RESOLUCION JEFATURAL N° 341-2013-JNAC/RENIEC - Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina Auxiliar de la Municipalidad Distrital de Pampa Hermosa, provincia de Ucayali, departamento de Loreto, que funciona en la Agencia Municipal ubicada en el Pueblo de Alto Perillo

Fecha de publicación20 Noviembre 2013
Fecha de disposición20 Noviembre 2013
El Peruano
Miércoles 20 de noviembre de 2013
507426
Que mediante la Resolución N° 1000-2012-JNE,
publicada en el diario of‌i cial El Peruano el 01 de noviembre
de 2012, el Jurado Nacional de Elecciones convocó
a la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de
Autoridades Municipales de la Municipalidad Metropolitana
de Lima para el 17 de marzo de 2013;
Que de los resultados obtenidos en el proceso electoral
señalado precedentemente, a través del Decreto Supremo
N° 051-2013-PCM, publicado en el diario of‌i cial El Peruano
el 15 de mayo de 2013, se convocó a Nuevas Elecciones
Municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima,
para el día 24 de noviembre de 2013, con la f‌i nalidad
de elegir a 22 autoridades municipales para el Concejo
Municipal para completar el período de gobierno municipal
2011 - 2014;
Que para tal efecto, los ciudadanos obligados a
sufragar en el proceso electoral convocado, deben
emplear su Documento Nacional de Identidad (DNI),
teniendo en cuenta su condición de único título para el
ejercicio del derecho al sufragio, conforme a lo dispuesto
por el artículo 26° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del
RENIEC y el artículo 88° del Reglamento de Inscripciones
del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-
PCM;
Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 37°
de la acotada Ley, el Documento Nacional de Identidad
tiene una vigencia de ocho (8) años, en tanto no
concurran las circunstancias que tal disposición precisa,
a cuyo vencimiento debe ser renovado de acuerdo
a lo preceptuado en el artículo 95° del Reglamento
de Inscripciones del RENIEC, el cual señala que el
Documento Nacional de Identidad que no sea renovado
perderá su vigencia, no pudiendo realizar su titular,
ninguno de los actos establecidos en el artículo 84° del
mencionado Reglamento, entre los cuales se encuentra el
ejercicio del sufragio;
Que la situación expuesta podría limitar la participación
de los ciudadanos en los procesos electorales a realizarse
el domingo 24 de noviembre de 2013, resultando necesario
establecer los lineamientos para privilegiar el ejercicio
del derecho constitucional al sufragio y a la participación
ciudadana contenidos en el artículo 31° de la Constitución
Política del Perú;
Que la presente Resolución Jefatural debe ser
puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la
correspondiente publicación;
Que de otro lado, a través de la Resolución Jefatural
N° 333-2013/JNAC/RENIEC (08NOV2013), se encarga
con retención de su cargo a la señora Ana Magdelyn
Castillo Aransaenz, Secretaria General, el despacho
administrativo de la Jefatura Nacional de Registro de
Identif‌i cación y Estado Civil, del 11 al 22 de noviembre
de 2013; y
Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría
Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la
Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de
Identif‌i cación y Estado Civil; el Decreto Supremo N° 015-
98-PCM, Reglamento de Inscripciones del RENIEC y el
Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC,
aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013/
JNAC/RENIEC (10ABR2013); y
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Prorrogar excepcionalmente la
vigencia de los DNI caducos, o que estén por caducar de
los ciudadanos obligados a sufragar en Nuevas Elecciones
Municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima,
hasta el domingo 24 de noviembre de 2013.
Artículo Segundo.- Precisar que dicha prórroga sólo
surtirá efectos para el ejercicio del derecho constitucional
al sufragio.
Artículo Tercero.- Poner en conocimiento del Jurado
Nacional de Elecciones y de la Of‌i cina Nacional de
Procesos Electorales, el texto de la presente Resolución
Jefatural.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
ANA CASTILLO ARANSAENZ
Jefe Nacional (e)
1016567-1
Autorizan delegación de funciones
registrales a la Oficina Auxiliar de
la Municipalidad Distrital de Pampa
Hermosa, provincia de Ucayali,
departamento de Loreto, que funciona
en la Agencia Municipal ubicada en el
Pueblo de Alto Perillo
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 341-2013/JNAC/RENIEC
Lima, 19 de noviembre de 2013
VISTOS:
El Informe N° 000421-2013/GPRC/SGIRC/RENIEC
(03JUL2013) de la Sub Gerencia de Integración de
Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de
Registros Civiles, los Memorandos N° 000655-2013/GRC/
RENIEC (17JUL2013) y N° 000688-2013/GRC/RENIEC
(24JUL2013) de la Gerencia de Registros Civiles, y el
Informe N° 000134-2013/GPRC/RENIEC (25OCT2013)
de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;
CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98-PCM,
se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro
Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil, el cual precisa
que el Sistema Registral está conformado por el conjunto
de órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo
la ejecución de los procedimientos administrativos de
inscripción y que las Of‌i cinas Registrales se encuentran
encargadas del procesamiento registral y demás funciones
inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la
Jefatura Nacional la creación y autorización de las que
fueren necesarias;
Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro
Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil mantiene estrecha
y permanente coordinación con diversas entidades, como
las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios
de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de
Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas
reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o
entidad, pública o privada, cuando ello fuese necesario,
conforme lo establece el artículo 8º de la Ley Nº 26497-
Ley Orgánica del Registro Nacional de Identif‌i cación y
Estado Civil;
Que, mediante la Guía de Procedimientos GP-348-
GPRC/SGIRC/005, Delegación de Funciones Registrales
e Incorporación al Sistema Registral de Of‌i cinas de
Registros del Estado Civil de Centros Poblados y
Municipalidades de Centros Poblados y Of‌i cinas Auxiliares
de Municipalidades, aprobada por Resolución Secretarial
N° 093-2012-SGEN/RENIEC, se han regulado los
procedimientos registrales relativos a Centros Poblados,
Municipalidades de Centros Poblados o Municipalidades
Distritales o Provinciales cuyas OREC u Of‌i cinas Auxiliares
han sido incorporadas al Sistema Registral;
Que, la Municipalidad Distrital de Pampa Hermosa,
Provincia de Ucayali, Departamento de Loreto, a la cual
hacen referencia los informes de vistos, ha formalizado
el expediente para la delegación de funciones registrales
e incorporación al Sistema Registral para una Of‌i cina
Auxiliar que funciona en su Agencia Municipal ubicada
en el Pueblo de Alto Perillo, habiendo sido calif‌i cado
positivamente por la Subgerencia de Integración de
Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros
Civiles; por la Gerencia de Registros Civiles, órgano
técnico de Registros del Estado Civil; y por la Gerencia
de Procesos de Registros Civiles, órgano encargado
de supervisar y controlar el proceso de autorización de
delegación de funciones de las Of‌i cinas de Registros del
Estado Civil en Centros Poblados, Comunidades Nativas
y Of‌i cinas Auxiliares de Municipalidades Distritales y
Provinciales;
Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar
la delegación referida, a f‌i n de establecer la vinculación
funcional, cuya difusión debe garantizar el acceso de
la generalidad de usuarios a los diferentes servicios
registrales, dado el carácter público del registro;

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