediante Instructivo Nº001-2010-EF/76.01,
aprobado con Resolución Directoral Nº007-2010-
EF/76.01, publicado en el diario of‌i cial El Peruano el 10 de
abril del 2010, se estableció los mecanismos y pautas para
el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en
los Gobiernos Locales, entre otros;
Que, es necesario establecer las pautas, dentro
del marco normativo, que reglamenten el proceso del
Presupuesto Participativo para el año f‌i scal 2015.
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley
N° 27972, tras el debate correspondiente como consta en
actas y luego de sometido a votación el tema de forma
reglamentaria y aprobada por Acuerdo de Concejo Nº022-
2014/MDP, el Concejo Municipal de Pucusana aprobó la
siguiente Ordenanza:
ORDENANZA QUE REGULA EL PROCESO DEL
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN
RESULTADOS EN EL DISTRITO DE PUCUSANA PARA
EL AÑO FISCAL 2015
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
OBJETIVO Y FINALIDAD
Artículo 1°.- OBJETIVO
Establecer los mecanismos y pautas para el desarrollo
del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en
Resultados en el Distrito de Pucusana para el Año Fiscal
2015.
Artículo 2°.- FINALIDAD
Asegurar la mejor y efectiva participación de la
Sociedad Civil y de las entidades del Gobierno Nacional, a
través de sus representantes acreditados, a f‌i n de recoger
sus aspiraciones, mejorar la calidad del gasto público y
garantizar un adecuado control social de la Gestión
Pública.
Artículo 3°.- BASE LEGAL
b) Ley N°27783, Ley de Bases de la
Descentralización.
Participativo y sus modif‌i catorias.
f) Ley N°28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto.
g) Decreto Supremo N°142-2009-EF, Reglamento
modif‌i catorias
h) Decreto Supremo N° 102-2007-EF, Reglamento de
i) Resolución Directoral N° 007-201O-EF/76.01.
Artículo 4°.- DEFINICIONES
Presupuesto Participativo: Es un proceso en donde
se determina el mecanismo de asignación equitativa,
racional, ef‌i ciente, ef‌i caz y transparente de los recursos
públicos, con la participación de la sociedad civil y las
instituciones del Estado.
Agentes Participantes: Son las personas que
participan, con voz y voto, en el análisis, discusión y
toma de decisiones en la priorización de problemas y de
proyectos de inversión en el proceso del presupuesto
participativo. Están integrados por los miembros del
Consejo de Coordinación Local Distrital, los miembros del
Concejo Municipal y los representantes de la Sociedad
Civil. Asimismo, se incluye a los integrantes del Equipo
Técnico con voz pero sin voto
Sociedad Civil: Comprende a las organizaciones
sociales de base territorial o temática, así como a
Organismos e Instituciones Privadas dentro del ámbito
local.
Plan de Desarrollo Concertado: Documento orientador
del desarrollo local y del proceso del Presupuesto
Participativo, que contiene los acuerdos sobre la Visión
de Desarrollo y Objetivos Estratégicos de la Comunidad
en concordancia con los planes sectoriales y nacionales
Talleres de Trabajo: Reuniones de Agentes
Participantes convocadas por los Alcaldes con la f‌i nalidad
de identif‌i car desde una perspectiva temática y territorial
los problemas del Distrito, así como también la priorización
de los proyectos de inversión.
Equipo Técnico: Lo integran los profesionales y
técnicos de las áreas involucradas en el proceso del
presupuesto participativo, así como de la sociedad civil. Es
presidido por el Gerente de Planeamiento y Presupuesto
y tiene la responsabilidad de conducir, brindar el soporte

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