RESOLUCION N° 5092-2014 - Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros

Fecha de disposición24 Agosto 2014
Fecha de publicación24 Agosto 2014
El Peruano
Domingo 24 de agosto de 2014 530829
libertad suspendida, la cual se habría extinguido el 13 de
julio de 2006, esto es, hace aproximadamente ocho años.
A pesar de ello, el JEE señala que el citado candidato
debió consignar dicha información en su declaración
jurada de vida, por cual requiere que el candidato acredite
haberse rehabilitado y, así, conf‌i rmar el cumplimiento de
la sentencia impuesta.
3. Al respecto, este órgano colegiado advierte que la
pena impuesta al candidato por la comisión de un delito
era de un año de pena privativa de libertad suspendida,
la cual se ha cumplido como máximo el 13 de julio del
2006, por lo que, actualmente, no se encuentra dentro
del supuesto señalado en el literal b del artículo 10 de
la LOE, ni en el literal a del artículo 22 del Reglamento,
pues esta suspensión solo tiene efectos mientras dure el
cumplimiento de la condena.
4. En consecuencia, este Supremo Tribunal Electoral
ha verif‌i cado que el candidato Esteban Santillán Cruz no
estaba obligado a consignar en su declaración jurada de
vida las condenas que ya ha cumplido, ya que conforme al
artículo 69 del Código Penal se encuentra rehabilitado y,
por consiguiente, sus antecedentes penales se encuentran
cancelados.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de
Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso
de apelación interpuesto por Carlos Alfonso Grimaldo
Valencia, personero legal alterno de la organización
política Obras por Amazonas, inscrito en el Registro
de Organizaciones Políticas, y, en consecuencia,
REVOCAR la Resolución Nº 002-2014, de fecha 18 de
julio de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial
de Chachapoyas, en el extremo que resolvió declarar
improcedente la solicitud de inscripción de Esteban
Santillán Cruz, candidato a primer regidor al Concejo
Distrital de Molinopampa, provincia de Chachapoyas,
departamento de Amazonas.
Artículo Segundo.- DISPONER que el Jurado
Electoral de Chachapoyas admita la inscripción del
candidato Esteban Santillán Cruz presentada por la
organización política Obras por Amazonas para el Concejo
Distrital de Molinopampa, provincia de Chachapoyas,
departamento de Amazonas, debiendo realizarse la
publicación correspondiente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1127239-12
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan inscripción de persona
natural en el Registro de Intermediarios
y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 5092-2014
Lima, 8 de agosto de 2014
EL SECRETARIO GENERAL (a.i.)
VISTA:
La solicitud presentada por el señor Daniel Humberto
Vega Martínez para que se autorice su inscripción en
el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros:
Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas
Naturales punto 1.- Corredores de Seguros Generales;
y,
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución SBS N° 1797-2011 de fecha 10 de
febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales
para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el
Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros;
Que, mediante Resolución SBS N° 2684-2013 de
fecha 02 de mayo 2013, se aprobó el Reglamento del
Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de
Intermediarios y Auxiliares de Seguros, N° SBS-REG-
SGE-360-04;
Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos
formales y procedimientos establecidos en las normas
antes mencionadas;
Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 23 de
enero de 2014, calif‌i có y aprobó por unanimidad la solicitud
del señor Daniel Humberto Vega Martínez postulante a
Corredor de Seguros Generales - persona natural, con
arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del
Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de
Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el
proceso de evaluación, y;
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N°
26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la
Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de
la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-
2013 del 12 de abril de 2013: y por la Resolución SBS
N° 4887-2014 de fecha 30 de julio de 2014.
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor
Daniel Humberto Vega Martínez con matrícula número
N-4304, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de
Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A.
Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros
Generales, a cargo de esta Superintendencia.
Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS MELGAR ROMARIONI
Secretario General (a.i.)
1127114-1
Autorizan viajes de funcionarios de la
SBS a México y España, en comisión
de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 5448-2014
Lima, 20 de agosto de 2014
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
VISTA:
La invitación cursada por la Asociación de
Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA) a la
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras
Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin
de participar en la VIII Reunión de Coordinadores de
Capacitación, que se llevará a cabo los días 01 y 02
de setiembre de 2014, en la ciudad de México D.F.,
Estados Unidos Mexicanos;

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