DECRETO SUPREMO N° 149-2014-EF - Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 para financiar la elaboración de estudios de pre inversión para la construcción, mejoramiento y rehabilitación de caminos vecinales, así como para la ejecución de proyectos de inversión pública de telecomunicaciones

Fecha de disposición24 Junio 2014
Fecha de publicación24 Junio 2014
El Peruano
Martes 24 de junio de 2014
525866
de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro
de los quince (15) días contados a partir de la fecha de
retorno al país.
Artículo 6º.- El personal militar revistará en la Of‌i cina
Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú,
durante el período de tiempo que dure la misión de
estudios.
Artículo 7º.- El personal militar está impedido de
solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad y
retiro, hasta después de haber servido en su respectiva
Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo
compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.
Artículo 8º.- La presente autorización no dará derecho
a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de
ninguna clase o denominación.
Artículo 9º.- La presente Resolución será refrendada
por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro
de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1100944-4
Nombrar a personal técnico del Ejército
del Perú a órdenes del Ministerio
de Relaciones Exteriores, en misión
diplomática
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 283-2014-DE
Lima, 23 de junio de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el tercer párrafo del artículo 14º del Decreto
Legislativo Nº 1144, que regula la Situación Militar de los
Supervisores, Técnicos y Subof‌i ciales u Of‌i ciales de Mar
de las Fuerzas Armadas, establece que solo el personal
en situación de actividad podrá postular y ser seleccionado
para ocupar un cargo en el exterior de la República, en
representación de su Institución, hasta un año (01) antes
de estar incurso en las causales para el pase al retiro
previstas en los artículos 42º y 43º del mencionado Decreto
Legislativo. Asimismo, tendrán los mismos derechos que el
personal auxiliar del Ministerio de Relaciones Exteriores,
establecidos en la norma que regule la materia;
Que, mediante Resolución Suprema N° 783-2013-DE/
del 24 de diciembre de 2013, se crearon las vacantes de
los cargos a desempeñar por Personal Técnico de las
Fuerzas Armadas en las Agregadurías de Defensa a las
Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior;
Que, mediante Acta del 18 de marzo de 2014 y de
acuerdo a lo dispuesto en el inciso e) del artículo 8º del
Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas
en Misión Diplomática, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 028-2006-DE-SG de fecha 13 de diciembre
de 2006, la Comisión presentó al Ministro de Defensa
la relación de Técnicos propuestos para desempeñarse
como Auxiliarles a las Agregadurías de Defensa y Militar,
por un período máximo de dos (2) años, a partir del 01 de
julio del 2014, como se indica en la parte resolutiva de la
presente Resolución;
Que, el artículo 9º del mencionado Reglamento
establece que el Presidente de la República mediante
Resolución Suprema debidamente refrendada por el
Ministro de Defensa, nombra en Misión Diplomática al
personal militar de las Fuerzas Armadas;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 1144, el Decreto Supremo N° 028-2006-
DE/SG de fecha 13 de diciembre de 2006, la Resolución
Ministerial N° 778-2008-DE/SG de fecha 25 de julio de
2008 y la Resolución Suprema N° 783-2013-DE/ de fecha
24 de diciembre de 2013.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Nombrar en Misión Diplomática a órdenes
del Ministerio de Relaciones Exteriores al siguiente
Personal Técnico del Ejército del Perú, a partir del 01 de
julio de 2014 y por un período máximo de dos (2) años, en
los cargos que se detallan:
CARGO GRADO
NOMBRES Y APELLIDOS
Auxiliar a la Agregaduría de Defensa
y Militar a la Embajada del Perú en
la República Argentina
Técnico Jefe EP
Luis Máximo Alarcón Camones
Auxiliar a la Agregaduría de Defensa
y Militar a la Embajada del Perú en
Canadá
Técnico Jefe Supervisor EP
Carlos Dalmiro Ayquipa Mendoza
Auxiliar a la Agregaduría de Defensa
y Militar a la Embajada del Perú en
la República de Corea
Técnico Primero EP
Erwin Alfredo Montesinos Olaya
Auxiliar a la Agregaduría de Defensa
y Militar a la Embajada del Perú en
los Estados Unidos Mexicanos
Técnico Jefe EP
Juan Emilio Moscoso Díaz
Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Ejército del
Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo
con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 028-2006-DE/
SG de fecha 13 de diciembre de 2006 y al procedimiento
de cálculo de la remuneración por servicio exterior,
establecido por el Decreto Supremo N° 16-95-RE de
fecha 16 de junio de 1995 y sus modif‌i catorias.
Artículo 3°.- El otorgamiento de la compensación
extraordinaria por servicio en el extranjero se hará por
los días reales y efectivos de servicio en el exterior desde
la asunción del cargo hasta su término por los dos (2)
años autorizados, salvo lo previsto en el artículo 5° de la
presente Resolución.
Artículo 4°.- El citado Personal destacado al Ministerio
de Relaciones Exteriores pasará revista en el Comando
de Personal del Ejército, por el período que dure la Misión
Diplomática.
Artículo 5°.- El Ministro de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y/o término de la Misión
Diplomática, sin exceder el período total establecido.
Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores y por
el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1100944-5
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas
a favor de diversos Gobiernos
Locales en el Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2014 para
financiar la elaboración de estudios
de pre inversión para la construcción,
mejoramiento y rehabilitación de
caminos vecinales, así como para la
ejecución de proyectos de inversión
pública de telecomunicaciones
DECRETO SUPREMO
N° 149-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

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